B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220620-1)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 10 de junio de 2022, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del Curso Selectivo, elaborado por el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos, en cumplimiento de lo establecido en la Orden 2038/2019, de 14 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial de Área (Grupo A, Subgrupo A1)
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BOCM

LUNES 20 DE JUNIO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 145

Debido a que en el desarrollo del curso se hace especial hincapié en el trabajo en equipo, algunas cuestiones podrán ser evaluadas de forma grupal, obteniendo una calificación
de equipo, que será la misma para cada uno de los componentes del mismo, salvo manifiesta incapacidad de alguno de sus miembros.
La nota de una recuperación superada será de 5 puntos o del mínimo establecido para
el aprobado.
La nota final del curso selectivo podrá verse afectada por la reducción porcentual que
pudiera corresponder de la aplicación del régimen de sanciones aquí previsto. Si por aplicación de las reducciones que correspondan, el aspirante obtiene una nota inferior al aprobado, el Servicio de Formación emitirá a esta Dirección General informe inmediato en el
que se constate la no superación del curso selectivo y se obre de acuerdo a lo previsto en
la 6.3.3 de la Orden 2038/2019, de 14 de junio.
Deberes y obligaciones
Sin perjuicio de las normas establecidas en el punto 6.3 de la citada Orden perteneciente a las bases de convocatoria del proceso selectivo, se aplicarán las siguientes reglas de
obligado cumplimiento:
— La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso
selectivo es obligatoria:
d Cualquier ausencia deberá estar justificada, preavisada y autorizada por el coordinador del curso o persona/s en quien/es este hubiera podido delegar.
d Todas las causas justificadas serán documentadas y remitidas al Cuerpo de
Bomberos de la Comunidad de Madrid para su valoración.
d El retraso a la incorporación a una clase teórica supondrá la ausencia a la clase
completa y se deberá esperar a que comience la clase siguiente para no interrumpir la clase en curso. Si se trata de una clase práctica, deberá esperar en las
proximidades la autorización del instructor para incorporarse a la misma.
d Sobrepasar el 20 por 100 del tiempo de un módulo formativo en ausencias, aunque estuvieran debidamente justificadas, supondrá la emisión inmediata de informe de no superación del curso por parte del Servicio de Formación a esta Dirección General.
d La ausencia a una prueba de evaluación, examen o recuperación, ya fuera ordinario o extraordinario, supondrá el suspenso del mismo siempre que no se haya
previsto alternativa por parte del Servicio de Formación.
— El perfecto comportamiento del aspirante es una cuestión capital de cara a la superación del curso selectivo. A tal efecto, deben considerarse como deberes y obligaciones, entre otros, los siguientes:
d Mostrar la debida consideración y respeto tanto a los superiores, instructores,
compañeros como al personal de las instalaciones.
d Mantener en todo momento una compostura digna y apropiada con el régimen
docente, debiendo evitar la producción o participación en altercados, riñas, etc.
d Cuidar el material, instalaciones, uniforme, etc. evitando que se deteriore o
dañe de forma innecesaria.
d Acatar las medidas colectivas de prevención de riesgos laborales establecidas
para el ejercicio de las diferentes actividades prácticas y de los espacios de ejecución de las mismas.
d Hacer uso puntual y al inicio de cada actividad de la uniformidad y EPI que en
cada caso pudieran corresponder de acuerdo con lo previsto por el instructor o
responsable de la actividad.
d Cumplir las normas de comportamiento y funcionamiento de aquellas instalaciones donde se realicen las actividades formativas. A tal efecto debe entenderse prohibido:
– Fumar en las aulas y vestuarios, observándose en todo caso las prohibiciones específicas al respecto que haya en las diferentes dependencias de cada
centro en donde se desarrolle la acción formativa.
– El consumo de alcohol y otras drogas que puedan ser dañinas para la salud
del alumno y afectar al buen funcionamiento y desarrollo del curso.
– Comer dentro de las aulas y zonas de maniobras salvo autorización. Estará
permitido beber agua y/o líquido isotónico.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID