B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220323-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 450/2022, de 9 de marzo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Oficial Técnico, Grupo A, Subgrupo A2
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B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

te a detectar metabolitos de drogas o similares, podrá repetirse, de forma grupal o individual, en cualquier momento y durante todo el proceso a instancias del Tribunal Médico o
del Tribunal Calificador, con vistas a confirmar el mantenimiento de la aptitud del aspirante y para poder garantizar una adecuada vigilancia de la salud y la disposición y respeto del
aspirante a las normas establecidas.
Los/as aspirantes que reciban tratamiento habitual con alguna medicación susceptible de
dar lugar a un resultado desfavorable, deberán solicitar al Tribunal Calificador, con antelación
suficiente a la realización de las pruebas físicas (no inferior a 14 días), una autorización de uso
terapéutico. El Tribunal aplicará los criterios de evaluación contenidos en el Anexo II de la
Convención Internacional contra el dopaje en el deporte y en las normas para la concesión de
autorizaciones de uso terapéutico adoptadas por la Agencia Mundial Antidopaje.
Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos segundo y tercero del apartado 12.2 de
la base duodécima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, las aspirantes que, a la fecha de
convocatoria del segundo ejercicio, se encuentren embarazadas o no hayan cumplido las
dieciséis semanas desde el nacimiento del hijo podrán solicitar al Tribunal Calificador el
aplazamiento hasta la realización del siguiente curso selectivo que se convoque en cualquiera de las categorías de la Escala Técnica.
Dicha solicitud deberá presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en la base
Tercera, antes de la fecha de realización del cuarto ejercicio, y tendrá que ir acompañada,
obligatoriamente, de un certificado médico que acredite la situación alegada.
Segunda fase. Consistirá en dos pruebas que tienen por objeto acreditar la tolerancia
al trabajo en espacios confinados y la tolerancia al trabajo en altura:
— La prueba de tolerancia al trabajo en espacios confinados, que tendrá una duración
mínima de 5 minutos y una duración máxima de 10 minutos, consistirá en la realización, en ausencia total de luz, de un recorrido en una instalación que podrá contar con pasos estrechos, diferentes niveles y punto de salida diferente al de entrada.
Durante el desarrollo de la prueba se podrá pedir al/a opositor/a que permanezca
inmóvil, al objeto de cumplir el tiempo mínimo de 5 minutos de permanencia. El
recorrido concreto del circuito será establecido por el Tribunal inmediatamente antes de la realización de la prueba.
— La prueba de tolerancia al trabajo en altura, cuya duración, que habrá de ser común
a todos los/as aspirantes y que determinará el Tribunal Calificador con carácter previo a su realización, consistirá en el desplazamiento andando por una superficie
plana, sin barandilla, elevada más de 20 metros sobre el nivel del suelo, desplazándose el aspirante por un pasillo marcado en el suelo, entre 60 cm y 30 cm del borde de la superficie de tránsito, y debiendo identificar unos caracteres alfanuméricos ubicados en una cota inferior en diferentes puntos que se le irán indicando.
Para la realización de esta prueba se adoptarán las medidas necesarias a fin de garantizar la seguridad de los aspirantes.
7.1.2.1.5. Quinto ejercicio: solo serán convocados/as aquellos/as aspirantes que hubiesen superado los ejercicios anteriores, consistirá en un reconocimiento médico practicado por
el Tribunal Médico que se designe, a tal efecto, por el órgano calificador del proceso.
A efectos de la celebración de este último ejercicio, el Tribunal Médico realizará las
pruebas clínicas referidas en el Anexo de autorización para someterse a pruebas médicas y
cuantas otras, analíticas y complementarias o de otra clase, se consideren necesarias por el
mismo, como se refleja en el citado Anexo. Se considerarán como patologías excluyentes
para superar esta prueba, las reflejadas en el Anexo III de la presente convocatoria.
La realización de este reconocimiento implicará el consentimiento de los/as aspirantes
para que los resultados correspondientes se pongan por parte del Tribunal Médico a disposición del Órgano calificador, toda vez que la evaluación de este último ejercicio habrá de
fundamentarse en los mismos.
7.1.2.2. Turno de promoción interna.
7.1.2.2.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 60 preguntas que versarán sobre el contenido de los
temas del correspondiente programa.
El cuestionario incluirá 5 preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en
caso de que se anule alguna de las 60 anteriores comprendidas en aquel.
Para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas
la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no
contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de res-

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