Madrid (BOCM-20220812-31)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 191
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 163
ANEXO DE CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA EL DESARROLLO
DEL PLAN ESPECIAL PARA EL EDIFICIO SITUADO EN LA CALLE
DE MAESTRO VICTORIA, NÚMERO 8, DISTRITO DE CENTRO
1. Objeto
El presente anexo tiene por objeto incorporar las consideraciones ambientales establecidas en los informes ambientales de fechas 10 de marzo y 13 de abril de 2022, del Servicio de Evaluación Ambiental perteneciente a la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid, como normas a tener en cuenta en el proceso
de ejecución del presente Plan Especial.
BOCM-20220812-31
exterior sin afectar a su volumetría. Esta actuación mantiene los invariantes arquitectónicos originales de ritmo de huecos, tratamiento diferenciado de zócalo, plantas intermedias y áticos, mantenimiento de los accesos existentes, etc.,
diferenciándose de las fachadas originales, en los materiales de revestimiento,
acabados y carpinterías, y en la configuración de las mismas.
1.1.5. Obras de Reconfiguración. La disposición desordenada de las cubriciones de
las cubiertas, la coexistencia de cubiertas planas y faldones de cubiertas, así
como la instalación sin criterio alguno de casetones de instalaciones, han aconsejado proyectar obras de reconfiguración de las distintas cubiertas, resultando de esta manera, una cubierta armónica y homogénea.
1.1.6. Obras de Demolición. Las ampliaciones realizadas en las plantas quinta y sexta, de 22, 90 m2 y 34,90 m2 respectivamente, se demolerán con independencia
del Certificado de la Prescripción de la Infracción Urbanística concedida por
la Agencia de Actividades con número de expediente 220/2020/05996.
1.1.7. Edificabilidad. No se podrá sobrepasar la superficie edificada actual de 1.450,47
m2, existente en el edificio, al estar el edificio en situación de fuera de ordenación relativa por estar sobrepasada la edificabilidad que asigna actualmente el
vigente PGOUM-97.
1.2. Régimen de Usos.—La parcela objeto del presente Plan Especial cumple con lo
determinado por el Plan General como suelo urbano y por las determinaciones particulares
de la Norma Zonal 1 grado 2.o nivel A de usos, así como por lo prescrito en el Plan Especial de regulación del uso de Servicios Terciarios en la clase de Hospedaje, dado que se dan
las condiciones prescritas en el Artículo 6. Régimen del Uso Terciario en la clase de Hospedaje, por el que se autoriza la implantación de Uso Terciario de Hospedaje en las edificaciones situadas dentro del Anillo 1, como es el caso, como uso autorizable, a través de un Plan
Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos, regulado en el Título 5 de las NN. UU.
del PGOUM-97, cuyo objetivo sea valorar la incidencia que la implantación de Uso Terciario de Hospedaje, pueda tener sobre el medio ambiente urbano y sobre las características
propias del ámbito, para aquellas edificaciones cuyo uso existente sea distinto del residencial, con nivel de usos A y sin catalogar, condiciones que se cumplen, tal como se acredita
en el presente documento.
1.3. Exención de plazas de aparcamiento.—El edificio está sometido a los criterios
de excepcionalidad dispuestos en el artículo 7.5.8 de las NN. UU. y de la Instrucción 1/2012
de 19 de enero de 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6.611
de 9 de febrero de 2012), relativa a la exigencia de dotación de plazas de aparcamiento.
1.4. Régimen de Protección.—La parcela objeto del presente análisis no está incluida
en el catálogo de edificios protegidos, pero posee el nivel de protección derivado de formar
parte del conjunto homogéneo denominado cerca y arrabal del Centro Histórico.
El régimen de protección que afecta a la edificación, autoriza el uso terciario de hospedaje, y la relación de obras propuestas.
Territorios protegidos a los que pertenece:
— ZPA Recinto Histórico:
d Bien protegido (BIC declarado en la categoría de zonas de protección arqueológica).
— Recinto de la Villa de Madrid:
d Bien protegido (BIC declarado en la categoría de conjunto histórico “REC
Villa Madrid”).
