Alcobendas (BOCM-20220817-36)
Organización y funcionamiento. Reglamento inventario consolidado bienes y derechos
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 195
miento y actualización se lleva a cabo por la Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad, previa delimitación de alineaciones en el SIG municipal.
2. En el Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras, los bienes que
lo integran se reseñarán por separado, según su naturaleza, agrupándose en los siguientes
apartados:
a) Parques, jardines y otras zonas verdes.
b) Vías públicas y mobiliario urbano.
c) Infraestructuras municipales.
Art. 44. Estructura del Inventario de Instalaciones de Edificios.—1. El Inventario
de Instalaciones de Edificios Públicos comprende los bienes incluidos en el sistema municipal de gestión de activos vigente, cuyo mantenimiento y actualización se lleva a cabo por
la Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad. Se incluirán todos los elementos de un valor de reposición a determinar por el Pleno Municipal, así como obligatoriamente todos los elementos que condicionen el uso efectivo del edificio ante un fallo del
mismo por obsolescencia o por avería.
2. En el Inventario de Instalaciones de Edificios Públicos, los bienes que lo integran
se reseñarán por separado, según se naturaleza, agrupándose en los siguientes apartados:
a) Plan de Mantenimiento.
b) Alta tensión.
c) Baja tensión.
d) Climatización.
e) Protección contra incendios.
f) Generadores.
g) Alumbrado Interior.
h) Telegestión.
i) Varios.
Art. 45. Contenidos del epígrafe de parques, jardines y otras zonas verdes.—El epígrafe de parques, jardines y otras zonas verdes recogerá todos los de titularidad municipal,
con los elementos y mobiliario instalados en los mismos.
Art. 46. Contenidos del epígrafe de vías públicas y mobiliario urbano.—1. El epígrafe de vías públicas recogerá todas las delimitadas como tales en el sistema de gestión geográfica de activos, con independencia de su clasificación como calle, avenida, camino, carretera,
carrera, paseo, pasaje, plaza, ronda, travesía o cualquier otra denominación semejante.
2. Se incluye en este apartado los elementos del mobiliario urbano municipal, tales
como bancos, vallas, pérgolas o elementos singulares, así como los elementos de mobiliario urbano no municipales, tales como quioscos en concesión, cabinas o buzones.
Art. 47. Contenidos del epígrafe de Infraestructuras.—1. El epígrafe de Infraestructuras municipales recogerá las estaciones base de telecomunicaciones, cámaras de
tráfico, puntos de recarga de vehículos, fuentes ornamentales, así como los elementos integrantes de las redes municipales de riego, saneamiento y alumbrado público.
2. En todo caso, el contenido de este epígrafe será el incluido para cada tipo de elemento en el apartado de Inventarios de Espacios Públicos del Sistema municipal de gestión
geográfica de activos. Para su correcta llevanza, se actualizará por cada Área con carácter
trimestral, remitiéndose al Área de Medio Ambiente y Mantenimiento para su integración
en el Sistema de activos de conformidad con la normativa aplicable.
Art. 48. Contenido del inventario de instalaciones de edificios.—1. El inventario
de instalaciones de edificios recogerá todas las características técnicas necesarias para la
definición de las instalaciones, así como para la comprobación del cumplimiento de la normativa vigente, y el valor económico de la reposición de las mismas.
2. En todo caso, el contenido de este epígrafe será el incluido para cada tipo de elemento en el apartado de Inventarios de Instalaciones de edificios, que se actualizará por
cada Área con carácter trimestral, remitiéndose al Área de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad para su integración en el sistema de activos.
Art. 49. Ocupaciones de vías públicas y zonas verdes.—En el Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras constarán las concesiones y autorizaciones que se
otorguen para la ocupación privativa de las mismas, salvo que se efectúen con instalaciones desmontables, con bienes muebles o tengan una duración igual o inferior a un año.
Art. 50. Altas y Bajas en el Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras y en el Inventario de Instalaciones de Edificios municipales.—1. Las altas y bajas
del Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras y en el Inventario de Ins-
BOCM-20220817-36
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 195
miento y actualización se lleva a cabo por la Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad, previa delimitación de alineaciones en el SIG municipal.
