B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior - O. A. MADRID 112 (BOCM-20220323-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 16 de marzo de 2022, de la Gerencia del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se convoca prueba selectiva de promoción interna para el acceso a una plaza de carácter laboral de la Categoría Profesional de Supervisor de Emergencias 112 (Grupo II, Nivel 8, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 70

través de la correspondiente publicación en los tablones de anuncios establecidos en la base séptima apartado quinto de la presente convocatoria.
7.4. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como
Anexo I de la presente Orden.
La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán, a propuesta del Tribunal Calificador, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima
de diez días hábiles.
7.5. La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos
ejercicios así como de la fase de concurso, y la lista de aprobados/as de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas
direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.madrid.org/112/index.php/inicio/informacion-institucional/convocatoria-promocion-interna-supervisor-deemergencias-112 y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su
mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.
7.6. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito.
7.7. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2023.
Octava
8.1. Fase de oposición.
Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y a lo expuesto a continuación.
8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero a sesenta puntos, siendo necesario, para
superarlo, obtener un mínimo de treinta puntos.
8.1.2. Segundo ejercicio: Se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario,
para superarlo, obtener un mínimo de veinte puntos.
8.1.3. Calificación final de la fase de oposición: A fin de garantizar, en todo caso, la
idoneidad de las personas aspirantes seleccionadas, el Tribunal establecerá un
nivel mínimo de cincuenta puntos para la superación de la fase de oposición,
sin la obtención del cual ninguna persona podrá pasar a la fase de concurso.
El Tribunal podrá declarar que la oposición es superada por un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas.
La calificación final de los aspirantes en la fase de oposición vendrá integrada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicos en los tablones de anuncios
referidos en la base séptima apartado quinto, los datos del aspirante que ha superado el proceso, referidos a:
a) Datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.
b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición.
c) Puntuación total.
8.2. Fase de concurso.
8.2.1. La calificación de la fase de concurso vendrá dada por el resultado de la suma
de las puntuaciones obtenidas en los diferentes méritos a que hace referencia
la base séptima, sin que el total pueda superar los 20 puntos.
8.2.2. Una vez determinada la puntuación obtenida por los aspirantes en el concurso,
el Tribunal hará pública, en los tablones indicados en la base séptima apartado quinto, la relación de los aspirantes que hubieran accedido al mismo, con
indicación de la calificación alcanzada en cada uno de los méritos, así como
de la puntuación total obtenida de la suma de estos, encontrándose disponible,
igualmente, dicha información, en la página web de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20220323-2

Calificación del proceso selectivo