B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220323-5)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 450/2022, de 9 de marzo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial Técnico, Grupo A, Subgrupo A2
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 64
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 70
puesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,10
puntos del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta y cinco minutos.
7.1.2.2.2. Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto
práctico, relacionado de forma directa con el contenido de los temas de los Bloques II y III
del correspondiente programa, y que tendrá por objeto poner de manifiesto el conocimiento
de las citadas materias y las funciones propias de la categoría de Oficial Técnico. El supuesto práctico, que serán de carácter técnico, comprenderá, en todo caso, lectura e interpretación
de información gráfica (planos, mapas, croquis) y un apartado de análisis de cumplimiento
de las normativas incluidas en los temas del mencionado Bloque II. En este ejercicio se valorará la amplitud de conocimientos, la capacidad para adaptarlos a una situación concreta y
las competencias de análisis, priorización y toma de decisiones, entre otras.
El Tribunal podrá ser asistido por un/a asesor/a del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, a fin de garantizar que los supuestos se ajusten a lo especificado anteriormente.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de una hora, no se permitirá el uso de ningún tipo de documentación, salvo la que, en su caso, pudiera proporcionar el Tribunal.
7.1.3. El orden de actuación de las personas participantes en este proceso selectivo se
iniciará, alfabéticamente, por la primera cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de
conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar
el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el
año 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).
7.1.4. El primer ejercicio de la oposición se llevará a cabo durante el tercer trimestre
de 2022, determinándose la fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio en la
Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así
como de la lista de personas aprobadas en los ejercicios integrantes de la fase de oposición,
se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro,
cuyas direcciones pueden consultarse en la página web:
— https://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/redoficinascomunidad-madrid, en el de la Dirección General de Emergencias (carretera de La Coruña, kilómetro 22, Las Rozas de Madrid), y en cualquier otro lugar
que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre las personas
interesadas, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.
7.2.
Concurso.
7.2.1. Se procurará, si el nivel de los/as aspirantes en la fase de oposición es adecuado, que pasen al concurso un número superior al de plazas convocadas. El concurso consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de
oposición, conforme al baremo y puntuación que figura a continuación:
7.2.1.1.
Turno libre.
a) Servicios efectivos. Se valorarán los servicios efectivos prestados y reconocidos al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, como funcionario/a en los siguientes términos:
— En la categoría a extinguir de Bombero (puestos de bombero o BomberoConductor), o en la categoría de Bombero Especialista, o en la categoría de
Operador de la especialidad de comunicaciones, todas ellas de la Escala Ejecutiva u Operativa del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
— En categorías equivalentes a las indicadas de los Cuerpos de Bomberos o de
Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos dependientes de otras
Administraciones Públicas.
— En las Fuerzas Armadas como militar profesional de tropa y marinería.
BOCM-20220323-5
A razón de 0,6 puntos por cada año completo de servicios:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 64
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 70
puesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,10
puntos del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta y cinco minutos.
7.1.2.2.2. Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto
práctico, relacionado de forma directa con el contenido de los temas de los Bloques II y III
del correspondiente programa, y que tendrá por objeto poner de manifiesto el conocimiento
de las citadas materias y las funciones propias de la categoría de Oficial Técnico. El supuesto práctico, que serán de carácter técnico, comprenderá, en todo caso, lectura e interpretación
de información gráfica (planos, mapas, croquis) y un apartado de análisis de cumplimiento
de las normativas incluidas en los temas del mencionado Bloque II. En este ejercicio se valorará la amplitud de conocimientos, la capacidad para adaptarlos a una situación concreta y
las competencias de análisis, priorización y toma de decisiones, entre otras.
El Tribunal podrá ser asistido por un/a asesor/a del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, a fin de garantizar que los supuestos se ajusten a lo especificado anteriormente.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de una hora, no se permitirá el uso de ningún tipo de documentación, salvo la que, en su caso, pudiera proporcionar el Tribunal.
7.1.3. El orden de actuación de las personas participantes en este proceso selectivo se
iniciará, alfabéticamente, por la primera cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de
conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar
el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el
año 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).
7.1.4. El primer ejercicio de la oposición se llevará a cabo durante el tercer trimestre
de 2022, determinándose la fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio en la
Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así
como de la lista de personas aprobadas en los ejercicios integrantes de la fase de oposición,
se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro,
cuyas direcciones pueden consultarse en la página web:
— https://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/redoficinascomunidad-madrid, en el de la Dirección General de Emergencias (carretera de La Coruña, kilómetro 22, Las Rozas de Madrid), y en cualquier otro lugar
que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre las personas
interesadas, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.
7.2.
Concurso.
7.2.1. Se procurará, si el nivel de los/as aspirantes en la fase de oposición es adecuado, que pasen al concurso un número superior al de plazas convocadas. El concurso consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de
oposición, conforme al baremo y puntuación que figura a continuación:
7.2.1.1.
Turno libre.
a) Servicios efectivos. Se valorarán los servicios efectivos prestados y reconocidos al
amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, como funcionario/a en los siguientes términos:
— En la categoría a extinguir de Bombero (puestos de bombero o BomberoConductor), o en la categoría de Bombero Especialista, o en la categoría de
Operador de la especialidad de comunicaciones, todas ellas de la Escala Ejecutiva u Operativa del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
— En categorías equivalentes a las indicadas de los Cuerpos de Bomberos o de
Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos dependientes de otras
Administraciones Públicas.
— En las Fuerzas Armadas como militar profesional de tropa y marinería.
BOCM-20220323-5
A razón de 0,6 puntos por cada año completo de servicios: