C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220630-18)
Concesión subvenciones – Orden 1471/2022, de 27 de junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos piloto de innovación social, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU
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BOCM
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 154
Artículo 8
1. A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
a) Memoria explicativa de la entidad, según el Anexo 1, que aporta la información de
referencia para la aplicación del criterio de valoración recogido en el artículo 11.1.a); memoria explicativa del proyecto, según el Anexo 2, que aporta la información de referencia para la aplicación de los criterios de valoración recogidos en
las letras b) a f) del artículo 11.1; y descripción de la propuesta, según el Anexo 3,
que aporta la información que la entidades solicitantes consideran que no se ha podido reflejar con la suficiente extensión en los dos Anexos anteriores.
b) Copia auténtica de los estatutos aprobados de acuerdo con lo establecido por la
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o,
en su caso, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, o por la legislación que le resulte de aplicación en virtud de su propia personalidad jurídica.
Así como documentación acreditativa de la inscripción de los estatutos, y de sus
sucesivas modificaciones, en el registro administrativo correspondiente, cualquiera que sea su ámbito.
c) Cuando proceda, documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el
Registro Mercantil, de Asociaciones, de Fundaciones u otro que corresponda según su naturaleza jurídica y ámbito de actuación, en la que conste la fecha de inscripción.
d) Cuando proceda, documentación acreditativa de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de
presentación de la solicitud, siempre que la entidad solicitante desarrolle actividades
económicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
e) Cuando proceda, poder bastanteado por la Abogacía General de la Comunidad de
Madrid o documento notarial acreditativo de la representación vigente de la persona firmante de la solicitud. En el caso de entidades asociadas, la entidad principal
actuará como representante de todas las demás, según se recoge en el artículo 5.2
de esta Orden.
f) Certificación del representante legal de la entidad en la que conste la identificación de sus directivos, miembros de su patronato u órgano directivo, así como la
fecha de su nombramiento y modo de elección. En esta certificación deberá acreditarse la presentación de dichos datos en el registro administrativo correspondiente.
g) Certificado de la entidad bancaria en el que conste el número de cuenta del que es
titular la entidad beneficiaria directa, a los efectos de realizar el pago de la subvención que, en su caso, le sea concedida.
h) Cuentas anuales de la entidad beneficiaria, referidas al último ejercicio cerrado en
la fecha de presentación de la solicitud, las cuales deberán estar auditadas cuando
legalmente les corresponda esa obligación.
i) Memoria resumen o informe de resultados de cada proyecto realizado en los dos
últimos años vinculado con alguno de los ejes de la convocatoria, que acredite el
requisito de obligado cumplimiento recogido en el artículo 6.3 y que acredite, en
su caso, el criterio de valoración recogido en el artículo 11.1.a.3.o.
j) En su caso, Plan de Igualdad requerido en el artículo 11.1.a.4.o.
k) En su caso, Informe de auditoría externa en el artículo 11.1.a.5.o.
l) En su caso, documentación acreditativa de los criterios de valoración recogidos en
los apartados 1.o y 6.o del artículo 11.1.a).
m) En su caso, documentación acreditativa del criterio de valoración recogido en el
artículo 11.1.d.1.o.
n) Declaración responsable, según el Anexo 4, referida a la entidad beneficiaria, y,
en su caso, a las entidades asociadas, relativa a:
I. La no concurrencia de ninguna de las circunstancias previstas en el artículo
13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
II. La comprobación de que las personas voluntarias que participan en la ejecución de los programas financiados acreditan no tener antecedentes penales y,
cuando su ejercicio conlleve contacto con menores, acreditan no haber sido
BOCM-20220630-18
Documentación a aportar
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 154
Artículo 8
1. A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
a) Memoria explicativa de la entidad, según el Anexo 1, que aporta la información de
referencia para la aplicación del criterio de valoración recogido en el artículo 11.1.a); memoria explicativa del proyecto, según el Anexo 2, que aporta la información de referencia para la aplicación de los criterios de valoración recogidos en
las letras b) a f) del artículo 11.1; y descripción de la propuesta, según el Anexo 3,
que aporta la información que la entidades solicitantes consideran que no se ha podido reflejar con la suficiente extensión en los dos Anexos anteriores.
b) Copia auténtica de los estatutos aprobados de acuerdo con lo establecido por la
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o,
en su caso, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, o por la legislación que le resulte de aplicación en virtud de su propia personalidad jurídica.
Así como documentación acreditativa de la inscripción de los estatutos, y de sus
sucesivas modificaciones, en el registro administrativo correspondiente, cualquiera que sea su ámbito.
c) Cuando proceda, documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el
Registro Mercantil, de Asociaciones, de Fundaciones u otro que corresponda según su naturaleza jurídica y ámbito de actuación, en la que conste la fecha de inscripción.
d) Cuando proceda, documentación acreditativa de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de
presentación de la solicitud, siempre que la entidad solicitante desarrolle actividades
económicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
e) Cuando proceda, poder bastanteado por la Abogacía General de la Comunidad de
Madrid o documento notarial acreditativo de la representación vigente de la persona firmante de la solicitud. En el caso de entidades asociadas, la entidad principal
actuará como representante de todas las demás, según se recoge en el artículo 5.2
de esta Orden.
f) Certificación del representante legal de la entidad en la que conste la identificación de sus directivos, miembros de su patronato u órgano directivo, así como la
fecha de su nombramiento y modo de elección. En esta certificación deberá acreditarse la presentación de dichos datos en el registro administrativo correspondiente.
g) Certificado de la entidad bancaria en el que conste el número de cuenta del que es
titular la entidad beneficiaria directa, a los efectos de realizar el pago de la subvención que, en su caso, le sea concedida.
h) Cuentas anuales de la entidad beneficiaria, referidas al último ejercicio cerrado en
la fecha de presentación de la solicitud, las cuales deberán estar auditadas cuando
legalmente les corresponda esa obligación.
i) Memoria resumen o informe de resultados de cada proyecto realizado en los dos
últimos años vinculado con alguno de los ejes de la convocatoria, que acredite el
requisito de obligado cumplimiento recogido en el artículo 6.3 y que acredite, en
su caso, el criterio de valoración recogido en el artículo 11.1.a.3.o.
j) En su caso, Plan de Igualdad requerido en el artículo 11.1.a.4.o.
k) En su caso, Informe de auditoría externa en el artículo 11.1.a.5.o.
l) En su caso, documentación acreditativa de los criterios de valoración recogidos en
los apartados 1.o y 6.o del artículo 11.1.a).
m) En su caso, documentación acreditativa del criterio de valoración recogido en el
artículo 11.1.d.1.o.
n) Declaración responsable, según el Anexo 4, referida a la entidad beneficiaria, y,
en su caso, a las entidades asociadas, relativa a:
I. La no concurrencia de ninguna de las circunstancias previstas en el artículo
13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
II. La comprobación de que las personas voluntarias que participan en la ejecución de los programas financiados acreditan no tener antecedentes penales y,
cuando su ejercicio conlleve contacto con menores, acreditan no haber sido
BOCM-20220630-18
Documentación a aportar