Leganés (BOCM-20220624-53)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 149

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022

Pág. 245

cumplen los requisitos exigidos, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación
complementaria de los aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios de la fase de oposición, sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios en prácticas.
Décima. Presentación de documentos
10.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que se
hiciese pública la lista definitiva de personas que han superado las fases de oposición y de
concurso, los aspirantes propuestos deberán presentar en el departamento de Recursos Humanos los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos
en la convocatoria:
a) Original y fotocopia del DNI, en caso de no constar en su expediente personal.
b) Copia autentificada o fotocopia (que deberá presentarse junto con el original para
su compulsa) de la titulación exigida en la convocatoria, en caso de no constar en
su expediente personal.
c) Copia autentificada o fotocopia (que deberá presentarse junto con el original para su
compulsa) de los méritos alegados, en caso de no constar en su expediente personal.
d) Declaración responsable o promesa de no haber sido separado del servicio de
cualquier Administración Pública ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
10.2. Falta de presentación de documentos. Quienes, dentro del plazo indicado en el
apartado anterior, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, y
quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran
podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.
En este supuesto, podrá ser de aplicación lo dispuesto en la base 9.3, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas.
Undécima. Nombramiento como Comisario en Prácticas
Terminado el plazo de presentación de documentos, los aspirantes serán nombrados
Comisario en Prácticas. Las personas nombradas percibirán, durante el período de prácticas, las retribuciones que para los funcionarios en prácticas establece la legislación vigente y el acuerdo colectivo en vigor.
A los aspirantes nombrados en prácticas se les comunicará la fecha en que deberán presentarse en el centro docente que corresponda para dar comienzo el Curso Selectivo de Formación, momento desde el que empezarán a percibir la retribución económica establecida.
En caso de no incorporarse al curso en la fecha indicada, se les considerará decaído de sus
derechos.

Será requisito indispensable, como tercera fase del proceso selectivo, la superación en
una única convocatoria, de un curso selectivo en el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, con una carga lectiva de 300 horas o su equivalente en
créditos ECTS.
La calificación del curso selectivo será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un
mínimo de 5 puntos en cada una de las asignaturas a superar. La nota final será la media
aritmética correspondiente al conjunto de las mismas, resultando vinculante para el tribunal calificador la calificación otorgada por el centro docente.
Quien no supere en su totalidad el curso perderá los derechos adquiridos por la superación del concurso-oposición, y quedará excluido definitivamente del proceso selectivo
salvo en lo dispuesto en el párrafo siguiente.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo de formación, siempre que
se deba a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente justificadas y apreciadas por el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad
de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del
curso que efectúe dicho centro. Para la calificación definitiva del proceso de selección se
mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso,
computándose la obtenida en el curso selectivo de formación.

BOCM-20220624-53

Duodécima. Curso selectivo de formación