Paracuellos de Jarama (BOCM-20220707-78)
Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad sostenible
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE JULIO DE 2022
Pág. 337
da por la JGL u órgano en quien delegue, con la finalidad de forma combinada con el uso
efectivo de medios de transporte público colectivo de titularidad pública u otros modos sostenibles en función de su impacto medioambiental, económico y sobre la congestión del tráfico u otros factores.
2. El Ayuntamiento aprobará y publicará oficialmente y en su sitio web las ubicaciones de este tipo de estacionamientos.
3. Las condiciones de organización y funcionamiento de cada aparcamiento disuasorio podrán contener medidas específicas para facilitar el estacionamiento nocturno por residentes empadronados en su área de afección y para impedir su uso por quienes trabajen
en el entorno próximo.
Art. 40. Establecimiento y regulación de plazas de estacionamiento de alta rotación
con regulación mediante parquímetro.—El Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama viene
a establecer la gestión del espacio de estacionamiento determinado en el apartado 1 del artículo 39, configurándolo como un instrumento para la asignación de un recurso escaso,
promoviendo la adecuada rotación y con la exclusiva finalidad de racionalizar y compatibilizar el uso del espacio público y el estacionamiento de vehículos.
a) El ámbito de aplicación, será el determinado por la JGL u órgano en quien delegue.
b) Horarios: de lunes a viernes, de 09:00 20:00. Sábados, de 09:00 a 15:00. Domingos y festivos, sin servicio. El horario en el mes de agosto, de lunes a sábados no
festivos, y los días 24 y 31 de diciembre será de 09:00 a 15:00.
c) En el ámbito de aplicación, las plazas de estacionamiento estarán sometidas a una
regulación especial para favorecer la rotación en su uso, reducir el tráfico de agitación y favorecer la movilidad del entorno de forma compatible con la intensa demanda de estacionamiento por su proximidad a sedes de Administraciones Públicas, centros oficiales, equipamientos sanitarios, educativos, culturales, sociales y
deportivos y zonas comerciales.
d) Se señalizará horizontalmente mediante rectángulos de veinte por treinta centímetros de colores azul y blanco alterno.
e) El estacionamiento en estas plazas no exigirá el abono de la tasa.
f) Salvo ordenación específica mediante señalización vertical, el tiempo máximo autorizado de estacionamiento será de 120 minutos, que una vez cumplido impedirá
estacionar en plazas de alta rotación de la misma zona hasta el día siguiente desde el momento en que finalizará la autorización.
g) Si se rebasara el límite de tiempo autorizado de estacionamiento en más de 30 minutos, dará lugar a sanción conforme a lo dispuesto en el artículo 37.8 de la presente ordenanza y retirada del vehículo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 140 de
la presenta ordenanza.
Capítulo III
Reserva
SECCIÓN 1.a
Art. 41. Definiciones.—A los efectos de esta ordenanza, se entenderá por reserva de
estacionamiento: aquella parte de la vía o espacio público habilitada para la parada o estacionamiento de los vehículos autorizados, delimitada de forma permanente, mediante el
empleo de la señalización fija establecida al efecto.
Las reservas de estacionamiento se ubicarán en zonas de estacionamiento permitido,
en línea, en batería o en semibatería, y podrán incluir limitaciones horarias.
No se consideran reservas de estacionamiento:
a) Las zonas de seguridad por constituir prohibiciones específicas de estacionamiento.
b) Las prohibiciones de parada o estacionamiento que se establezcan por razón de celebración de festividades, actos culturales, deportivos o recreativos.
