C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220630-18)
Concesión subvenciones – Orden 1471/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos piloto de innovación social, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 154
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
Pág. 115
b) Vocales:
1.o Un empleado público de la Subdirección General de Integración, Voluntariado y Cooperación al Desarrollo, con rango, al menos, de Jefe de Área.
2.o Un empleado público de la Subdirección General de Proyectos Sociales, con
rango, al menos, de Jefe de Área.
3.o Un empleado público de la Subdirección General de Servicios para Personas
Mayores, con rango, al menos, de Jefe de Área.
4.o Un empleado público de la Subdirección General de Infancia y Adolescencia,
con rango, al menos, de Jefe de Área.
c) Secretaría: un empleado público de la Subdirección General de Calidad e Innovación, con rango, al menos, de Jefe de Área, con voz, pero sin voto.
4. Cuando la persona que ostente la presidencia de la Comisión de Evaluación estime necesario su asesoramiento, podrá asistir a las reuniones, con voz, pero sin voto, personal de cualquiera de los centros directivos adscritos a la Viceconsejería de Familia, Juventud y Política Social.
De la misma manera, podrán asistir a las reuniones, con voz, pero sin voto, personas
expertas de reconocido prestigio en materia de innovación social.
Para asegurar su independencia, ninguna de las personas asistentes a las reuniones de
la Comisión de Evaluación podrá tener vínculo alguno ni pertenecer a los órganos de representación, directivos o equipos técnicos de cualquier entidad que hubiera concurrido a las
subvenciones.
5. Los miembros de la Comisión de Evaluación, así como el resto de personas que
asistan a sus reuniones deberán guardar el deber de sigilo de la información que conozcan
como consecuencia de la participación en sus reuniones, así como garantizar el derecho de
las entidades solicitantes a la confidencialidad de los datos aportados.
Artículo 11
1. Los proyectos serán evaluados de acuerdo con los siguientes criterios de valoración, con un máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
a) Capacidad institucional de las entidades solicitantes, con un máximo de 10 puntos
y de acuerdo con la distribución entre las siguientes descripciones:
1.o Calidad y responsabilidad social en la gestión de la entidad, máximo 3 puntos.
i) Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en
incorporar en su gestión valores, principios y criterios de calidad y que
han superado procesos de certificación basados en las normas ISO, en
las normas UNE o en el modelo EFQM: 2 puntos. Deberá presentarse la
correspondiente certificación, expedida por una empresa inscrita en la
Entidad Nacional de Acreditación, ENAC, respecto a las normas mencionadas, o por el Club Excelencia en Gestión, única entidad licenciataria del modelo EFQM en España, respecto a este.
ii) Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en
incorporar en su gestión valores, principios y criterios de calidad referidos a planes de mejora elaborados por las propias entidades o a modelos
de evaluación de la calidad no contemplados en el punto anterior: 1 punto. Deberá presentarse la documentación acreditativa de los planes de
mejora o de la certificación de los modelos de calidad mencionados en
este punto.
iii) Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en
incorporar en su gestión valores, principios y criterios de responsabilidad social empresarial o de empresa familiarmente responsable: 1 punto. Deberá presentarse la correspondiente certificación en la norma
UNE 26000:2021, expedida por una empresa inscrita en la ENAC, o la
documentación acreditativa de la obtención del sello EFR, expedido
por la Fundación MásFamilia, respectivamente.
o
2. Fin social y objetivos de las entidades solicitantes alineados con los ejes de intervención, máximo 2 puntos:
i) Alineación con dos ejes: 1 punto.
ii) Alineación con tres ejes o más: 2 puntos.
BOCM-20220630-18
Valoración de los proyectos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 154
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
Pág. 115
b) Vocales:
1.o Un empleado público de la Subdirección General de Integración, Voluntariado y Cooperación al Desarrollo, con rango, al menos, de Jefe de Área.
2.o Un empleado público de la Subdirección General de Proyectos Sociales, con
rango, al menos, de Jefe de Área.
3.o Un empleado público de la Subdirección General de Servicios para Personas
Mayores, con rango, al menos, de Jefe de Área.
4.o Un empleado público de la Subdirección General de Infancia y Adolescencia,
con rango, al menos, de Jefe de Área.
c) Secretaría: un empleado público de la Subdirección General de Calidad e Innovación, con rango, al menos, de Jefe de Área, con voz, pero sin voto.
4. Cuando la persona que ostente la presidencia de la Comisión de Evaluación estime necesario su asesoramiento, podrá asistir a las reuniones, con voz, pero sin voto, personal de cualquiera de los centros directivos adscritos a la Viceconsejería de Familia, Juventud y Política Social.
De la misma manera, podrán asistir a las reuniones, con voz, pero sin voto, personas
expertas de reconocido prestigio en materia de innovación social.
Para asegurar su independencia, ninguna de las personas asistentes a las reuniones de
la Comisión de Evaluación podrá tener vínculo alguno ni pertenecer a los órganos de representación, directivos o equipos técnicos de cualquier entidad que hubiera concurrido a las
subvenciones.
5. Los miembros de la Comisión de Evaluación, así como el resto de personas que
asistan a sus reuniones deberán guardar el deber de sigilo de la información que conozcan
como consecuencia de la participación en sus reuniones, así como garantizar el derecho de
las entidades solicitantes a la confidencialidad de los datos aportados.
Artículo 11
1. Los proyectos serán evaluados de acuerdo con los siguientes criterios de valoración, con un máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
a) Capacidad institucional de las entidades solicitantes, con un máximo de 10 puntos
y de acuerdo con la distribución entre las siguientes descripciones:
1.o Calidad y responsabilidad social en la gestión de la entidad, máximo 3 puntos.
i) Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en
incorporar en su gestión valores, principios y criterios de calidad y que
han superado procesos de certificación basados en las normas ISO, en
las normas UNE o en el modelo EFQM: 2 puntos. Deberá presentarse la
correspondiente certificación, expedida por una empresa inscrita en la
Entidad Nacional de Acreditación, ENAC, respecto a las normas mencionadas, o por el Club Excelencia en Gestión, única entidad licenciataria del modelo EFQM en España, respecto a este.
ii) Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en
incorporar en su gestión valores, principios y criterios de calidad referidos a planes de mejora elaborados por las propias entidades o a modelos
de evaluación de la calidad no contemplados en el punto anterior: 1 punto. Deberá presentarse la documentación acreditativa de los planes de
mejora o de la certificación de los modelos de calidad mencionados en
este punto.
iii) Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en
incorporar en su gestión valores, principios y criterios de responsabilidad social empresarial o de empresa familiarmente responsable: 1 punto. Deberá presentarse la correspondiente certificación en la norma
UNE 26000:2021, expedida por una empresa inscrita en la ENAC, o la
documentación acreditativa de la obtención del sello EFR, expedido
por la Fundación MásFamilia, respectivamente.
o
2. Fin social y objetivos de las entidades solicitantes alineados con los ejes de intervención, máximo 2 puntos:
i) Alineación con dos ejes: 1 punto.
ii) Alineación con tres ejes o más: 2 puntos.
BOCM-20220630-18
Valoración de los proyectos