Móstoles (BOCM-20220624-60)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 149
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
2.2. Los requisitos establecidos en esta norma deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo y hasta el momento de su contratación.
Norma tercera. Presentación de solicitudes
3.1. Forma y lugar de presentación: La solicitud para tomar parte en el proceso selectivo se extenderá en el impreso normalizado que podrá obtenerse en la web municipal
del Ayuntamiento de Móstoles:
https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/informacion-administrativa/oferta-empleo-publico
al igual que las bases de la convocatoria. Se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, en sus Registros Auxiliares o en cualquier otro registro de los establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Se acompañará de copia de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria.
3.2. Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
a) Fotocopia simple del documento nacional de identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
b) Fotocopia simple de la titulación académica oficial requerida en la convocatoria,
sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para
la expedición del mismo, emitido por el organismo público competente, así como
el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición.
c) Fotocopia de los méritos formativos y laborales alegados.
d) Vida laboral.
e) Documento de autovaloración de la fase de concurso. Dicho documento deberá
ser cumplimentado por los aspirantes de conformidad con el baremo y criterios
que se detallan en la base sexta, fase de concurso, de las presentes normas.
3.3. Plazo de presentación: el plazo de presentación de instancias será de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes normas en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Norma cuarta. Sistema de selección
4.1. El sistema de selección será por concurso-oposición.
Norma quinta. Ejercicios de la fase de oposición.
5.1. El proceso selectivo constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.
5.2. Primer ejercicio: las personas aspirantes de ambas especialidades deberán presentar un programa de tres obras de diferentes estilos. El ejercicio se valorará de 1 a 10,
siendo necesario un 5 para pasar al siguiente ejercicio.
5.3. Segundo ejercicio: las personas aspirantes de ambas especialidades deberán impartir una clase de cualquiera de los cursos de elemental y profesional que se le anunciará
con anterioridad. Dicho ejercicio se valorará de 1 a 10, siendo necesario un 5 para poder pasar a la fase de concurso.
5.4. La calificación de la fase de oposición será la media aritmética de los dos ejercicios de la especialidad a la que opte.
Norma sexta. Fase de concurso
6.1. La puntuación que se otorgue cada una de las personas aspirantes en el documento de autovaloración, determinará la calificación provisional de la fase de concurso.
6.2. Se valorarán los siguientes méritos:
6.2.1. Experiencia profesional. La suma de este apartado tendrá un máximo de 4 puntos:
A.1. Experiencia profesional de docente en conservatorios profesionales públicos en la especialidad, a razón de 0,50 puntos por cada año o fracción
igual o superior a seis meses.
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Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 149
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
2.2. Los requisitos establecidos en esta norma deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo y hasta el momento de su contratación.
Norma tercera. Presentación de solicitudes
3.1. Forma y lugar de presentación: La solicitud para tomar parte en el proceso selectivo se extenderá en el impreso normalizado que podrá obtenerse en la web municipal
del Ayuntamiento de Móstoles:
https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/informacion-administrativa/oferta-empleo-publico
al igual que las bases de la convocatoria. Se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, en sus Registros Auxiliares o en cualquier otro registro de los establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Se acompañará de copia de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria.
3.2. Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
a) Fotocopia simple del documento nacional de identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
b) Fotocopia simple de la titulación académica oficial requerida en la convocatoria,
sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al título un certificado acreditativo de reunir los requisitos para
la expedición del mismo, emitido por el organismo público competente, así como
el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas por su expedición.
c) Fotocopia de los méritos formativos y laborales alegados.
d) Vida laboral.
e) Documento de autovaloración de la fase de concurso. Dicho documento deberá
ser cumplimentado por los aspirantes de conformidad con el baremo y criterios
que se detallan en la base sexta, fase de concurso, de las presentes normas.
3.3. Plazo de presentación: el plazo de presentación de instancias será de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes normas en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Norma cuarta. Sistema de selección
4.1. El sistema de selección será por concurso-oposición.
Norma quinta. Ejercicios de la fase de oposición.
5.1. El proceso selectivo constará de dos ejercicios obligatorios y eliminatorios.
5.2. Primer ejercicio: las personas aspirantes de ambas especialidades deberán presentar un programa de tres obras de diferentes estilos. El ejercicio se valorará de 1 a 10,
siendo necesario un 5 para pasar al siguiente ejercicio.
5.3. Segundo ejercicio: las personas aspirantes de ambas especialidades deberán impartir una clase de cualquiera de los cursos de elemental y profesional que se le anunciará
con anterioridad. Dicho ejercicio se valorará de 1 a 10, siendo necesario un 5 para poder pasar a la fase de concurso.
5.4. La calificación de la fase de oposición será la media aritmética de los dos ejercicios de la especialidad a la que opte.
Norma sexta. Fase de concurso
6.1. La puntuación que se otorgue cada una de las personas aspirantes en el documento de autovaloración, determinará la calificación provisional de la fase de concurso.
6.2. Se valorarán los siguientes méritos:
6.2.1. Experiencia profesional. La suma de este apartado tendrá un máximo de 4 puntos:
A.1. Experiencia profesional de docente en conservatorios profesionales públicos en la especialidad, a razón de 0,50 puntos por cada año o fracción
igual o superior a seis meses.
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Pág. 278
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