Alcobendas (BOCM-20220817-36)
Organización y funcionamiento. Reglamento inventario consolidado bienes y derechos
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BOCM

MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 195

denamiento y permita el cumplimiento del mismo, utilizando, además, de la mejor forma
posible los recursos públicos existentes.
En definitiva, el presente Reglamento da cumplida acogida a los denominados Principios de Buena Regulación de obligatoria justificación de conformidad con lo previsto en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
V
Finalmente, cabe destacar que la situación actual del inventario, la necesidad de aprobar los inventarios separados y las novedades reguladas en este Reglamento aconseja acometer un proceso de revisión global de su organización y contenido que solamente es posible realizar a través de las aplicaciones informáticas adecuadas y actualizadas. La
complejidad técnica y jurídica de la documentación necesaria para la adecuada revisión del
inventario, el elevado volumen de información disponible en unos casos, así como su ausencia en otras ocasiones, impiden que la revisión del inventario pueda completarse de forma inmediata. Por este motivo se establece un plazo máximo de cinco años para acometer
este proceso, lo que no impedirá la aplicación progresiva del resto de disposiciones contenidas respecto de los bienes y derechos que deban estar integrados en tales Inventarios, salvo cuando dicha aplicación requiera necesariamente un trabajo de campo previo o la plena
efectividad de las citadas aplicaciones informáticas.
TÍTULO I
Inventario General Consolidado del Ayuntamiento de Alcobendas
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.—El presente Reglamento tiene por objeto establecer la organización, funcionamiento y procedimientos de gestión del Inventario General Consolidado del
Ayuntamiento de Alcobendas y los inventarios separados que lo integran.
Art. 2. Inventario General Consolidado del Ayuntamiento de Alcobendas.—1. El
Inventario General Consolidado del Ayuntamiento de Alcobendas está integrado por los siguientes inventarios separados:
a) El Inventario de Bienes y Derechos.
b) El Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo.
c) El Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras en dominio público.
d) El inventario de las instalaciones de los edificios públicos.
2. Una vez aprobados, los inventarios separados se unirán como Anexos al Inventario de Bienes y Derechos del Ayuntamiento de Alcobendas y formarán el Inventario General Consolidado.
Art. 3. Inventario de Bienes y Derechos del Ayuntamiento de Alcobendas.—El Inventario de Bienes y Derechos del Ayuntamiento de Alcobendas comprende todos los bienes, derechos y obligaciones que integran su patrimonio, cualquiera que sea su naturaleza
o forma de adquisición, incluidos los cedidos a otras administraciones o a particulares que
hayan de revertir al Ayuntamiento, con excepción de aquellos que se integran en los inventarios separados previstos en los siguientes artículos.
Art. 4. Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo.—1. El Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo comprende todos los bienes y derechos del patrimonio que, de
conformidad con la legislación urbanística aplicable, deban integrarse en el patrimonio público de suelo con la finalidad de crear reservas de suelo para actuaciones públicas y facilitar el cumplimiento de los fines de la ordenación urbanística.
2. El patrimonio público de suelo tendrá carácter de patrimonio separado del restante patrimonio del Ayuntamiento, quedando vinculado a sus fines específicos. A los efectos
del régimen aplicable a los actos de disposición, los bienes integrantes del patrimonio público de suelo se considerarán como bienes patrimoniales.
Art. 5. Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras en dominio público.—El Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras en dominio público comprende los bienes incluidos en el sistema municipal de gestión geográfica de acti-

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