Leganés (BOCM-20220624-52)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 149

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022

tor no está incurso en el cuadro médico de exclusiones que figura en el anexo II. La
calificación será de “apto” o “no apto”.
Estarán exentos aquellos aspirantes que en los doce meses previos a la fecha de su
realización haya sido objeto en este Ayuntamiento de evaluación psicofísica en los
términos establecidos en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, y en el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, siempre que
con su resultado se confirme que el aspirante cumple sin limitaciones con las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente sus funciones.
Sin perjuicio de la finalidad de esta prueba de reconocimiento médico, a los aspirantes se les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo análisis de sangre y orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el consumo
de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos.
La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización
de estos análisis. Si el interesado se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal, previa audiencia del interesado, acordará su exclusión del proceso.
— Segunda prueba. Consistirá en la realización de un supuesto práctico o proyecto
profesional relacionado con las funciones a desarrollar. Este ejercicio será propuesto por el tribunal calificador y realizado por escrito, siendo posteriormente
defendido oralmente por los aspirantes. Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
Para la elaboración del proyecto las personas aspirantes podrán contar con toda la
documentación necesaria para su realización, disponiendo para ello de un tiempo
máximo de 3 horas.
Se valorará especialmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento, la formulación de conclusiones y la adecuada interpretación de los conocimientos y experiencia profesional. La exposición tendrá una duración máxima
de 30 minutos. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá solicitar cuantas aclaraciones considere necesarias sobre la defensa del proyecto realizado y, en todo
caso, dialogará con el aspirante sobre las conclusiones del proyecto durante un
tiempo máximo de 15 minutos.
La calificación final de los aspirantes que hayan superado cada una de las pruebas
de oposición, será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de
naturaleza puntuable.
8.2. Fase de concurso:
Solo podrán ser valorados los méritos de los aspirantes que hayan superado las pruebas de oposición, obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria, y sean acreditados documentalmente.
El concurso de méritos no tendrá carácter eliminatorio, pudiendo alcanzar una puntuación máxima de 10 puntos. Consistirá en la calificación de los méritos alegados en el currículum profesional y debidamente acreditados por los aspirantes a través de los justificantes
adjuntos al currículo, de acuerdo con el baremo de méritos que consta en el anexo I. El
currículo se presentará en el formato adjunto en el anexo IV.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en el plazo de presentación de solicitudes.
La suma total de todos los valores numéricos se entenderá por aproximación a la centésima.
Novena. Calificación de las fases de oposición y de concurso.—9.1. Calificación
final de las pruebas de oposición. La calificación final de los aspirantes que hayan superado cada una de las pruebas de oposición, será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable, quedando eliminados los aspirantes que no hayan superado todas las pruebas establecidas.
Para la valoración del reconocimiento médico, se requerirán los servicios de personal
especializado, que emitirá, con arreglo a las condiciones de la convocatoria, su informe, a
la vista del cual el Tribunal resolverá.
Contra las calificaciones de cada una de las pruebas el personal aspirante podrá presentar alegaciones en un plazo de tres días hábiles.
9.2. Acceso y calificación de la fase de concurso. Tras la superación de las pruebas
de oposición, se accederá a la fase de concurso.
Consistirá en la valoración por parte del Tribunal de los méritos alegados y señalados
en la documentación presentada, debidamente justificados, todo ello conforme al baremo
establecido en el anexo I.

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