Art. 42. Clasificación de las reservas de estacionamiento.—Las reservas de estacionamiento para la parada o estacionamiento de vehículos a que se refiere esta ordenanza se
clasifican en dotacionales y no dotacionales:
a) Se consideran de carácter dotacional las reservas que se establezcan por razones
de interés público y en beneficio general para su utilización por quienes reúnan los
BOCM-20220707-78
Normas generales
B.O.C.M. Núm. 160
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Pág. 337
da por la JGL u órgano en quien delegue, con la finalidad de forma combinada con el uso
efectivo de medios de transporte público colectivo de titularidad pública u otros modos sostenibles en función de su impacto medioambiental, económico y sobre la congestión del tráfico u otros factores.
2. El Ayuntamiento aprobará y publicará oficialmente y en su sitio web las ubicaciones de este tipo de estacionamientos.
3. Las condiciones de organización y funcionamiento de cada aparcamiento disuasorio podrán contener medidas específicas para facilitar el estacionamiento nocturno por residentes empadronados en su área de afección y para impedir su uso por quienes trabajen
en el entorno próximo.
Art. 40. Establecimiento y regulación de plazas de estacionamiento de alta rotación
con regulación mediante parquímetro.—El Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama viene
a establecer la gestión del espacio de estacionamiento determinado en el apartado 1 del artículo 39, configurándolo como un instrumento para la asignación de un recurso escaso,
promoviendo la adecuada rotación y con la exclusiva finalidad de racionalizar y compatibilizar el uso del espacio público y el estacionamiento de vehículos.
a) El ámbito de aplicación, será el determinado por la JGL u órgano en quien delegue.
b) Horarios: de lunes a viernes, de 09:00 20:00. Sábados, de 09:00 a 15:00. Domingos y festivos, sin servicio. El horario en el mes de agosto, de lunes a sábados no
festivos, y los días 24 y 31 de diciembre será de 09:00 a 15:00.
c) En el ámbito de aplicación, las plazas de estacionamiento estarán sometidas a una
regulación especial para favorecer la rotación en su uso, reducir el tráfico de agitación y favorecer la movilidad del entorno de forma compatible con la intensa demanda de estacionamiento por su proximidad a sedes de Administraciones Públicas, centros oficiales, equipamientos sanitarios, educativos, culturales, sociales y
deportivos y zonas comerciales.
d) Se señalizará horizontalmente mediante rectángulos de veinte por treinta centímetros de colores azul y blanco alterno.
e) El estacionamiento en estas plazas no exigirá el abono de la tasa.
f) Salvo ordenación específica mediante señalización vertical, el tiempo máximo autorizado de estacionamiento será de 120 minutos, que una vez cumplido impedirá
estacionar en plazas de alta rotación de la misma zona hasta el día siguiente desde el momento en que finalizará la autorización.
g) Si se rebasara el límite de tiempo autorizado de estacionamiento en más de 30 minutos, dará lugar a sanción conforme a lo dispuesto en el artículo 37.8 de la presente ordenanza y retirada del vehículo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 140 de
la presenta ordenanza.
Capítulo III
Reserva
SECCIÓN 1.a
Art. 41. Definiciones.—A los efectos de esta ordenanza, se entenderá por reserva de
estacionamiento: aquella parte de la vía o espacio público habilitada para la parada o estacionamiento de los vehículos autorizados, delimitada de forma permanente, mediante el
empleo de la señalización fija establecida al efecto.
Las reservas de estacionamiento se ubicarán en zonas de estacionamiento permitido,
en línea, en batería o en semibatería, y podrán incluir limitaciones horarias.
No se consideran reservas de estacionamiento:
a) Las zonas de seguridad por constituir prohibiciones específicas de estacionamiento.
b) Las prohibiciones de parada o estacionamiento que se establezcan por razón de celebración de festividades, actos culturales, deportivos o recreativos.
Art. 42. Clasificación de las reservas de estacionamiento.—Las reservas de estacionamiento para la parada o estacionamiento de vehículos a que se refiere esta ordenanza se
clasifican en dotacionales y no dotacionales:
a) Se consideran de carácter dotacional las reservas que se establezcan por razones
de interés público y en beneficio general para su utilización por quienes reúnan los
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Normas generales