C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220624-21)
Bases ayudas – Orden 1746/2022, de 22 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas por gastos de desplazamiento, durante el curso escolar 2021-2022, destinadas a los profesores de Religión y otro personal docente no sujeto ni a Convenio Colectivo ni a Acuerdo Sectorial Docente, al servicio de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022
en el que estén prestando servicios en el momento de presentación de la solicitud, o en su defecto, el último centro en el que hayan estado prestando
servicios efectivos. No obstante, deberán acreditar los servicios prestados
durante el curso escolar en cada uno de los centros de trabajo, mediante el
modelo que se acompaña como Anexo IV a esta convocatoria, que deberá
remitirse firmado y sellado por los Directores de los centros o, en su caso,
con la firma electrónica.
b) Personal laboral docente que presente movilidad reducida, será necesaria la
presentación de la copia del certificado de discapacidad con valoración anexa donde figure el baremo de movilidad que acredite la incompatibilidad
con el uso del transporte público.
c) Personal laboral docente que preste servicios en destinos incompatibles con
el uso de transporte público: acreditación del horario individual en el que
conste la firma del Director del centro, correspondiente al curso 2021-2022.
d) Personal laboral docente que preste servicios en más de un centro en la misma jornada laboral diaria: copia de los horarios individuales a cumplir en
cada uno de los centros, en el que conste la firma del Director de cada centro, correspondientes al curso 2021-2022.
En caso de actuar mediante representante, deberán presentar:
— Documento de otorgamiento de la representación.
— La Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos el DNI o en el caso
de que el interesado se oponga expresamente a su consulta, marcando la casilla correspondiente de la solicitud, deberá aportar la fotocopia del mismo.
5. Forma, lugares y plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación
justificativa:
5.1. Forma y lugares de presentación de las solicitudes:
La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, al que
se podrá acceder a través del portal de la Comunidad de Madrid (comunidad.madrid), dentro del apartado “Administración digital: Punto de Acceso General”, en aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021,
de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores
incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”,
estar dado de alta en alguno de los sistemas de identificación y autenticación
Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma
electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), en la sección, “Tramitación electrónica”.
La documentación requerida deberá anexarse a la solicitud en el momento de su
presentación y envío. No será necesario aportar aquellos documentos en los que
exista la opción, en el formulario de solicitud, para que la Administración pueda
consultar los correspondientes datos. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo que el interesado se opusiera a ello. En
el caso de que manifestara su oposición para la consulta y comprobación de sus
datos, el solicitante estará obligado a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, sin perjuicio de las verificaciones necesarias que podrá efectuar la
administración destinataria, en el ejercicio de sus competencias, para comprobar
la exactitud de los datos declarados.
En el portal de la Comunidad de Madrid (comunidad.madrid), dentro del apartado
“Administración digital: Punto de Acceso General”, se puede realizar la aportación de documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación digital”. “Aportar”,
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BOCM-20220624-21
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022
en el que estén prestando servicios en el momento de presentación de la solicitud, o en su defecto, el último centro en el que hayan estado prestando
servicios efectivos. No obstante, deberán acreditar los servicios prestados
durante el curso escolar en cada uno de los centros de trabajo, mediante el
modelo que se acompaña como Anexo IV a esta convocatoria, que deberá
remitirse firmado y sellado por los Directores de los centros o, en su caso,
con la firma electrónica.
b) Personal laboral docente que presente movilidad reducida, será necesaria la
presentación de la copia del certificado de discapacidad con valoración anexa donde figure el baremo de movilidad que acredite la incompatibilidad
con el uso del transporte público.
c) Personal laboral docente que preste servicios en destinos incompatibles con
el uso de transporte público: acreditación del horario individual en el que
conste la firma del Director del centro, correspondiente al curso 2021-2022.
d) Personal laboral docente que preste servicios en más de un centro en la misma jornada laboral diaria: copia de los horarios individuales a cumplir en
cada uno de los centros, en el que conste la firma del Director de cada centro, correspondientes al curso 2021-2022.
En caso de actuar mediante representante, deberán presentar:
— Documento de otorgamiento de la representación.
— La Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos el DNI o en el caso
de que el interesado se oponga expresamente a su consulta, marcando la casilla correspondiente de la solicitud, deberá aportar la fotocopia del mismo.
5. Forma, lugares y plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación
justificativa:
5.1. Forma y lugares de presentación de las solicitudes:
La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, al que
se podrá acceder a través del portal de la Comunidad de Madrid (comunidad.madrid), dentro del apartado “Administración digital: Punto de Acceso General”, en aplicación de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 188/2021,
de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores
incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”,
estar dado de alta en alguno de los sistemas de identificación y autenticación
Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma
electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal +educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), en la sección, “Tramitación electrónica”.
La documentación requerida deberá anexarse a la solicitud en el momento de su
presentación y envío. No será necesario aportar aquellos documentos en los que
exista la opción, en el formulario de solicitud, para que la Administración pueda
consultar los correspondientes datos. La Administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos, salvo que el interesado se opusiera a ello. En
el caso de que manifestara su oposición para la consulta y comprobación de sus
datos, el solicitante estará obligado a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, sin perjuicio de las verificaciones necesarias que podrá efectuar la
administración destinataria, en el ejercicio de sus competencias, para comprobar
la exactitud de los datos declarados.
En el portal de la Comunidad de Madrid (comunidad.madrid), dentro del apartado
“Administración digital: Punto de Acceso General”, se puede realizar la aportación de documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación digital”. “Aportar”,
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