C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220630-17)
Bases subvenciones –  Orden 1468/2022, de 24 de junio, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022





B.O.C.M. Núm. 154

Mayor o igual a 20 e inferior a 30: 4 puntos.
Mayor o igual a 30 e inferior a 50: 4,5 puntos.
Mayor o igual a 50: 5 puntos.

5. Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 18 puntos, con la siguiente
distribución:




Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización de las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 2 puntos.
La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: 12
puntos.
La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos
y materiales implementados y las actividades propuestas: 4 puntos.

6. Presupuesto del proyecto: hasta 3 puntos.




Coherencia del presupuesto del proyecto con las actividades, los destinatarios y los recursos humanos y materiales del proyecto: hasta 2 puntos.
Se valorará con 1.
punto más si existe claridad, concreción y detalle en la explicación del
presupuesto.

c) Plan de evaluación y de grado de cumplimiento de los objetivos del proyecto: hasta 4 puntos.
Se darán 3 puntos a los proyectos cuyo plan de evaluación desarrolle, como mínimo:
1. Grado de consecución de los objetivos generales y específicos establecidos.
2. Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto en la
programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos.
3. Valoración de los destinatarios últimos y posibles mejoras.
4. Indicación de quién efectuará la evaluación.
5. Indicación del momento en el que se realizará la evaluación.
6. Indicación del procedimiento de evaluación y de recogida de datos.
La puntuación se incrementará en 1 punto, si incluye, además, estudios comparativos con los resultados obtenidos en años anteriores.
d) Innovación: hasta 4 puntos:
— Proyectos que propongan un cambio en los modelos, procesos y forma de
prestar los servicios: 1 punto.
— Proyectos que incorporen actuaciones, enfoques o metodologías innovadoras
contrastadas en otros ámbitos geográficos: 1 punto.
— Proyectos que incorporen actuaciones, enfoques o metodologías de carácter
experimental en su ámbito disciplinar: 1 punto.
— Proyectos que favorezcan nuevas formas de colaboración e interconecten
diferentes ámbitos de la protección social (sanidad, empleo, vivienda, educación y servicios sociales): 1 punto.
e) Cofinanciación: hasta 11 puntos, con la siguiente distribución:











Mayor del 0 por 100 e inferior al 10 por 100: 1 punto.
Mayor o igual al 10 por 100 e inferior al 20 por 100: 2 puntos.
Mayor o igual al 20 por 100 e inferior al 30 por 100: 3 puntos.
Mayor o igual al 30 por 100 e inferior al 40 por 100: 4 puntos.
Mayor o igual al 40 por 100 e inferior al 50 por 100: 5 puntos.
Mayor o igual al 50 por 100 e inferior al 60 por 100: 6 puntos.
Mayor o igual al 60 por 100 e inferior al 70 por 100: 7 puntos.
Mayor o igual al 70 por 100 e inferior al 80 por 100: 8 puntos.
Mayor o igual al 80 por 100 e inferior al 90 por 100: 9 puntos.
Mayor o igual al 90 por 100: 10 puntos.

2) Los proyectos que cuenten con cofinanciación procedente de fondos
europeos, se incrementará la puntuación en 1 punto.

BOCM-20220630-17

1) Porcentaje de cofinanciación sobre el total del proyecto: hasta 10 puntos.