B.O.C.M. Núm. 191
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 163
ANEXO DE CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA EL DESARROLLO
DEL PLAN ESPECIAL PARA EL EDIFICIO SITUADO EN LA CALLE
DE MAESTRO VICTORIA, NÚMERO 8, DISTRITO DE CENTRO
1. Objeto
El presente anexo tiene por objeto incorporar las consideraciones ambientales establecidas en los informes ambientales de fechas 10 de marzo y 13 de abril de 2022, del Servicio de Evaluación Ambiental perteneciente a la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid, como normas a tener en cuenta en el proceso
de ejecución del presente Plan Especial.
BOCM-20220812-31
exterior sin afectar a su volumetría. Esta actuación mantiene los invariantes arquitectónicos originales de ritmo de huecos, tratamiento diferenciado de zócalo, plantas intermedias y áticos, mantenimiento de los accesos existentes, etc.,
diferenciándose de las fachadas originales, en los materiales de revestimiento,
acabados y carpinterías, y en la configuración de las mismas.
1.1.5. Obras de Reconfiguración. La disposición desordenada de las cubriciones de
las cubiertas, la coexistencia de cubiertas planas y faldones de cubiertas, así
como la instalación sin criterio alguno de casetones de instalaciones, han aconsejado proyectar obras de reconfiguración de las distintas cubiertas, resultando de esta manera, una cubierta armónica y homogénea.
1.1.6. Obras de Demolición. Las ampliaciones realizadas en las plantas quinta y sexta, de 22, 90 m2 y 34,90 m2 respectivamente, se demolerán con independencia
del Certificado de la Prescripción de la Infracción Urbanística concedida por
la Agencia de Actividades con número de expediente 220/2020/05996.
1.1.7. Edificabilidad. No se podrá sobrepasar la superficie edificada actual de 1.450,47
m2, existente en el edificio, al estar el edificio en situación de fuera de ordenación relativa por estar sobrepasada la edificabilidad que asigna actualmente el
vigente PGOUM-97.
1.2. Régimen de Usos.—La parcela objeto del presente Plan Especial cumple con lo
determinado por el Plan General como suelo urbano y por las determinaciones particulares
de la Norma Zonal 1 grado 2.o nivel A de usos, así como por lo prescrito en el Plan Especial de regulación del uso de Servicios Terciarios en la clase de Hospedaje, dado que se dan
las condiciones prescritas en el Artículo 6. Régimen del Uso Terciario en la clase de Hospedaje, por el que se autoriza la implantación de Uso Terciario de Hospedaje en las edificaciones situadas dentro del Anillo 1, como es el caso, como uso autorizable, a través de un Plan
Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos, regulado en el Título 5 de las NN. UU.
del PGOUM-97, cuyo objetivo sea valorar la incidencia que la implantación de Uso Terciario de Hospedaje, pueda tener sobre el medio ambiente urbano y sobre las características
propias del ámbito, para aquellas edificaciones cuyo uso existente sea distinto del residencial, con nivel de usos A y sin catalogar, condiciones que se cumplen, tal como se acredita
en el presente documento.
1.3. Exención de plazas de aparcamiento.—El edificio está sometido a los criterios
de excepcionalidad dispuestos en el artículo 7.5.8 de las NN. UU. y de la Instrucción 1/2012
de 19 de enero de 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6.611
de 9 de febrero de 2012), relativa a la exigencia de dotación de plazas de aparcamiento.
1.4. Régimen de Protección.—La parcela objeto del presente análisis no está incluida
en el catálogo de edificios protegidos, pero posee el nivel de protección derivado de formar
parte del conjunto homogéneo denominado cerca y arrabal del Centro Histórico.
El régimen de protección que afecta a la edificación, autoriza el uso terciario de hospedaje, y la relación de obras propuestas.
Territorios protegidos a los que pertenece:
— ZPA Recinto Histórico:
d Bien protegido (BIC declarado en la categoría de zonas de protección arqueológica).
— Recinto de la Villa de Madrid:
d Bien protegido (BIC declarado en la categoría de conjunto histórico “REC
Villa Madrid”).