C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220815-2)
Convenio colectivo – Resolución de 1 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Asal Cleaning, S. L. (planta de tratamiento de residuos de las dehesas) (código número 28103361012022)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 42
LUNES 15 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 193
durante un periodo prolongado de hasta seis meses, la empresa le reconocerá la categoría,
cobrando la cantidad que esta nueva categoría tenga designada.
Artículo 19.-Censos.
La empresa confeccionará anualmente, en cada centro de trabajo, un censo de los trabajadores en
orden alfabético, indicando Apellidos y Nombre, fecha de ingreso en la empresa y Categoría Laboral
y turno actual, que será entregado a los representantes sindicales.
CAPÍTULO V.-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 20.-Infracciones y sanciones
Serán de aplicación las infracciones y sanciones recogidas en el Convenio colectivo del sector de
saneamiento público, limpieza viaria, riesgos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos,
limpieza y conservación de alcantarillado.
CAPÍTULO VI.-SEGURIDAD E HIGIENE Y PROTECCIÓN DE LA SALUD LABORAL
Artículo 21.-Prendas de trabajo
Al inicio de la relación laboral se entregará a cada trabajador, en cada primera temporada, la
siguiente uniformidad:
-1 par de zapatos con puntera de acero
VERANO
-2 camisas de verano de manga larga
-2 pantalones de verano
INVIERNO
2 camisas de invierno de manga larga
2 pantalones de invierno
1 camiseta térmica o sudadera
Además, se les entregará a los trabajadores que tenga su puesto de trabajo en exteriores o a petición
de cualquier otro trabajador que lo requiera justificadamente, las siguientes prendas:
1 cazadora o anorak
1 Par calcetines térmicos.
1 Braga-bufanda
1 Par de guantes de abrigo
1 gorro Polar
Las prendas de verano se entregarán antes del día 31 de Mayo.
Las prendas de invierno se entregarán antes del día 15 de Octubre.
Los trabajadores/as deberán ir correctamente uniformados y con las prendas adecuadas para
desarrollar la labor a cada uno encomendada, siendo dichas prendas de uso obligatorio.
La empresa se compromete a la reposición de la uniformidad y sistemas de protección laboral, por
deterioro.
Artículo 22.-Seguro de vida y Responsabilidad Civil.
La empresa contratará un seguro de vida para cubrir los supuestos de accidente laboral o
enfermedad profesional que se produzcan como consecuencia de la actividad desarrollada
por la empresa, con resultado de muerte, incapacidad laboral permanente absoluta o gran
invalidez, de manera que el trabajador, o sus beneficiarios, perciban en tales casos una
indemnización de 38.000 €
BOCM-20220815-2
La empresa pondrá a disposición, todas las prendas de trabajo y sistemas de protección laboral,
determinadas por las evaluaciones de riesgos laborales y el comité de seguridad y salud laboral.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 42
LUNES 15 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 193
durante un periodo prolongado de hasta seis meses, la empresa le reconocerá la categoría,
cobrando la cantidad que esta nueva categoría tenga designada.
Artículo 19.-Censos.
La empresa confeccionará anualmente, en cada centro de trabajo, un censo de los trabajadores en
orden alfabético, indicando Apellidos y Nombre, fecha de ingreso en la empresa y Categoría Laboral
y turno actual, que será entregado a los representantes sindicales.
CAPÍTULO V.-RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 20.-Infracciones y sanciones
Serán de aplicación las infracciones y sanciones recogidas en el Convenio colectivo del sector de
saneamiento público, limpieza viaria, riesgos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos,
limpieza y conservación de alcantarillado.
CAPÍTULO VI.-SEGURIDAD E HIGIENE Y PROTECCIÓN DE LA SALUD LABORAL
Artículo 21.-Prendas de trabajo
Al inicio de la relación laboral se entregará a cada trabajador, en cada primera temporada, la
siguiente uniformidad:
-1 par de zapatos con puntera de acero
VERANO
-2 camisas de verano de manga larga
-2 pantalones de verano
INVIERNO
2 camisas de invierno de manga larga
2 pantalones de invierno
1 camiseta térmica o sudadera
Además, se les entregará a los trabajadores que tenga su puesto de trabajo en exteriores o a petición
de cualquier otro trabajador que lo requiera justificadamente, las siguientes prendas:
1 cazadora o anorak
1 Par calcetines térmicos.
1 Braga-bufanda
1 Par de guantes de abrigo
1 gorro Polar
Las prendas de verano se entregarán antes del día 31 de Mayo.
Las prendas de invierno se entregarán antes del día 15 de Octubre.
Los trabajadores/as deberán ir correctamente uniformados y con las prendas adecuadas para
desarrollar la labor a cada uno encomendada, siendo dichas prendas de uso obligatorio.
La empresa se compromete a la reposición de la uniformidad y sistemas de protección laboral, por
deterioro.
Artículo 22.-Seguro de vida y Responsabilidad Civil.
La empresa contratará un seguro de vida para cubrir los supuestos de accidente laboral o
enfermedad profesional que se produzcan como consecuencia de la actividad desarrollada
por la empresa, con resultado de muerte, incapacidad laboral permanente absoluta o gran
invalidez, de manera que el trabajador, o sus beneficiarios, perciban en tales casos una
indemnización de 38.000 €
BOCM-20220815-2
La empresa pondrá a disposición, todas las prendas de trabajo y sistemas de protección laboral,
determinadas por las evaluaciones de riesgos laborales y el comité de seguridad y salud laboral.