C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220812-12)
Marco general de colaboración –  Orden conjunta de 29 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y de la Consejería de Sanidad por la que se establece el marco general de colaboración para la incorporación de personal sanitario enfermero/a del SUMMA 112 Servicio de Urgencia Médica en las intervenciones en helicóptero en el Grupo Especial de Rescate en Altura del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 40

VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 191

4. Igualmente realizará la formación del personal integrante del GERA en aspectos
sanitarios, en coordinación con el personal sanitario adscrito al Servicio Médico del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
5. La uniformidad de este personal sanitario, así como el material fungible y de farmacia, será aportado por el SUMMA 112.
6. El personal enfermero/a del SUMMA 112 en virtud de la póliza en vigor, en comisión de servicios en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid en base a la presente Orden, tendrá la condición de asegurado previa autorización por parte del Servicio
Madrileño de Salud, por los siguientes riesgos:
— Responsabilidad derivada de los daños o perjuicios producidos a terceros como
consecuencia del ejercicio profesional (responsabilidad profesional).
— La responsabilidad que le sea exigible al SERMAS por los accidentes de trabajo sufridos en su condición de asegurado (responsabilidad patronal), excluyéndose los que
sean causados por la aeronave destinada a la navegación o sustentación aérea.
— La responsabilidad que se exija a la Institución en base a lo establecido en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre (responsabilidad patrimonial).
Todo ello, de acuerdo con lo establecido en el apartado “Riesgos cubiertos” de la citada póliza y teniendo en cuenta las exclusiones específicas contenidas en la misma.
Asimismo, el seguro ampara los costes y gastos judiciales y extrajudiciales que se deriven y la prestación de fianzas para garantizar las resultas de dichos procedimientos, en los
términos establecidos en la póliza de seguro vigente.
Tercero
Actuaciones de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
1. La Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, a través del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, gestionará la participación del personal sanitario en cuestión, en los cursos de formación técnica en montaña, tanto la formación básica como la
complementaria. En el Anexo II a esta orden, se detalla un programa de referencia de los
cursos a realizar, diferenciando unos módulos básicos de otros complementarios.
2. El Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, aportará el vestuario y equipamiento técnico y específico de montaña, así como el equipamiento sanitario que pudiera
requerirse para las labores asignadas.
Cuarto
Actuaciones de rescate
1. Cuando la intervención de rescate lo requiera y el personal enfermero/a esté disponible, este será activado para que asista al mismo junto con la dotación del GERA.
2. Corresponde al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid la activación,
estrategia y resolución de la emergencia.
3. Corresponde al SUMMA 112 las actuaciones de tipo sanitario, así como la activación de códigos, la derivación de pacientes y conexión con la red sanitaria, así como la elaboración del informe asistencial y su registro.
4. El procedimiento de activación será el recogido en el Anexo III.
5. Las consejerías de Presidencia, Justicia e Interior y la de Sanidad desarrollarán
protocolos, redactarán procedimientos, elaborarán manuales de intervención y programarán ejercicios y simulacros con participación del personal del GERA y del SUMMA 112.
Quinto
1. Para la supervisión de las acciones previstas en esta orden se constituirá una comisión interdepartamental que estará integrada por cuatro miembros: dos representantes
por cada consejería, designados por el Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia
de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y por el Director Gerente del SUMMA 112, respectivamente.
La Presidencia y la Secretaría de la Comisión se ejercerán siempre por miembros de la
misma Consejería, rotando anualmente entre ambas consejerías.
En el año 2022, la Presidencia y la Secretaría corresponderán a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, estableciéndose sobre este hecho las sucesivas rotaciones.

BOCM-20220812-12

Seguimiento de actuaciones