C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220628-7)
Bases ayudas –  Orden 930/2022, de 13 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles privados con protección de Bien de Interés Cultural y Bien de Interés Patrimonial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 152

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE JUNIO DE 2022

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d) Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones para la misma finalidad, procedente de cualesquiera otras Administraciones o entidades públicas
o privadas, nacionales o internacionales, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención. Ambos casos podrán dar lugar a la modificación o revocación de la subvención otorgada.
e) Insertar en todo impreso o publicidad que se refiera a las actuaciones subvencionadas el logotipo de la Comunidad de Madrid, haciendo constar expresamente la
colaboración de la misma, siempre que la notificación de la ayuda concedida haya
tenido lugar con anterioridad a la finalización del proyecto subvencionado.
f) Los beneficiarios se comprometen a recabar el título urbanístico aplicable a la naturaleza de la obra y la autorización en materia de patrimonio histórico.
Artículo 16
Control, seguimiento e incumplimiento
1. La Consejería con competencias en materia de patrimonio cultural, el Tribunal de
Cuentas, la Cámara de Cuentas y la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrán realizar las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de las ayudas
concedidas. Podrán igualmente realizar las visitas que sean precisas a las instalaciones del
solicitante, que estará obligado a colaborar para facilitar estas actuaciones, en los términos
previstos en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
2. Los beneficiarios de las ayudas quedan sometidos al control financiero de la Intervención General de la Comunidad de Madrid y a la fiscalización del Tribunal de Cuentas, de la Intervención General de la Comunidad de Madrid, de la Cámara de Cuentas y de
otros Órganos competentes, de acuerdo con el régimen de control de subvenciones regulado en la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Artículo 17
Reintegro
1. Sin perjuicio de la posible calificación del incumplimiento como infracción administrativa sancionable según la ley, procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la
exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a esta, cuando concurran las causas establecidas en el
artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Asimismo, procederá el reintegro cuando se incurra en las siguientes causas contempladas en el apartado 1 del artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid:
a) El incumplimiento de la obligación de justificación.
b) La obtención de la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello.
c) El incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
d) El incumplimiento de las condiciones impuestas a los beneficiarios con motivo de
la concesión de la subvención.
e) En el supuesto de que el importe de la subvención sea de tal cuantía que, aislada o
conjuntamente con otras financiaciones, supere el coste de la actividad subvencionada, por el exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrolla.
Artículo 18
1. El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en
los artículos 14 a 17 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
de Madrid.
Artículo 19
Régimen jurídico
1. Será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el

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Infracciones y sanciones