2. En el Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras, los bienes que
lo integran se reseñarán por separado, según su naturaleza, agrupándose en los siguientes
apartados:
a) Parques, jardines y otras zonas verdes.
b) Vías públicas y mobiliario urbano.
c) Infraestructuras municipales.
Art. 44. Estructura del Inventario de Instalaciones de Edificios.—1. El Inventario
de Instalaciones de Edificios Públicos comprende los bienes incluidos en el sistema municipal de gestión de activos vigente, cuyo mantenimiento y actualización se lleva a cabo por
la Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad. Se incluirán todos los elementos de un valor de reposición a determinar por el Pleno Municipal, así como obligatoriamente todos los elementos que condicionen el uso efectivo del edificio ante un fallo del
mismo por obsolescencia o por avería.
2. En el Inventario de Instalaciones de Edificios Públicos, los bienes que lo integran
se reseñarán por separado, según se naturaleza, agrupándose en los siguientes apartados:
a) Plan de Mantenimiento.
b) Alta tensión.
c) Baja tensión.
d) Climatización.
e) Protección contra incendios.
f) Generadores.
g) Alumbrado Interior.
h) Telegestión.
i) Varios.
Art. 45. Contenidos del epígrafe de parques, jardines y otras zonas verdes.—El epígrafe de parques, jardines y otras zonas verdes recogerá todos los de titularidad municipal,
con los elementos y mobiliario instalados en los mismos.
Art. 46. Contenidos del epígrafe de vías públicas y mobiliario urbano.—1. El epígrafe de vías públicas recogerá todas las delimitadas como tales en el sistema de gestión geográfica de activos, con independencia de su clasificación como calle, avenida, camino, carretera,
carrera, paseo, pasaje, plaza, ronda, travesía o cualquier otra denominación semejante.
2. Se incluye en este apartado los elementos del mobiliario urbano municipal, tales
como bancos, vallas, pérgolas o elementos singulares, así como los elementos de mobiliario urbano no municipales, tales como quioscos en concesión, cabinas o buzones.
Art. 47. Contenidos del epígrafe de Infraestructuras.—1. El epígrafe de Infraestructuras municipales recogerá las estaciones base de telecomunicaciones, cámaras de
tráfico, puntos de recarga de vehículos, fuentes ornamentales, así como los elementos integrantes de las redes municipales de riego, saneamiento y alumbrado público.
2. En todo caso, el contenido de este epígrafe será el incluido para cada tipo de elemento en el apartado de Inventarios de Espacios Públicos del Sistema municipal de gestión
geográfica de activos. Para su correcta llevanza, se actualizará por cada Área con carácter
trimestral, remitiéndose al Área de Medio Ambiente y Mantenimiento para su integración
en el Sistema de activos de conformidad con la normativa aplicable.
Art. 48. Contenido del inventario de instalaciones de edificios.—1. El inventario
de instalaciones de edificios recogerá todas las características técnicas necesarias para la
definición de las instalaciones, así como para la comprobación del cumplimiento de la normativa vigente, y el valor económico de la reposición de las mismas.
2. En todo caso, el contenido de este epígrafe será el incluido para cada tipo de elemento en el apartado de Inventarios de Instalaciones de edificios, que se actualizará por
cada Área con carácter trimestral, remitiéndose al Área de Medio Ambiente y Mantenimiento de la Ciudad para su integración en el sistema de activos.
Art. 49. Ocupaciones de vías públicas y zonas verdes.—En el Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras constarán las concesiones y autorizaciones que se
otorguen para la ocupación privativa de las mismas, salvo que se efectúen con instalaciones desmontables, con bienes muebles o tengan una duración igual o inferior a un año.
Art. 50. Altas y Bajas en el Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras y en el Inventario de Instalaciones de Edificios municipales.—1. Las altas y bajas
del Inventario de Vías Públicas, Zonas Verdes e Infraestructuras y en el Inventario de Ins-
BOCM-20220817-36
BOCM