Villa del Prado (BOCM-20220621-69)
Ofertas de empleo. Reglamento bolsa trabajo
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 146

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE JUNIO DE 2022

2. El llamamiento se realizará vía telefónica, dejando aviso en el número telefónico
indicado en la solicitud. En caso de no ser localizado por teléfono, se remitirá correo electrónico a la dirección que haya indicado igualmente en la solicitud.
3. En el supuesto de que un mismo aspirante esté seleccionado para ocupar temporalmente dos o más puestos de los ofertados en la Bolsa de Trabajo, se le permitirá optar a
uno de ellos.
4. El interesado dispondrá de un plazo de 24 horas para aceptar la oferta de empleo
desde la comunicación telefónica o correo electrónico en su caso. Si en el plazo conferido
el interesado no acepta o no contesta a la misma, pasará a la última posición de la bolsa de
trabajo.
5. Obtenida la conformidad del interesado a quien corresponda el puesto, la Alcaldía
procederá a su contratación, dejándose constancia en el expediente de los cambios que
como consecuencia del llamamiento se hayan producido en la correspondiente lista.
6. Si de acuerdo con el orden establecido en las listas, el seleccionado no reúne los
requisitos exigidos por el tipo de contrato a suscribir, se llamará al siguiente de la lista que
cumpla con dichos requisitos.
7. Para fomentar la participación y la rotación de la Bolsa de empleo, aquellos aspirantes que hayan estado contratados por tiempo superior a 60 días en un período de 1 año
con el Ayuntamiento pasarán al final de la lista, una vez cumplido el plazo de un año desde la fecha de inicio del primer contrato.
8. Las comunicaciones al personal seleccionado se harán por el medio de notificación previsto en su solicitud, dándole un plazo de 2 días hábiles para que acepte o renuncie
a la plaza ofertada.
9. La persona encargada de estas comunicaciones dejará constancia de las mismas,
con indicación de fecha, hora y persona o sistema de contacto, mediante diligencia en el
expediente.
10. Cualquier interesado integrante de la lista podrá consultar ésta en todo momento, si bien los cambios en la misma no se notificarán personalmente. Igualmente se tendrá
acceso en todo momento a los datos aportados por el propio solicitante, si bien no a los de
otros aspirantes.
11. Los archivos y registros de la Bolsa de Trabajo, estarán protegidos conforme a
las normas establecidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
12. En el caso de que la persona que haya sido citada para formalizar el contrato de
trabajo con este Ayuntamiento, por circunstancias ajenas a su voluntad alegase no poder incorporarse en las fechas previstas, no perderá su turno, en los siguientes casos:
— Por encontrarse en situación de enfermedad grave o incapacidad temporal, acreditado con una justificación válida a tal efecto.
— Maternidad: a partir de la 36.a semana de gestación, y durante las 16ª semanas posteriores al parto, adopción o acogimiento; así como durante las 18º semanas posteriores si se trata de parto, adopción o acogimiento múltiple (la fecha de inicio del
cómputo en caso de parto será la fecha de nacimiento y en caso de adopción o acogimiento a partid e la fecha de la resolución judicial o administrativa).
— Disfrute de permiso de paternidad.
— Cuidado de hijo menor de tres años.
— Por causa de violencia de género en que ella/el sea afectada/o.
— Por cuidado de familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, que
por razones de su edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y
no desempeñe actividad retribuida, por un plazo de tres años,
— Por mejora de empleo.
— Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal.
— Por causa de fuerza mayor, acreditado con una justificación válida a tal efecto.
7.6. Publicidad de la Bolsa de empleo municipal:
1. Las listas permanecerán a disposición de los interesados de forma permanente en
el lugar de la Casa Consistorial que se considere más oportuno de cara a facilitar su libre
consulta.
2. El Ayuntamiento podrá utilizar otros medios de publicidad, consulta y exposición al
público, como la página web municipal y sus redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter).
3. La solicitud de incorporación a la Bolsa de Trabajo supone la aceptación por parte del interesado del hecho de que es libremente accesible sin ningún tipo de restricciones.
No obstante, de cara a la protección de la intimidad y los datos personales de los interesa-

Pág. 367

BOCM-20220621-69

BOCM