Miraflores de la Sierra (BOCM-20220809-58)
Organización y funcionamiento. Ordenanza obras vía pública
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BOCM

MARTES 9 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 188

TÍTULO SEGUNDO
Condiciones técnicas de las licencias
Capítulo VI
Condiciones que deben cumplir las empresa constructoras
Art. 41.—Durante la realización de las obras, el servicio municipal competente comprobará su forma de ejecución, tanto en lo referido a sus aspectos técnicos como de ocupación y señalización, así como de cumplimiento de plazos, a fin de que se adapten a las condiciones de la licencia, a lo dispuesto en esta ordenanza y en la restante normativa que
pudiera resultar aplicable, debiendo atender tanto el titular de la licencia como las empresas ejecutoras de las obras, las instrucciones que reciban de aquél.
El plazo de ejecución de las obras, cuyo cómputo se iniciará a partir del día del inicio
de las mismas, siendo responsable el titular de la misma de que la empresa directamente
ejecutora de la obra disponga de los medios, tanto humanos como materiales, necesarios
para su cumplimiento.
En el caso de que el titular de la licencia considere que no es posible ejecutar la obra
en el plazo fijado en la misma, deberá comunicarlo por escrito de forma inmediata y antes
de la retirada de la autorización de inicio de las obras. Dicho escrito deberá dirigirse al
servicio municipal competente que otorgó la licencia.
Art. 42.—El titular de la licencia comunicará por escrito la finalización de la obra al
servicio municipal competente. El servicio municipal competente podrá requerir, la reparación de las deficiencias observadas. En el plazo de 48 horas desde la recepción de esta última notificación, el titular deberá iniciar las operaciones de subsanación, que habrán de
concluir en el plazo máximo de un mes, procediendo el Ayuntamiento a incautar la fianza
depositada, por el incumplimiento de cualquiera de los dos plazos señalados.
Los trabajos destinados a reparar los desperfectos aparecidos en las obras durante el
período de garantía, deberán iniciarse en un plazo no superior a 48 horas a contar desde la
recepción de la notificación cursada al titular de la licencia por el servicio municipal competente, procediendo este, en caso contrario, a su reparación mediante ejecución sustitutoria, siendo con cargo al titular de la licencia la totalidad de los costes originados, que se cubrirán con la fianza depositada; si esta fuera insuficiente, dicho titular deberá abonar la
diferencia hasta cubrir el importe total de la reparación, todo ello con independencia de las
sanciones a que hubiere lugar.
Art. 43.—Las responsabilidades derivadas de la comisión de infracciones, deficiencias, daños y perjuicios, por incumplimiento de lo dispuesto en esta ordenanza serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada, a su estado
originario. En caso de incumplimiento, dicha reposición será realizada mediante ejecución
sustitutoria por el Ayuntamiento.
Art. 44.—En aquellas situaciones que produzcan riesgo para las personas o las cosas o
alteración grave del normal funcionamiento de las vías y espacios públicos municipales, el servicio municipal competente podrá actuar de forma inmediata para restablecer el orden alterado,
pudiendo llegar, incluso a la paralización de la obra en curso, todo ello de acuerdo con lo
establecido en el artículo 193 de la Ley de la Comunidad de Madrid, 9/2001, de 17 de julio, del Suelo.
Capítulo VI
Ocupaciones con elementos afectos a la obra
Art. 45.—Toda ocupación de la vía pública con casetas, materiales, contenedores, maquinaria u otros elementos afectos a una obra, deberá contar necesariamente con la autorización administrativa.
Esta autorización deberá solicitarse conjuntamente con la licencia de obra, cuando se
prevea con antelación, mediante especificación en la memoria, conforme se dispone en esta
ordenanza.
En caso de que no pudiera solicitarse conforme se prevé en el párrafo anterior, deberá
presentarse solicitud separada en la que deberán especificarse todos los datos necesarios
para su localización y demás requisitos exigidos en esta ordenanza. En este caso la solicitud se presentará antes del inicio de las obras y no podrá entenderse concedida hasta que no
se notifique resolución expresa al efecto.

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