C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220630-18)
Concesión subvenciones – Orden 1471/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos piloto de innovación social, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 154
3.o Experiencia previa en dos o más proyectos de innovación en relación a alguno
de los cinco ejes de intervención durante los dos últimos años, máximo 2 puntos. Se acreditará mediante la aportación de la memoria resumen o informe de
resultados de los proyectos a los que se haga referencia.
i) Experiencia en dos proyectos: 1 punto.
ii) Experiencia en tres o más proyectos: 2 puntos.
4.o Planes de igualdad, 1 punto. Se asignará 1 punto a la entidad de menos de 50
trabajadores que cuenten con planes de igualdad, en los términos previstos en
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres, que contemplen el fomento de la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral y corresponsabilidad. Se acreditará mediante la aportación
del plan de igualdad referido.
5.o Auditoría externa: 1 punto. Se asignará 1 punto a la entidad que cuente con informe de auditoría externa de las cuentas anuales del último ejercicio cerrado, que deberá aportarse para su debida acreditación.
6.o Presencia activa y constante en las principales redes sociales: 1 punto. Se
asignará 1 punto a la entidad que cuente con perfiles en las principales redes
sociales (Twitter, Instagram, Facebook y YouTube) y ofrezcan, a través de
ellos, información relevante acerca de su actividad, al menos, de manera semanal. Se acreditará mediante las capturas de pantalla que correspondan.
b) Pertinencia del tema del proyecto, con un máximo de 10 puntos y de acuerdo con
la distribución entre las siguientes descripciones:
1.o Identificación, definición de manera concreta y específica y justificación del
problema o la necesidad a abordar: máximo 5 puntos.
2.o Relevancia social del problema o la necesidad a nivel autonómico: máximo 5
puntos.
c) Diseño global de la implementación del proyecto, con un máximo de 35 puntos y
de acuerdo con la distribución entre las siguientes descripciones:
1.o Planteamiento de una solución novedosa para la necesidad detectada, máximo
10 puntos. Se tendrá en cuenta el análisis de las necesidades detectadas que se
abordan con el proyecto, a partir de la descripción de las características de las
personas destinatarias, la situación de necesidad social a la que pretende dar
respuesta y el análisis de la cobertura innovadora respecto a las necesidades
sociales detectadas.
2.o Innovación de las actuaciones previstas en relación a las prácticas ya existentes, máximo 5 puntos.
3.o Viabilidad de las soluciones y de las acciones propuestas en el marco del proyecto. Consistencia entre las actuaciones y la previsión temporal de la ejecución, máximo 5 puntos.
4.o Participación activa de las personas beneficiarias en el proyecto, máximo 5
puntos.
5.o Definición de los objetivos y de la lógica de intervención; coherencia de las
acciones en relación con los objetivos y resultados previstos; asignación de
las tareas clara y pertinente, máximo 5 puntos.
6.o Ámbito territorial del proyecto en relación a la población a la que se prevé
atender: hasta 5 puntos.
i) Proyectos cuyo ámbito territorial sea cualquiera de los definidos como
“municipios de gran población”, de conformidad con la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: 1 punto.
ii) Proyectos cuyo ámbito territorial sea cualquiera de los municipios no
comprendidos en el punto anterior: 3 puntos.
iii) Proyectos cuyo ámbito territorial abarque toda la Comunidad de Madrid: 5
puntos.
Las puntuaciones de este apartado son excluyentes entre sí, de tal forma que, si la
solicitud objeto de evaluación reuniese más de uno de estos tres criterios, se otorgará únicamente la puntuación que corresponda al criterio con la valoración más
alta, de entre los reunidos por la solicitud.
BOCM-20220630-18
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 154
3.o Experiencia previa en dos o más proyectos de innovación en relación a alguno
de los cinco ejes de intervención durante los dos últimos años, máximo 2 puntos. Se acreditará mediante la aportación de la memoria resumen o informe de
resultados de los proyectos a los que se haga referencia.
i) Experiencia en dos proyectos: 1 punto.
ii) Experiencia en tres o más proyectos: 2 puntos.
4.o Planes de igualdad, 1 punto. Se asignará 1 punto a la entidad de menos de 50
trabajadores que cuenten con planes de igualdad, en los términos previstos en
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres, que contemplen el fomento de la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral y corresponsabilidad. Se acreditará mediante la aportación
del plan de igualdad referido.
5.o Auditoría externa: 1 punto. Se asignará 1 punto a la entidad que cuente con informe de auditoría externa de las cuentas anuales del último ejercicio cerrado, que deberá aportarse para su debida acreditación.
6.o Presencia activa y constante en las principales redes sociales: 1 punto. Se
asignará 1 punto a la entidad que cuente con perfiles en las principales redes
sociales (Twitter, Instagram, Facebook y YouTube) y ofrezcan, a través de
ellos, información relevante acerca de su actividad, al menos, de manera semanal. Se acreditará mediante las capturas de pantalla que correspondan.
b) Pertinencia del tema del proyecto, con un máximo de 10 puntos y de acuerdo con
la distribución entre las siguientes descripciones:
1.o Identificación, definición de manera concreta y específica y justificación del
problema o la necesidad a abordar: máximo 5 puntos.
2.o Relevancia social del problema o la necesidad a nivel autonómico: máximo 5
puntos.
c) Diseño global de la implementación del proyecto, con un máximo de 35 puntos y
de acuerdo con la distribución entre las siguientes descripciones:
1.o Planteamiento de una solución novedosa para la necesidad detectada, máximo
10 puntos. Se tendrá en cuenta el análisis de las necesidades detectadas que se
abordan con el proyecto, a partir de la descripción de las características de las
personas destinatarias, la situación de necesidad social a la que pretende dar
respuesta y el análisis de la cobertura innovadora respecto a las necesidades
sociales detectadas.
2.o Innovación de las actuaciones previstas en relación a las prácticas ya existentes, máximo 5 puntos.
3.o Viabilidad de las soluciones y de las acciones propuestas en el marco del proyecto. Consistencia entre las actuaciones y la previsión temporal de la ejecución, máximo 5 puntos.
4.o Participación activa de las personas beneficiarias en el proyecto, máximo 5
puntos.
5.o Definición de los objetivos y de la lógica de intervención; coherencia de las
acciones en relación con los objetivos y resultados previstos; asignación de
las tareas clara y pertinente, máximo 5 puntos.
6.o Ámbito territorial del proyecto en relación a la población a la que se prevé
atender: hasta 5 puntos.
i) Proyectos cuyo ámbito territorial sea cualquiera de los definidos como
“municipios de gran población”, de conformidad con la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: 1 punto.
ii) Proyectos cuyo ámbito territorial sea cualquiera de los municipios no
comprendidos en el punto anterior: 3 puntos.
iii) Proyectos cuyo ámbito territorial abarque toda la Comunidad de Madrid: 5
puntos.
Las puntuaciones de este apartado son excluyentes entre sí, de tal forma que, si la
solicitud objeto de evaluación reuniese más de uno de estos tres criterios, se otorgará únicamente la puntuación que corresponda al criterio con la valoración más
alta, de entre los reunidos por la solicitud.
BOCM-20220630-18
BOCM