D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220823-5)
Convenio – Convenio de 22 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de la Agencia de Vivienda Social y el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, para el realojo y la integración social de las familias del núcleo chabolista de la Cañada Real Galiana, Sectores 4 y 5 del término municipal de Rivas-Vaciamadrid
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BOCM
Pág. 52
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
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B.O.C.M. Núm. 200
bito de los sectores 4 y 5 de Cañada Real Galiana al que se refiere este Convenio,
incluyendo sesiones de preparación para el acceso a la vivienda, cuyo contenido
será fijado por la Comisión de Seguimiento.
Realojar a las familias a las que se dirige la presente medida, dentro de los límites
y conforme a los criterios establecidos en el presente convenio y en la normativa
aplicable.
La Agencia de Vivienda Social formalizará los oportunos contratos de arrendamiento resultantes del proceso de realojo, respecto a los inmuebles de su titularidad.
Realizar el seguimiento posterior de la integración social y vecinal de las familias
realojadas en las viviendas de la Agencia de Vivienda Social que lo requieran por
su situación de vulnerabilidad.
Aportar viviendas hasta el 70 por 100 del importe de la financiación del presente
convenio.
Gestionar, de forma conjunta con el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, la Bolsa de viviendas.
Destinar las viviendas adquiridas por la Agencia que forman la Bolsa a la ejecución de los fines de integración social pactados en el presente Convenio, durante
todo el proceso de integración social.
Ejercer, con respecto a las viviendas adquiridas por la Agencia que integran la
Bolsa, los derechos, obligaciones y facultades que la legislación vigente reconoce
a los propietarios de viviendas y/ o arrendadores incluyendo por tanto la custodia
de los inmuebles.
Asumir las obligaciones relativas al aseguramiento del terreno, a través del órgano
competente en la materia, una vez ejecutada la demolición de las viviendas, siempre que sea consecuencia de un realojo y se ubique en terreno de la Comunidad de
Madrid.
Divulgar, con lealtad institucional, la aportación del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid al presente Convenio, destacándola en cualquier medio de difusión o
comunicación social.
Sexta
El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid asume las siguientes obligaciones:
— A través del Área de Gobierno de Ciudad Sostenible, y en virtud de las competencias que le corresponden, iniciar y tramitar los correspondientes procedimientos
administrativos de disciplina urbanística y, en su caso, los procedimientos de ejecución subsidiaria dirigidos al desalojo y a la demolición de las edificaciones,
construcciones o similares, incluidas las solicitudes de autorización judicial de entrada en domicilio para la ejecución forzosa de los actos municipales dictados en
estos procedimientos, a todos los ocupantes de las construcciones ilegales de los
sectores 4 y 5 en el término municipal de Rivas Vaciamadrid a que se refiere este
Convenio.
— Liquidar los costes de las operaciones de demolición de edificaciones, construcciones y similares, cuando procedan, de conformidad con la legislación vigente.
Una vez derribadas las chabolas y realojadas las familias que cumplan los requisitos, el Ayuntamiento inhabilitará los terrenos, utilizando todos los medios necesarios para evitar la construcción de nuevas chabolas para conseguir el buen fin de
la operación.
— La incorporación de viviendas a la Bolsa se realizará por el órgano o ente municipal que resulte competente, o al que se le asigne la incorporación, previa tramitación del procedimiento aplicable a la incorporación de la vivienda a la Bolsa que
corresponda según el título jurídico de la incorporación utilizado.
— Aportar el 30 por 100 del coste de adquisición de las viviendas que se determinen
necesarias para el cumplimiento del objeto del presente Convenio.
— Realojar a las familias a las que se dirige la presente medida, dentro de los límites
y conforme a los criterios establecidos en el presente Convenio.
— Gestionar, de forma conjunta con la Comunidad de Madrid, la Bolsa de viviendas.
