D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220816-29)
Convenio – Convenio de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario Clínico “San Carlos” (IdISSC)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 251
procedimiento establecido mediante el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria.
VIII. Que en este sentido la Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General
competente en materia de investigación, en el marco de la política científica regional para
el ámbito sanitario, tiene entre sus funciones definir y promover la estrategia de constitución de los IIS.
IX. Que el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, tiene por objeto la regulación del
procedimiento para la acreditación de IIS en el ámbito del SNS con la finalidad de fomentar
la asociación de los hospitales del SNS, de las universidades, organismos públicos de investigación y otros centros públicos o privados de investigación, a los efectos de constituir institutos de investigación multidisciplinares y multiinstitucionales que contribuyan a fundamentar científicamente los programas y políticas del SNS, potenciando preferentemente la
investigación traslacional. Las entidades que integrarán los IIS serán necesariamente, de una
parte hospitales docentes del SNS, y, de otra, centros públicos o privados de I+D+i, entre los
cuales se incluyen los dispositivos de investigación de atención primaria. Los hospitales docentes del SNS constituyen el núcleo básico de los IIS resultantes de dicha asociación.
X. En fecha 23 de marzo de 2011, se firmó el Convenio de Colaboración, con el fin
de crear el Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”
(en adelante IdISSC), con fecha 26 de febrero de 2015 se firmó adenda de prórroga y modificación al convenio y con fecha 25 de febrero de 2019 se firmó adenda de prórroga y
modificación al convenio.
Dado el tiempo transcurrido y subsistiendo la necesidad de dar continuidad al Instituto de Investigación y a sus actividades y con el fin de adaptarse a los nuevos agentes que
intervienen en la investigación e innovación sanitaria de la Comunidad de Madrid, así como
a las previsiones establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público, relativas a los convenios administrativos, es necesario suscribir un nuevo
convenio que sustituya al anterior que se adapte a la realidad actual y al nuevo marco normativo y competencial, así como a las previsiones establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y al artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en cuanto a la duración de este tipo de
convenios.
XI. Que a tal efecto las partes intervinientes en el ejercicio de sus respectivas facultades consideran necesaria la colaboración conjunta en las materias de su competencia y
acuerdan suscribir el presente convenio que llevan a efecto con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
1. El objeto de este convenio es el mantenimiento y desarrollo del IdISSC, creado
mediante Convenio de 23 de marzo de 2011, para fomentar, desarrollar e integrar la investigación de excelencia en ciencias de la salud, con especial atención a aquella de carácter
cooperativo, trasversal y multidisciplinar que potencia la investigación traslacional.
2. El presente convenio constituye a todos los efectos el instrumento jurídico que
ampara la asociación de las entidades que integran el IdISSC.
Segunda
1. El IdISSC está constituido por la Comunidad de Madrid a través de la Consejería
de Sanidad, el SERMAS a través de HCSC, la UCM, la UPM y la Fundación.
2. El HCSC, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto 279/2016,
de 24 de junio, constituye el núcleo básico del IdISSC.
3. La Fundación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.c) del Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, será la única entidad gestora del IdISSC.
BOCM-20220816-29
Entidades integrantes
B.O.C.M. Núm. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 251
procedimiento establecido mediante el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria.
VIII. Que en este sentido la Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General
competente en materia de investigación, en el marco de la política científica regional para
el ámbito sanitario, tiene entre sus funciones definir y promover la estrategia de constitución de los IIS.
IX. Que el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, tiene por objeto la regulación del
procedimiento para la acreditación de IIS en el ámbito del SNS con la finalidad de fomentar
la asociación de los hospitales del SNS, de las universidades, organismos públicos de investigación y otros centros públicos o privados de investigación, a los efectos de constituir institutos de investigación multidisciplinares y multiinstitucionales que contribuyan a fundamentar científicamente los programas y políticas del SNS, potenciando preferentemente la
investigación traslacional. Las entidades que integrarán los IIS serán necesariamente, de una
parte hospitales docentes del SNS, y, de otra, centros públicos o privados de I+D+i, entre los
cuales se incluyen los dispositivos de investigación de atención primaria. Los hospitales docentes del SNS constituyen el núcleo básico de los IIS resultantes de dicha asociación.
X. En fecha 23 de marzo de 2011, se firmó el Convenio de Colaboración, con el fin
de crear el Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario Clínico “San Carlos”
(en adelante IdISSC), con fecha 26 de febrero de 2015 se firmó adenda de prórroga y modificación al convenio y con fecha 25 de febrero de 2019 se firmó adenda de prórroga y
modificación al convenio.
Dado el tiempo transcurrido y subsistiendo la necesidad de dar continuidad al Instituto de Investigación y a sus actividades y con el fin de adaptarse a los nuevos agentes que
intervienen en la investigación e innovación sanitaria de la Comunidad de Madrid, así como
a las previsiones establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público, relativas a los convenios administrativos, es necesario suscribir un nuevo
convenio que sustituya al anterior que se adapte a la realidad actual y al nuevo marco normativo y competencial, así como a las previsiones establecidas en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y al artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1
de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en cuanto a la duración de este tipo de
convenios.
XI. Que a tal efecto las partes intervinientes en el ejercicio de sus respectivas facultades consideran necesaria la colaboración conjunta en las materias de su competencia y
acuerdan suscribir el presente convenio que llevan a efecto con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
1. El objeto de este convenio es el mantenimiento y desarrollo del IdISSC, creado
mediante Convenio de 23 de marzo de 2011, para fomentar, desarrollar e integrar la investigación de excelencia en ciencias de la salud, con especial atención a aquella de carácter
cooperativo, trasversal y multidisciplinar que potencia la investigación traslacional.
2. El presente convenio constituye a todos los efectos el instrumento jurídico que
ampara la asociación de las entidades que integran el IdISSC.
Segunda
1. El IdISSC está constituido por la Comunidad de Madrid a través de la Consejería
de Sanidad, el SERMAS a través de HCSC, la UCM, la UPM y la Fundación.
2. El HCSC, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto 279/2016,
de 24 de junio, constituye el núcleo básico del IdISSC.
3. La Fundación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.c) del Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, será la única entidad gestora del IdISSC.
BOCM-20220816-29
Entidades integrantes