C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220812-14)
Bases subvenciones – Orden de 8 de agosto de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, durante la vigencia del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
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B.O.C.M. Núm. 191
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022
artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
así como el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su
posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, artículos 10 y siguientes. En este sentido, dicho Plan Estratégico recoge los contenidos establecidos en el artículo 12 del citado Real Decreto.
En virtud de lo anterior, resulta necesaria y oportuna la implementación de actuaciones dirigidas a promover la mejora de los equipos de trabajo, prevenir las caídas en altura,
potenciar la formación y la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema
de gestión empresarial, prevenir las enfermedades profesionales y las patologías no traumáticas y la adquisición de maquinaria que, aun cumpliendo la legislación vigente sea sustituida por otras de mayores niveles de seguridad, reduciendo así los accidentes en jornada
laboral con baja con mayor incidencia en la siniestralidad global de la región.
En este contexto, la presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2022.
La Orden se estructura en dos capítulos diferenciados, el Capítulo I aprueba las bases
reguladoras de la concesión de ayudas a que nos venimos refiriendo y recoge el texto íntegro de las mismas, y el Capítulo II regula disposiciones específicas para cada una de las líneas de las reiteradas ayudas. En último lugar, la Orden contiene una disposición derogatoria de las bases reguladoras anteriormente aprobadas, a las que sustituyen las presentes y
una disposición final relativa a la entrada en vigor y posibilidad de prórroga.
La presente Orden se ajusta a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid.
La presente Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de
las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid, siendo éstos
los de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
En particular, respeta el principio de necesidad y eficacia, al contribuir al objetivo del
interés general que persiguen las políticas prevención de riesgos laborales plasmadas en el
VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid.
Se considera que la propuesta de orden integra el principio de proporcionalidad, al
contener la regulación imprescindible y adecuada para atender el cumplimiento de los objetivos del VI Plan Director, asegurando que no existen disposiciones menos restrictivas de
derechos o menos obligaciones a los destinatarios de dicho Plan Director.
La propuesta da cumplimiento al principio de seguridad jurídica, al guardar coherencia con el cumplimiento de los objetivos establecidos en el VI Plan Director para el período 2021/2024, en el que se define la estrategia en materia de prevención de riesgos laborales para el período 2021-2024, y se establecen las líneas generales de trabajo dirigidas a
mejorar las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores y reducir los índices de siniestralidad laboral en nuestra comunidad autónoma.
La propuesta de orden respeta el principio de transparencia, pues define claramente los
objetivos y su justificación en la parte expositiva, posibilitándose el acceso sencillo universal y actualizado de la misma, mediante su publicación en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid.
Por último, en la elaboración de la norma se ha tenido en cuenta la necesidad de eliminar cargas innecesarias o accesorias en función de la experiencia adquirida en la gestión de
este programa de subvenciones desde su puesta en marcha, resultando acorde con el principio de eficiencia.
En virtud de todo lo anterior y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad de Madrid en materia de seguridad y salud laboral, conforme con el artículo 41 d)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid,
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BOCM-20220812-14
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022
artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
así como el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su
posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, artículos 10 y siguientes. En este sentido, dicho Plan Estratégico recoge los contenidos establecidos en el artículo 12 del citado Real Decreto.
En virtud de lo anterior, resulta necesaria y oportuna la implementación de actuaciones dirigidas a promover la mejora de los equipos de trabajo, prevenir las caídas en altura,
potenciar la formación y la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema
de gestión empresarial, prevenir las enfermedades profesionales y las patologías no traumáticas y la adquisición de maquinaria que, aun cumpliendo la legislación vigente sea sustituida por otras de mayores niveles de seguridad, reduciendo así los accidentes en jornada
laboral con baja con mayor incidencia en la siniestralidad global de la región.
En este contexto, la presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2022.
La Orden se estructura en dos capítulos diferenciados, el Capítulo I aprueba las bases
reguladoras de la concesión de ayudas a que nos venimos refiriendo y recoge el texto íntegro de las mismas, y el Capítulo II regula disposiciones específicas para cada una de las líneas de las reiteradas ayudas. En último lugar, la Orden contiene una disposición derogatoria de las bases reguladoras anteriormente aprobadas, a las que sustituyen las presentes y
una disposición final relativa a la entrada en vigor y posibilidad de prórroga.
La presente Orden se ajusta a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid.
La presente Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de
las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid, siendo éstos
los de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
En particular, respeta el principio de necesidad y eficacia, al contribuir al objetivo del
interés general que persiguen las políticas prevención de riesgos laborales plasmadas en el
VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid.
Se considera que la propuesta de orden integra el principio de proporcionalidad, al
contener la regulación imprescindible y adecuada para atender el cumplimiento de los objetivos del VI Plan Director, asegurando que no existen disposiciones menos restrictivas de
derechos o menos obligaciones a los destinatarios de dicho Plan Director.
La propuesta da cumplimiento al principio de seguridad jurídica, al guardar coherencia con el cumplimiento de los objetivos establecidos en el VI Plan Director para el período 2021/2024, en el que se define la estrategia en materia de prevención de riesgos laborales para el período 2021-2024, y se establecen las líneas generales de trabajo dirigidas a
mejorar las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores y reducir los índices de siniestralidad laboral en nuestra comunidad autónoma.
La propuesta de orden respeta el principio de transparencia, pues define claramente los
objetivos y su justificación en la parte expositiva, posibilitándose el acceso sencillo universal y actualizado de la misma, mediante su publicación en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid.
Por último, en la elaboración de la norma se ha tenido en cuenta la necesidad de eliminar cargas innecesarias o accesorias en función de la experiencia adquirida en la gestión de
este programa de subvenciones desde su puesta en marcha, resultando acorde con el principio de eficiencia.
En virtud de todo lo anterior y en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad de Madrid en materia de seguridad y salud laboral, conforme con el artículo 41 d)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid,
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BOCM-20220812-14
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