Venturada (BOCM-20220818-52)
Organización y funcionamiento. Plan antifraude
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B.O.C.M. Núm. 196

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE AGOSTO DE 2022

5. Mecanismos adecuados de evaluación del riesgo para todas las medidas gestionadas, dejando evidencia del mismo, en busca de las partes del proceso más susceptibles de sufrir fraude, y controlarlas especialmente, sobre la siguiente base:
— Identificación de medidas que son más susceptibles del fraude, como pueden ser aquellas con alta intensidad, alto presupuesto, muchos requisitos
a justificar por el solicitante, controles complejos, etc.
— Identificación de posibles conflictos de intereses.
— Resultados de trabajos previos de auditorías internas.
— Resultados de auditorías de la Comisión Europea o del Tribunal de Cuentas Europeo, en su caso.
— Casos de fraude detectados con anterioridad.
6. Sistema de control interno eficaz, adecuadamente diseñado y gestionado, con
controles que se centren en paliar con eficacia los riesgos que se identifiquen.
7. Análisis de datos. Dentro de los límites relativos a la protección de datos, cruce de datos con otros organismos públicos o privados del sector que permitan
detectar posibles situaciones de alto riesgo incluso antes de la concesión de
los fondos.
— En relación con los contratos financiados con fondos del PRTR: siguiendo los criterios establecidos en la Instrucción de 23 de diciembre de 2021 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado sobre aspectos a incorporar en los expedientes y en los pliegos rectores de los contratos que se vayan a financiar con
fondos procedentes del plan de recuperación, transformación y resiliencia, resultan
obligatorias para todos los órganos de contratación del sector público en los contratos financiados con fondos procedentes del PRTR, las siguientes actuaciones:
a) El órgano de contratación habrá de definir y planificar correctamente las condiciones bajo las cuales va a tener lugar la selección del contratista y la ejecución del contrato público.
b) Resulta necesario asegurarse de que los principios aplicables al PRTR se
cumplen adecuadamente en su actuación mediante la correspondiente definición y autoevaluación.
Cuando cualquiera de las actividades financiadas con fondos del PRTR se
realice a través de la figura de un contrato público le resultan de aplicación,
además de las normas generales sobre contratación pública, los principios de
gestión específicos del Plan, y concretamente los siguientes:
— Concepto de hito y objetivo, así como los criterios para su seguimiento y
acreditación del resultado.
— Etiquetado verde y etiquetado digital.
— Análisis de riesgo en relación con posibles impactos negativos significativos en el medioambiente (Do no significant harm, DNSH), seguimiento y
verificación de resultado sobre la evaluación inicial.
— Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
— Compatibilidad del régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble
financiación.
— Identificación del perceptor final de los fondos, sea como beneficiario de
las ayudas, o adjudicatario de un contrato o subcontratista.
— Comunicación.
Es responsabilidad de las entidades que licitan contratos públicos financiados
con fondos del PRTR asegurarse de que estos principios se cumplen adecuadamente en su actuación mediante la correspondiente definición y autoevaluación. Con este fin deben adoptar las iniciativas necesarias para garantizar
la adecuación de los procedimientos y realizar las labores de autoevaluación
que les correspondan conforme a la norma.
Tales funciones se plasman en todas las fases del contrato público, teniendo
en cuenta el régimen transitorio y los plazos de implementación de determinadas acciones contenidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre,
por la que se establece el procedimiento y formato de la información a pro-

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