D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220816-29)
Convenio – Convenio de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (IdISSC)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 194
Cuando la naturaleza de los asuntos a tratar lo permita, o las dificultades de reunión
presencial de la Comisión Delegada así lo aconsejen, el Secretario podrá convocar por orden del/de la Presidente/a la celebración de reuniones virtuales mediante teleconferencia,
videoconferencia u otras tecnologías de las comunicaciones. Además, podrá convocar reuniones mixtas en las que los miembros de la Comisión Delegada podrán asistir a distancia
a las reuniones presenciales mediante el uso de las citadas tecnologías.
Los acuerdos, que se transcribirán en el Libro de Actas, serán autorizados por quienes
hayan ejercido la Presidencia y la Secretaría, y se aprobarán en la misma o en la siguiente
reunión de la Comisión Delegada.
Cuando alguno de los asistentes pretendiera que se recoja la transcripción literal y
exacta de su intervención, presentará esta por escrito, para dejar constancia literal de la misma, anexándola al acta.
Undécima
Comité Científico Externo
1.
2.
—
—
El Comité Científico Externo es uno de los órganos consultivos del IdISSC.
El Comité Científico Externo estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente/a: la Dirección Científica del IdISSC.
Vocales: compuesto por un mínimo de cinco profesionales de alta cualificación y
experiencia reconocida en el ámbito de la investigación que serán nombrados y
cesados por el Consejo Rector del IdISSC.
— Secretario/a: el/la Director/a de la Fundación, con voz pero sin voto.
El nombramiento de los vocales del Comité Científico Externo se hará por un período
de cuatro años, sin perjuicio de que puedan ser reelegidos y sustituidos.
Los miembros del Comité Científico Externo que ostenten esta condición por razón de
su cargo o puesto únicamente formarán parte del mismo durante el tiempo que lo desempeñen, siendo sustituidos por la persona que les suceda en el mismo.
3. Los miembros del Comité Científico Externo deben acreditar mediante la suscripción de declaración responsable, la ausencia de conflicto de interés que les impida llevar a
cabo las tareas asignadas como miembro del mismo.
4. Son funciones de este Comité:
— Emitir dictámenes a petición del Consejo Rector o de la Comisión Delegada.
— Valorar y estudiar la posible integración de nuevos grupos y entidades.
— Evaluar la actividad científica realizada en el IdISSC y asesorar al Consejo Rector
y a la Dirección Científica, velando por la calidad de dicha actividad.
— En general, asesorar en los asuntos relacionados con la investigación al IdISSC.
5. El Comité Científico Externo se debe reunir como mínimo una vez al año, y tantas veces como lo solicite la persona que ostente la Dirección Científica, a iniciativa propia
o de la Comisión Delegada, si procede, y sus acuerdos y propuestas han de ser elevadas al
Consejo Rector.
Se podrán celebrar reuniones virtuales siguiendo a tal efecto los criterios establecidos
para este tipo de reuniones en las cláusulas novena y décima anteriores.
6. La constancia de estas reuniones y de las decisiones que en ellas tienen lugar debe
quedar recogida en las correspondientes actas, que deberán ser firmadas por la persona que
ejerza la Presidencia del Comité y el/la Secretario/a del mismo.
Duodécima
1.
2.
—
—
El Comité Científico Interno es uno de los órganos consultivos del IdISSC.
El Comité Científico Interno estará constituida por los siguientes miembros:
Presidente/a: Persona que ostente la Dirección Científica del IdISSC.
Vocales:
• Formarán parte del Comité Científico Interno un mínimo de nueve vocales y un
máximo de dieciocho.
• Un máximo de dos tercios de los miembros será propuesto por el HCSC.
• Un máximo de un tercio de los miembros lo serán a propuesta de las Universidades.
BOCM-20220816-29
Comité Científico Interno
Pág. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 194
Cuando la naturaleza de los asuntos a tratar lo permita, o las dificultades de reunión
presencial de la Comisión Delegada así lo aconsejen, el Secretario podrá convocar por orden del/de la Presidente/a la celebración de reuniones virtuales mediante teleconferencia,
videoconferencia u otras tecnologías de las comunicaciones. Además, podrá convocar reuniones mixtas en las que los miembros de la Comisión Delegada podrán asistir a distancia
a las reuniones presenciales mediante el uso de las citadas tecnologías.
Los acuerdos, que se transcribirán en el Libro de Actas, serán autorizados por quienes
hayan ejercido la Presidencia y la Secretaría, y se aprobarán en la misma o en la siguiente
reunión de la Comisión Delegada.
Cuando alguno de los asistentes pretendiera que se recoja la transcripción literal y
exacta de su intervención, presentará esta por escrito, para dejar constancia literal de la misma, anexándola al acta.
Undécima
Comité Científico Externo
1.
2.
—
—
El Comité Científico Externo es uno de los órganos consultivos del IdISSC.
El Comité Científico Externo estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente/a: la Dirección Científica del IdISSC.
Vocales: compuesto por un mínimo de cinco profesionales de alta cualificación y
experiencia reconocida en el ámbito de la investigación que serán nombrados y
cesados por el Consejo Rector del IdISSC.
— Secretario/a: el/la Director/a de la Fundación, con voz pero sin voto.
El nombramiento de los vocales del Comité Científico Externo se hará por un período
de cuatro años, sin perjuicio de que puedan ser reelegidos y sustituidos.
Los miembros del Comité Científico Externo que ostenten esta condición por razón de
su cargo o puesto únicamente formarán parte del mismo durante el tiempo que lo desempeñen, siendo sustituidos por la persona que les suceda en el mismo.
3. Los miembros del Comité Científico Externo deben acreditar mediante la suscripción de declaración responsable, la ausencia de conflicto de interés que les impida llevar a
cabo las tareas asignadas como miembro del mismo.
4. Son funciones de este Comité:
— Emitir dictámenes a petición del Consejo Rector o de la Comisión Delegada.
— Valorar y estudiar la posible integración de nuevos grupos y entidades.
— Evaluar la actividad científica realizada en el IdISSC y asesorar al Consejo Rector
y a la Dirección Científica, velando por la calidad de dicha actividad.
— En general, asesorar en los asuntos relacionados con la investigación al IdISSC.
5. El Comité Científico Externo se debe reunir como mínimo una vez al año, y tantas veces como lo solicite la persona que ostente la Dirección Científica, a iniciativa propia
o de la Comisión Delegada, si procede, y sus acuerdos y propuestas han de ser elevadas al
Consejo Rector.
Se podrán celebrar reuniones virtuales siguiendo a tal efecto los criterios establecidos
para este tipo de reuniones en las cláusulas novena y décima anteriores.
6. La constancia de estas reuniones y de las decisiones que en ellas tienen lugar debe
quedar recogida en las correspondientes actas, que deberán ser firmadas por la persona que
ejerza la Presidencia del Comité y el/la Secretario/a del mismo.
Duodécima
1.
2.
—
—
El Comité Científico Interno es uno de los órganos consultivos del IdISSC.
El Comité Científico Interno estará constituida por los siguientes miembros:
Presidente/a: Persona que ostente la Dirección Científica del IdISSC.
Vocales:
• Formarán parte del Comité Científico Interno un mínimo de nueve vocales y un
máximo de dieciocho.
• Un máximo de dos tercios de los miembros será propuesto por el HCSC.
• Un máximo de un tercio de los miembros lo serán a propuesta de las Universidades.
BOCM-20220816-29
Comité Científico Interno