Alcobendas (BOCM-20220816-49)
Organización y funcionamiento. Estructura Áreas Gobierno
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 194
o) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta Delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su aprobación por la Junta de
Gobierno Local y el Pleno.
p) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
q) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
r) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el departamento o servicio.
s) Ejercitar la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.
t) Resolución de recursos administrativos en el ámbito de la Delegación.
Transporte:
a) Representación del Ayuntamiento en materia de transporte ante otros Organismos
Públicos y privados.
b) Gestión del transporte público y colectivo de viajeros.
c) Gestión del servicio de aparcamiento de vehículos pesados.
d) Impulso, gestión coordinación y desarrollo del Plan de Movilidad Urbana Sostenible, sin perjuicio del desarrollo competencial que corresponda a otras áreas.
e) Regulación, control y seguimiento de los servicios de auto-taxi y vehículos de alquiler, en el ámbito de las competencias municipales.
f) Informar sobre el diseño y estructura de red viaria en proyectos de nueva ejecución o reforma.
g) Ordenar y regular el uso y utilización de las Vías Públicas para la mayor compatibilidad entre vehículos y peatones, en coordinación con la Delegación de Tráfico,
en su caso, y sin perjuicio de las competencias de uso del patrimonio atribuidas a
la Delegación de Patrimonio.
h) Realizar estudios y análisis de transporte.
i) Mantener las debidas relaciones con entidades públicas o particulares que presten
servicios o tengan competencias en materia de movilidad urbana, circulación y
transportes, dentro del término municipal o afecten a las mismas.
j) Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones dentro de su marco competencial.
k) Dirección e inspección inmediata del personal de la Delegación.
l) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta Delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su aprobación por la Junta de
Gobierno Local y el Pleno.
m) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
n) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
ñ) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el departamento o servicio.
o) Ejercitar la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.
p) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la Delegación.
11. Concejalía-Delegada de Cultura:
Integrada en el Área de Familias, Promoción de la Igualdad y Servicios a la Ciudadanía, se atribuye la misma a la concejal doña Rosario Tamayo Lorenzo.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, Organismos o servicios municipales, se delegan en esta Concejalía-Delegada, las
competencias que le corresponden en esta materia al alcalde y, en particular, las siguientes:
De conformidad y previo cumplimiento, en su caso, de los requisitos previstos en los
artículos 7, 27 y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en redacción dada por Ley 27/2013, de
Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, Organismos o servicios
municipales, se delegan en la Concejalía-Delegada de Cultura todas las competencias que
la legislación vigente atribuye al alcalde en dichas materias, en particular, las siguientes:
a) Desarrollo de las políticas locales de fomento de las distintas manifestaciones de la
cultura, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos propios.
BOCM-20220816-49
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 194
o) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta Delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su aprobación por la Junta de
Gobierno Local y el Pleno.
p) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
q) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
r) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el departamento o servicio.
s) Ejercitar la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.
t) Resolución de recursos administrativos en el ámbito de la Delegación.
Transporte:
a) Representación del Ayuntamiento en materia de transporte ante otros Organismos
Públicos y privados.
b) Gestión del transporte público y colectivo de viajeros.
c) Gestión del servicio de aparcamiento de vehículos pesados.
d) Impulso, gestión coordinación y desarrollo del Plan de Movilidad Urbana Sostenible, sin perjuicio del desarrollo competencial que corresponda a otras áreas.
e) Regulación, control y seguimiento de los servicios de auto-taxi y vehículos de alquiler, en el ámbito de las competencias municipales.
f) Informar sobre el diseño y estructura de red viaria en proyectos de nueva ejecución o reforma.
g) Ordenar y regular el uso y utilización de las Vías Públicas para la mayor compatibilidad entre vehículos y peatones, en coordinación con la Delegación de Tráfico,
en su caso, y sin perjuicio de las competencias de uso del patrimonio atribuidas a
la Delegación de Patrimonio.
h) Realizar estudios y análisis de transporte.
i) Mantener las debidas relaciones con entidades públicas o particulares que presten
servicios o tengan competencias en materia de movilidad urbana, circulación y
transportes, dentro del término municipal o afecten a las mismas.
j) Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones dentro de su marco competencial.
k) Dirección e inspección inmediata del personal de la Delegación.
l) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta Delegación, con la Coordinación Institucional del equipo de Gobierno, para su aprobación por la Junta de
Gobierno Local y el Pleno.
m) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
n) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
ñ) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el departamento o servicio.
o) Ejercitar la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.
p) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la Delegación.
11. Concejalía-Delegada de Cultura:
Integrada en el Área de Familias, Promoción de la Igualdad y Servicios a la Ciudadanía, se atribuye la misma a la concejal doña Rosario Tamayo Lorenzo.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, Organismos o servicios municipales, se delegan en esta Concejalía-Delegada, las
competencias que le corresponden en esta materia al alcalde y, en particular, las siguientes:
De conformidad y previo cumplimiento, en su caso, de los requisitos previstos en los
artículos 7, 27 y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en redacción dada por Ley 27/2013, de
Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, Organismos o servicios
municipales, se delegan en la Concejalía-Delegada de Cultura todas las competencias que
la legislación vigente atribuye al alcalde en dichas materias, en particular, las siguientes:
a) Desarrollo de las políticas locales de fomento de las distintas manifestaciones de la
cultura, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos propios.
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