— Destinar las viviendas adquiridas por el Ayuntamiento que forman la Bolsa a la
ejecución de los fines de integración social pactados en el presente Convenio, durante todo el proceso de integración social.
BOCM-20220823-5
Obligaciones del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
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B.O.C.M. Núm. 200
bito de los sectores 4 y 5 de Cañada Real Galiana al que se refiere este Convenio,
incluyendo sesiones de preparación para el acceso a la vivienda, cuyo contenido
será fijado por la Comisión de Seguimiento.
Realojar a las familias a las que se dirige la presente medida, dentro de los límites
y conforme a los criterios establecidos en el presente convenio y en la normativa
aplicable.
La Agencia de Vivienda Social formalizará los oportunos contratos de arrendamiento resultantes del proceso de realojo, respecto a los inmuebles de su titularidad.
Realizar el seguimiento posterior de la integración social y vecinal de las familias
realojadas en las viviendas de la Agencia de Vivienda Social que lo requieran por
su situación de vulnerabilidad.
Aportar viviendas hasta el 70 por 100 del importe de la financiación del presente
convenio.
Gestionar, de forma conjunta con el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, la Bolsa de viviendas.
Destinar las viviendas adquiridas por la Agencia que forman la Bolsa a la ejecución de los fines de integración social pactados en el presente Convenio, durante
todo el proceso de integración social.
Ejercer, con respecto a las viviendas adquiridas por la Agencia que integran la
Bolsa, los derechos, obligaciones y facultades que la legislación vigente reconoce
a los propietarios de viviendas y/ o arrendadores incluyendo por tanto la custodia
de los inmuebles.
Asumir las obligaciones relativas al aseguramiento del terreno, a través del órgano
competente en la materia, una vez ejecutada la demolición de las viviendas, siempre que sea consecuencia de un realojo y se ubique en terreno de la Comunidad de
Madrid.
Divulgar, con lealtad institucional, la aportación del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid al presente Convenio, destacándola en cualquier medio de difusión o
comunicación social.
Sexta
El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid asume las siguientes obligaciones:
— A través del Área de Gobierno de Ciudad Sostenible, y en virtud de las competencias que le corresponden, iniciar y tramitar los correspondientes procedimientos
administrativos de disciplina urbanística y, en su caso, los procedimientos de ejecución subsidiaria dirigidos al desalojo y a la demolición de las edificaciones,
construcciones o similares, incluidas las solicitudes de autorización judicial de entrada en domicilio para la ejecución forzosa de los actos municipales dictados en
estos procedimientos, a todos los ocupantes de las construcciones ilegales de los
sectores 4 y 5 en el término municipal de Rivas Vaciamadrid a que se refiere este
Convenio.
— Liquidar los costes de las operaciones de demolición de edificaciones, construcciones y similares, cuando procedan, de conformidad con la legislación vigente.
Una vez derribadas las chabolas y realojadas las familias que cumplan los requisitos, el Ayuntamiento inhabilitará los terrenos, utilizando todos los medios necesarios para evitar la construcción de nuevas chabolas para conseguir el buen fin de
la operación.
— La incorporación de viviendas a la Bolsa se realizará por el órgano o ente municipal que resulte competente, o al que se le asigne la incorporación, previa tramitación del procedimiento aplicable a la incorporación de la vivienda a la Bolsa que
corresponda según el título jurídico de la incorporación utilizado.
— Aportar el 30 por 100 del coste de adquisición de las viviendas que se determinen
necesarias para el cumplimiento del objeto del presente Convenio.
— Realojar a las familias a las que se dirige la presente medida, dentro de los límites
y conforme a los criterios establecidos en el presente Convenio.
— Gestionar, de forma conjunta con la Comunidad de Madrid, la Bolsa de viviendas.
— Destinar las viviendas adquiridas por el Ayuntamiento que forman la Bolsa a la
ejecución de los fines de integración social pactados en el presente Convenio, durante todo el proceso de integración social.
BOCM-20220823-5
Obligaciones del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid