D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220816-29)
Convenio – Convenio de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (IdISSC)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 194
Tercera
Compromiso de las partes
1. Las entidades integrantes del IdISSC pondrán a disposición del cumplimiento de
este convenio los espacios e infraestructuras relacionados en el Anexo II, manteniendo la
titularidad sobre los mismos.
2. Los bienes que se pongan a disposición de los investigadores/as del IdISSC al amparo de este convenio, o los adquiridos en un momento posterior con la financiación de cada
una de las entidades integrantes, se reflejarán en un inventario que se mantendrá actualizado y que especificará la entidad a la que, en cada caso, corresponda la titularidad de aquéllos. Con carácter general y salvo acuerdo específico, cada entidad asumirá los gastos de
mantenimiento y conservación de los bienes de su titularidad.
3. Los gastos derivados del funcionamiento del IdISSC serán por cuenta de las entidades firmantes de este convenio, de forma que éstas sostendrán los gastos correspondientes a las estructuras que cada una de las entidades pongan a disposición del IdISSC. La suscripción de este convenio no genera gasto ni incremento del que ya tienen imputado, y que
es actualmente soportado por las citadas entidades, con cargo a sus correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
4. El Consejo Rector, a iniciativa de la persona titular de la Dirección Científica y de
la persona titular de la Dirección del órgano de gestión, propondrá a las entidades integrantes
del IdISSC la aprobación de los gastos de funcionamiento que se dediquen a los objetivos de
este convenio. En la medida en que esta financiación se obtenga a través de actividades
científicas financiadas por las distintas agencias públicas o privadas, parte de esta financiación podrá destinarse a aportar recursos que garanticen el funcionamiento del IdISSC en
función de las necesidades requeridas para ofrecer el servicio de apoyo adecuado al personal investigador vinculado a IdISSC.
5. Las partes se comprometen a mantener esta participación en el IdISSC, con pleno
ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, a través de sus órganos de
gobierno y a contribuir a la consecución de los objetivos del IdISSC recogidos en la cláusula quinta de este convenio.
Cuarta
Financiación
El presente convenio no implica gasto para la Comunidad de Madrid, ni de él se derivan derechos ni obligaciones de contenido económico para ninguna de las administraciones participantes, más allá de los actualmente soportados por las mismas con cargo a sus
correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
Quinta
El IdISSC lleva a cabo actividades de investigación en las áreas de investigación recogidas en la cláusula sexta, potenciando la colaboración y cooperación con otros centros y
grupos de investigación con el fin de:
— Fomentar la investigación de calidad básica, clínica, tecnológica, epidemiológica
y de servicios de salud.
— Favorecer y desarrollar programas y proyectos de investigación o formación de
personal investigador, con especial atención a la formación científica de profesionales en metodología de la investigación y a las necesidades del ámbito de la atención sanitaria, tanto en la Atención Primaria como en la Especializada.
— Velar por la calidad, la ética y los principios deontológicos de la investigación.
— Promover la participación de sus grupos de investigación en estructuras estables
de investigación cooperativa.
— Promover la colaboración entre los/las investigadores/as y los grupos de investigación que pertenecen a las distintas entidades integrantes del IdISSC y fomentar
la colaboración con otras instituciones y entidades nacionales e internacionales.
— Fomentar el uso eficiente de sus recursos e infraestructuras.
— Promover la traslación de los resultados:
• A la sociedad y al sistema sanitario, trasladando el conocimiento generado de su
actividad a la práctica clínica.
BOCM-20220816-29
Objetivos
Pág. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 194
Tercera
Compromiso de las partes
1. Las entidades integrantes del IdISSC pondrán a disposición del cumplimiento de
este convenio los espacios e infraestructuras relacionados en el Anexo II, manteniendo la
titularidad sobre los mismos.
2. Los bienes que se pongan a disposición de los investigadores/as del IdISSC al amparo de este convenio, o los adquiridos en un momento posterior con la financiación de cada
una de las entidades integrantes, se reflejarán en un inventario que se mantendrá actualizado y que especificará la entidad a la que, en cada caso, corresponda la titularidad de aquéllos. Con carácter general y salvo acuerdo específico, cada entidad asumirá los gastos de
mantenimiento y conservación de los bienes de su titularidad.
3. Los gastos derivados del funcionamiento del IdISSC serán por cuenta de las entidades firmantes de este convenio, de forma que éstas sostendrán los gastos correspondientes a las estructuras que cada una de las entidades pongan a disposición del IdISSC. La suscripción de este convenio no genera gasto ni incremento del que ya tienen imputado, y que
es actualmente soportado por las citadas entidades, con cargo a sus correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
4. El Consejo Rector, a iniciativa de la persona titular de la Dirección Científica y de
la persona titular de la Dirección del órgano de gestión, propondrá a las entidades integrantes
del IdISSC la aprobación de los gastos de funcionamiento que se dediquen a los objetivos de
este convenio. En la medida en que esta financiación se obtenga a través de actividades
científicas financiadas por las distintas agencias públicas o privadas, parte de esta financiación podrá destinarse a aportar recursos que garanticen el funcionamiento del IdISSC en
función de las necesidades requeridas para ofrecer el servicio de apoyo adecuado al personal investigador vinculado a IdISSC.
5. Las partes se comprometen a mantener esta participación en el IdISSC, con pleno
ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, a través de sus órganos de
gobierno y a contribuir a la consecución de los objetivos del IdISSC recogidos en la cláusula quinta de este convenio.
Cuarta
Financiación
El presente convenio no implica gasto para la Comunidad de Madrid, ni de él se derivan derechos ni obligaciones de contenido económico para ninguna de las administraciones participantes, más allá de los actualmente soportados por las mismas con cargo a sus
correspondientes presupuestos o dotaciones autorizados.
Quinta
El IdISSC lleva a cabo actividades de investigación en las áreas de investigación recogidas en la cláusula sexta, potenciando la colaboración y cooperación con otros centros y
grupos de investigación con el fin de:
— Fomentar la investigación de calidad básica, clínica, tecnológica, epidemiológica
y de servicios de salud.
— Favorecer y desarrollar programas y proyectos de investigación o formación de
personal investigador, con especial atención a la formación científica de profesionales en metodología de la investigación y a las necesidades del ámbito de la atención sanitaria, tanto en la Atención Primaria como en la Especializada.
— Velar por la calidad, la ética y los principios deontológicos de la investigación.
— Promover la participación de sus grupos de investigación en estructuras estables
de investigación cooperativa.
— Promover la colaboración entre los/las investigadores/as y los grupos de investigación que pertenecen a las distintas entidades integrantes del IdISSC y fomentar
la colaboración con otras instituciones y entidades nacionales e internacionales.
— Fomentar el uso eficiente de sus recursos e infraestructuras.
— Promover la traslación de los resultados:
• A la sociedad y al sistema sanitario, trasladando el conocimiento generado de su
actividad a la práctica clínica.
BOCM-20220816-29
Objetivos