C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220812-12)
Marco general de colaboración –  Orden conjunta de 29 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y de la Consejería de Sanidad por la que se establece el marco general de colaboración para la incorporación de personal sanitario enfermero/a del SUMMA 112 Servicio de Urgencia Médica en las intervenciones en helicóptero en el Grupo Especial de Rescate en Altura del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 191

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022

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La Comisión podrá establecer o completar su propio régimen jurídico de funcionamiento.
Dentro de los quince días siguientes a la entrada en vigor de esta Orden ambas partes
se comunicarán mutuamente, y por escrito, el nombre de sus representantes en la Comisión
de Seguimiento.
Esta comisión se reunirá en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la Orden.
La comisión interdepartamental se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes y, al
menos, una vez al año.
2. El funcionamiento de la comisión interdepartamental se regirá por lo dispuesto en
la sección 3.a “Órganos colegiados de las distintas Administraciones Públicas”, del capítulo II, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. La Comisión interdepartamental tiene las siguientes funciones:
— Evaluar las propuestas de las Consejerías para nuevas incorporaciones personales
o materiales, así como impulsar la puesta en marcha de los procesos de selección
que en su caso correspondan.
— Crear subcomisiones con encargos de determinadas funciones, logísticas y procedimentales.
— Velar en primera instancia por el cumplimiento de las actuaciones a realizar por
cada Consejería.
— Estudiar los proyectos específicos que se propongan en ejecución del objeto de la
presente Orden, para contribuir a la mejora de la coordinación y en las labores de
rescate.
— Enviar los proyectos específicos que la comisión haya considerado oportunos a los
órganos competentes para que se les dé la tramitación correspondiente.
— Impulsar los procedimientos, formación y material técnico de rescate y sanitario
necesario para intervenir en zona caliente y cualquier otra actuación que sea de interés común.
Sexto
Producción de efectos
La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 29 de julio de 2022.
El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior,
ENRIQUE LÓPEZ LÓPEZ
El Consejero de Sanidad
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO

BOCM-20220812-12

TÍN