D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220816-29)
Convenio –  Convenio de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (IdISSC)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 194

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 253

• A la comunidad científica, difundiendo su actividad a través de las publicaciones generadas y las memorias científicas del instituto.
• Al sistema económico fomentando la innovación y la transferencia de resultados.
Sexta
Áreas de investigación
1. El IdISSC se configura como un espacio multidisciplinar en el que se realice una actividad de investigación centrada fundamentalmente en las siguientes áreas de investigación:
— Cardiovascular.
— Inflamación, Infección, Inmunidad y Alergia.
— Neurociencia.
— Oncología.
— Otros grandes Sistemas.
— Soporte a la I+D+i.
2. Las áreas y líneas de investigación serán revisadas periódicamente a través del
Comité Científico Externo contemplado en la cláusula undécima y ratificadas o modificadas por el Consejo Rector previsto en la cláusula novena.
Séptima
Integración de nuevas entidades
1. Las entidades que suscriben este convenio expresan su compromiso de promover
las actuaciones que sean necesarias para la integración en el IdISSC de entidades de similar naturaleza que deseen establecer formas de actuación coordinada, a través de un documento donde se expresen las condiciones de la relación, tal como se define en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de Institutos de investigación biomédica
o sanitaria.
2. La incorporación de nuevas entidades se realizará previa solicitud de las mismas y
aceptación expresa de las condiciones de admisión que establezcan, en su caso, los órganos
de gobierno del IdISSC, así como de acuerdo al procedimiento previsto en el artículo 21 del
Real Decreto 279/2016, de 24 de junio.
3. La integración de nuevas entidades implicará los siguientes cambios:
— Las nuevas entidades deberán estar representadas en los órganos de gobierno del
IdISSC.
— Las nuevas entidades, su personal investigador y grupos de investigación deberán
contemplarse en el Plan Estratégico del IdISSC.
4. El proceso de integración será tutelado por el Consejo Rector que se establece en
la cláusula novena.
5. La integración se articulará teniendo en cuenta la finalidad última de promover el progreso en la atención sanitaria de la población según los principios deontológicos comúnmente
admitidos en el ámbito de la Medicina y los de orden ético que presiden la investigación.
Octava
Organización

Novena
Consejo Rector
1. El Consejo Rector es el órgano al que corresponde el gobierno del IdISSC.
2. El Consejo Rector estará constituido por los siguientes miembros:
— Presidente/a: El titular que ostente la representación del SERMAS o persona en
quien delegue.

BOCM-20220816-29

El IdISSC se estructura en los siguientes órganos:
— Órganos de gobierno: Consejo Rector y Comisión Delegada.
— Órganos de consulta: Comité Científico Externo y Comité Científico Interno.
— Órgano de dirección científica: Director/a Científico/a.
— Órgano de gestión: la Fundación.