D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20220819-13)
Convenio – Convenio de 27 de junio de 2022, entre el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y la Unión de Cooperativas Agrarias Madrileñas (UCAM), por el que se regula la concesión directa de una subvención que se otorga por IMIDRA a UCAM para el fomento de la comercialización y distribución de productos hortofrutícolas madrileños, mediante un centro logístico de productos frescos, bajo la denominación “Madridrural”, como canal corto de comercialización, en los años 2022 y 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 46
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2022
f)
g)
h)
i)
j)
k)
B.O.C.M. Núm. 197
Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
Mantener un sistema de contabilidad diferenciada para las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de financiación, contando con una codificación
contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones.
Comunicar al IMIDRA cualquier modificación de las condiciones inicialmente
informadas.
Aportar declaración responsable, con carácter previo a la concesión de la subvención,
de no estar incursa en alguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Aportar, con carácter previo al cobro de la subvención, certificado en vigor acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No tener deudas en el período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas. Tal obligación será constatada de oficio por el IMIDRA con carácter previo al cobro de la subvención.
Asimismo, en relación con el desarrollo de las actividades objeto de subvención,
Octava
Obligaciones del IMIDRA
1. Corresponde al IMIDRA dictar cuantos actos y resoluciones administrativas den
soporte o en los que se integre la correcta actividad material objeto del convenio.
2. Asimismo, corresponderán al IMIDRA las siguientes obligaciones:
a) Poner a disposición de UCAM, en el momento en el que sea solicitado por esta, el
sistema de gestión ERP “desde el campo hasta el punto de venta”, así como los
modelos de adhesión de los agricultores y de contratos alimentarios señalados en
la cláusula segunda del convenio.
b) Entregar a UCAM el manual de estilo e imagen corporativa de IMIDRA, en especial en lo que respecta a la marca “Madridrural”, en el que se deberán observar las
pautas que, en materia de publicidad institucional, haya dictado la Dirección General de Medios de Comunicación, en el ámbito de las competencias que le corres-
BOCM-20220819-13
2.
deberá:
a) Obtener las autorizaciones precisas y tramitar la inscripción en los registros públicos que corresponda conforme a la normativa reguladora de las actividades que
desarrolle en el centro logístico.
b) Cumplir las obligaciones generales para las empresas alimentarias de seguridad,
responsabilidad, trazabilidad, transparencia, prevención, emergencia y cooperación. Estará obligada a implantar un sistema de seguridad alimentaria basado en
los principios APPCC (sistemas de autocontrol basados en el análisis de peligros
y puntos de control críticos).
c) Dar la adecuada publicidad a la participación del IMIDRA, en los términos establecidos en la cláusula decimotercera.
d) Difundir, a través de las actuaciones subvencionadas, la marca “Madridrural”,
cuyo material gráfico deberá ajustarse a las normas del manual de estilo e imagen
corporativa de IMIDRA que se suministrará a UCAM. En todo caso, los materiales gráficos en los que se difundan las actuaciones subvencionadas deberán ser supervisados y aprobados previamente a su utilización por el IMIDRA.
e) Asumir todos los deberes que le correspondan en calidad de empleadora en relación con el personal que preste sus servicios tanto en las instalaciones del centro
logístico “Madridrural” como fuera de ellas, incluida cuantas obligaciones le competan en materia de prevención de riesgos laborales, siendo el IMIDRA del todo
ajena a dichas relaciones laborales.
f) UCAM asegurará a su cargo, con una compañía de seguros de reconocida solvencia y durante el período subvencionable, la responsabilidad por daños en los que
pudiera incurrir derivados de las actividades subvencionadas contenidas en la
cláusula segunda y el anexo 1 adjunto al presente convenio. Se deberá entregar copia de la póliza suscrita al IMIDRA en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de la firma del presente convenio.
g) Presentación al IMIDRA, con carácter semestral, de una memoria descriptiva de
la actividad desarrollada.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2022
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B.O.C.M. Núm. 197
Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
Mantener un sistema de contabilidad diferenciada para las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de financiación, contando con una codificación
contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones.
Comunicar al IMIDRA cualquier modificación de las condiciones inicialmente
informadas.
Aportar declaración responsable, con carácter previo a la concesión de la subvención,
de no estar incursa en alguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Aportar, con carácter previo al cobro de la subvención, certificado en vigor acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No tener deudas en el período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas. Tal obligación será constatada de oficio por el IMIDRA con carácter previo al cobro de la subvención.
Asimismo, en relación con el desarrollo de las actividades objeto de subvención,
Octava
Obligaciones del IMIDRA
1. Corresponde al IMIDRA dictar cuantos actos y resoluciones administrativas den
soporte o en los que se integre la correcta actividad material objeto del convenio.
2. Asimismo, corresponderán al IMIDRA las siguientes obligaciones:
a) Poner a disposición de UCAM, en el momento en el que sea solicitado por esta, el
sistema de gestión ERP “desde el campo hasta el punto de venta”, así como los
modelos de adhesión de los agricultores y de contratos alimentarios señalados en
la cláusula segunda del convenio.
b) Entregar a UCAM el manual de estilo e imagen corporativa de IMIDRA, en especial en lo que respecta a la marca “Madridrural”, en el que se deberán observar las
pautas que, en materia de publicidad institucional, haya dictado la Dirección General de Medios de Comunicación, en el ámbito de las competencias que le corres-
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2.
deberá:
a) Obtener las autorizaciones precisas y tramitar la inscripción en los registros públicos que corresponda conforme a la normativa reguladora de las actividades que
desarrolle en el centro logístico.
b) Cumplir las obligaciones generales para las empresas alimentarias de seguridad,
responsabilidad, trazabilidad, transparencia, prevención, emergencia y cooperación. Estará obligada a implantar un sistema de seguridad alimentaria basado en
los principios APPCC (sistemas de autocontrol basados en el análisis de peligros
y puntos de control críticos).
c) Dar la adecuada publicidad a la participación del IMIDRA, en los términos establecidos en la cláusula decimotercera.
d) Difundir, a través de las actuaciones subvencionadas, la marca “Madridrural”,
cuyo material gráfico deberá ajustarse a las normas del manual de estilo e imagen
corporativa de IMIDRA que se suministrará a UCAM. En todo caso, los materiales gráficos en los que se difundan las actuaciones subvencionadas deberán ser supervisados y aprobados previamente a su utilización por el IMIDRA.
e) Asumir todos los deberes que le correspondan en calidad de empleadora en relación con el personal que preste sus servicios tanto en las instalaciones del centro
logístico “Madridrural” como fuera de ellas, incluida cuantas obligaciones le competan en materia de prevención de riesgos laborales, siendo el IMIDRA del todo
ajena a dichas relaciones laborales.
f) UCAM asegurará a su cargo, con una compañía de seguros de reconocida solvencia y durante el período subvencionable, la responsabilidad por daños en los que
pudiera incurrir derivados de las actividades subvencionadas contenidas en la
cláusula segunda y el anexo 1 adjunto al presente convenio. Se deberá entregar copia de la póliza suscrita al IMIDRA en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de la firma del presente convenio.
g) Presentación al IMIDRA, con carácter semestral, de una memoria descriptiva de
la actividad desarrollada.