Villaviciosa de Odón (BOCM-20220816-89)
Régimen económico. Ordenanza concesión ayudas
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BOCM

MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 194

Capítulo 2
Requisitos para solicitar las ayudas y procedimiento para tramitarlas
Art. 6. Requisitos generales.—Los requisitos generales para solicitar las prestaciones económicas son:
a) Tener nacionalidad española o extranjera con residencia legal en España. Con carácter excepcional, según el artículo 14 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social, también podrán ser beneficiarios las personas extranjeras, cualquiera que
sea su situación administrativa en España, que se encuentren en una situación de
desprotección o en grave riesgo social.
b) Estar empadronado y con residencia efectiva en el municipio de Villaviciosa de
Odón, un mínimo de un (01) mes inmediatamente anterior a la solicitud, salvo en
el caso de la prestación dirigida a personas sin hogar. Se consideran personas sin
hogar según la tipología ETHOS aquellas que no tienen techo ni vivienda. Se tendrá en cuenta solo el requisito de estar empadronado cuando la ayuda se impute a
algún convenio y subvención para tal fin.
c) Ser mayor de edad o emancipado según el artículo 317 del Código Civil.
d) Acreditar documentalmente la situación de necesidad.
e) Carecer de ingresos suficientes para hacer frente a las necesidades de la vida diaria. Esta circunstancia se acreditará mediante informe social emitido por el personal técnico de los servicios sociales del Ayuntamiento.
f) Estar en situación de desempleo e inscrito como demandante en la Oficina de Empleo correspondiente o que, en su caso, se inscriban de forma previa a la solicitud
de la ayuda, cuando esta se impute a algún convenio y subvención que así lo exija.
g) No tener acceso y/o agotar el procedimiento de otras ayudas de otra administración pública o carecer de recursos propios que cubran la totalidad de la necesidad
para la que solicita la prestación.
h) Aceptar las condiciones de la intervención social y suscribir, en su caso, el correspondiente proyecto o compromiso de integración social que se incluye como
Anexo I a esta Ordenanza.
i) La escolarización y asistencia regular a clase de los menores en edad de escolarización obligatoria como requisito imprescindible en la intervención social.
Art. 7. Documentación a presentar por el/la solicitante.—1. Los Servicios Sociales de atención social primaria recopilará de los solicitantes cuantos datos, documentos y
aclaraciones consideren necesarios para la valoración de la demanda planteada.
2. El/la solicitante deberá presentar los siguientes documentos:
a) Datos personales y de la unidad de convivencia.
i) Fotocopia del documento nacional de identidad del solicitante y de todos
los miembros de la unidad de convivencia que lo posean. Cuando se trate de
extranjeros, tarjeta de residente, de asilo o refugio, pasaporte o cualquier
otro documento que acredite su identidad.
ii) Fotocopia del libro de familia o cualquier otro documento que acredite el
vínculo familiar y la unidad de convivencia.
b) Datos relativos a la situación económica.
i) Fotocopia de la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas del solicitante y de todos los componentes de la unidad de convivencia mayores de dieciocho años, o de dieciséis años si trabajan.
ii) Certificación negativa de la Agencia Tributaria o certificado, o documento
equivalente que acredite que no está obligado a realizar la declaración de la
renta.
iii) Informe de vida laboral.
iv) Declaración responsable de no haber recibido de otros organismos ayuda alguna por el mismo concepto para el que pide la ayuda.
v) Fotocopia de las tres últimas nóminas y en el caso de trabajadores autónomos, la última declaración de la renta o módulos trimestrales.
vi) Certificado de inscripción como demandante de empleo/Mejora de empleo
y de la percepción de prestación del servicio público de empleo (SEPE).
vii) Certificado de pensiones u otras prestaciones públicas del organismo correspondiente.

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