B) Autoridades y Personal - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior - O. A. MADRID 112 (BOCM-20220323-3)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 16 de marzo de 2022, de la Gerencia del Organismo Autónomo Madrid 112, por la que se convoca prueba selectiva de promoción interna para el acceso a una plaza de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Básico Emergencias 112 (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

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mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.
7.6. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito.
7.7. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2023.
Octava
8.1. Fase de oposición.
Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en
la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y a lo expuesto a continuación.
8.1.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero a cincuenta puntos, siendo necesario,
para superarlo, obtener un mínimo de 25 puntos.
8.1.2. Segundo ejercicio: Se calificará de cero a cincuenta puntos, siendo necesario,
para superarlo, obtener un mínimo de 25 puntos.
8.1.3. Calificación final de la fase de oposición.
A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de las personas aspirantes seleccionadas, el Tribunal establecerá un nivel mínimo de 50 puntos para la superación de la fase de
oposición, sin la obtención del cual ninguna persona podrá pasar a la fase de concurso.
El Tribunal podrá declarar que la oposición es superada por un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas.
La calificación final de los aspirantes en la fase de oposición vendrá integrada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en los tablones de anuncios
referidos en la base séptima apartado quinto, la relación de aspirantes que la han superado,
indicando los siguientes extremos:
a) Número de orden obtenido en la oposición, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.
b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición.
c) Puntuación total.
8.2. Fase de concurso.
8.2.1. La calificación de la fase de concurso vendrá dada por el resultado de la suma
de las puntuaciones obtenidas en los diferentes méritos a que hace referencia la base séptima, sin que el total pueda superar los 20 puntos.
8.2.2. Una vez determinada la puntuación obtenida por los aspirantes en el concurso, el Tribunal hará pública, en los tablones indicados en la base séptima apartado quinto,
la relación de los aspirantes que hubieran accedido al mismo, con indicación de la calificación alcanzada en cada uno de los méritos, así como de la puntuación total obtenida de la
suma de estos, encontrándose disponible, igualmente, dicha información, en la página web
de la Comunidad de Madrid.
8.3. Calificación final del proceso selectivo.
La calificación final de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá
determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en la oposición y en el
concurso, correspondiendo a aquella un 55 por 100 y a este un 45 por 100, ordenándose a
los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre
estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se
relacionan a continuación.
2. Mayor puntuación en la fase de oposición.
3. Mayor puntuación en la fase de concurso.
4. De continuar el empate, se deshará mediante la celebración, por parte del Tribunal,
de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.

BOCM-20220323-3

Calificación del proceso selectivo