B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220620-1)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 10 de junio de 2022, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del Curso Selectivo, elaborado por el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos, en cumplimiento de lo establecido en la Orden 2038/2019, de 14 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial de Área (Grupo A, Subgrupo A1)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 145

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE JUNIO DE 2022

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– Utilizar telefonía móvil o cualquier otro dispositivo electrónico no autorizado durante las clases y exámenes.
– Realizar filmaciones de video/audio o tomar fotografías salvo autorización
expresa.
– Utilizar el uniforme fuera de las actividades propuestas a lo largo del periodo de formación. No podrá ir uniformado en los desplazamientos salvo autorización expresa del Servicio de Formación.
– Los adornos, complementos externos y similares que supongan o puedan suponer algún riesgo para la integridad física del alumno. Será el Servicio de
Formación de Bomberos el que en cada caso lo determine.
Sanciones
El incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones del alumno supondrá
la emisión de un apercibimiento escrito, si es que se trata de una primera vez, y no puede
entenderse como una acción u omisión de gravedad.
A partir de la consecución de un segundo incumplimiento que se produzca durante el
curso, sea/n de la misma o distinta naturaleza, se aplicará la penalización de puntuación que
corresponda de acuerdo con el siguiente baremo:
— 10 por 100 de penalización en el parcial por cada incumplimiento.
— 20 por 100 de penalización en el parcial por cada incumplimiento cuando se trate
de una falsificación del control de asistencia o cualquier forma de suplantación de
identidad, o cuando se justifique por parte del Servicio de Formación la gravedad
del suceso con perjuicio igualmente grave para el proceso, el personal, las instalaciones o los equipos.
Aptitud y capacidad funcional
Ante la detección en cualquier momento del curso por parte de los responsables del
mismo, de una falta de aptitud, capacidad funcional o incorrecta adaptación del aspirante a
las situaciones planteadas, el Servicio de Formación podrá realizar cuantas pruebas se estimen oportunas a fin de comprobar que el alumno las ha adquirido, aun cuando el alumno
hubiera superado hasta ese momento todas las materias y actividades impartidas.
Estas pruebas también tendrán carácter de evaluación y, en caso de no ser superadas,
se emitirá en un plazo máximo de 10 días informe del Servicio de Formación de Bomberos
a la Dirección General de Emergencias para que a su vez esta lo remita al Tribunal Calificador a efectos de que se valore su exclusión del proceso selectivo.
Fuerza mayor

BOCM-20220620-1

En relación al punto 6.3.4 de las bases de la convocatoria, los aspirantes que no pudieran realizar el curso por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán efectuarlo previa solicitud en la convocatoria siguiente, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
En Las Rozas de Madrid, a 10 de junio de 2022.—El Director General de Emergencias, P. S. (Resolución del Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia de Seguridad
y Emergencias, Madrid 112, de 12 de mayo de 2022), el Jefe del Cuerpo de Bomberos,
Agustín de la Herrán Souto.