Alcorcón (BOCM-20220303-72)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 53

JUEVES 3 DE MARZO DE 2022

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d) Anexo III. Aceptación expresa para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y
funciones del puesto.
e) Anexo IV. Declaración responsable de no haber sido separado del servicio ni hallarse inhabilitado.
5. Admisión de candidatos
Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará en la página
web municipal la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Los aspirantes excluidos y los que no figuren ni en la relación de admitidos ni en la de excluidos dispondrán
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista
provisional para subsanar el motivo de su exclusión o de su no inclusión expresa.
Finalizado dicho plazo, se publicará también en la página web municipal la lista definitiva de aspirantes admitidos a la convocatoria.
También se publicará en la página web el día y hora de la exposición de la memoriaproyecto, así como el protocolo específico contra la COVID-19 que deban seguir los aspirantes durante el desarrollo de dicha fase.
6. Órgano de selección
La constitución y funcionamiento de la Comisión de Valoración se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del RI.
La composición de la Comisión de Valoración será:
— Un Presidente,
— 3 Vocales con sus respectivos suplentes.
— Un Secretario, que tendrá voz y voto.
La designación de los miembros incluirá la de sus respectivos suplentes.
La Comisión de Valoración podrá actuar asistido de asesores técnicos con voz, pero
sin voto y estará facultada para resolver las dudas e incidencias que se presenten, así como
para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desenvolvimiento del proceso selectivo,
en todo aquello no previsto expresamente en las bases.
La identidad de los miembros de la Comisión de Valoración será publicada con la relación definitiva de aspirantes admitidos.
En el concurso de méritos se valorarán los siguientes:
7.1. Méritos generales:
A. Antigüedad en la Administración Pública: Hasta un máximo de 7 puntos.
Se valorará, la antigüedad en las administraciones públicas como funcionario, con
independencia del Cuerpo o Escala, Grupo o Subgrupo en que se haya reconocido, a razón de 0,5 puntos por año completo de servicios, incluyendo en el cómputo el período mínimo de permanencia en destino indicado como requisito para
concursar.
A los efectos de este apartado, será tenida en cuenta la antigüedad reconocida por
la totalidad de servicios previos no simultáneos desempeñados, en su caso, al
servicio de cualesquiera Administraciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y normativa de desarrollo.
B. Valoración de desempeño de Puestos de trabajo: hasta un máximo de 3 puntos.
— Por desempeño de un Puesto de trabajo de Jefe de Sección de Planeamiento en
el sector público: 0,05 puntos por mes completo trabajado.
— Por desempeño de un Puesto de trabajo en cualquier administración pública
dentro del subgrupo A1: 0,02 puntos por mes completo trabajado.
C. Grado personal: hasta un máximo de 3 puntos.
La posesión del grado personal se valorará de la siguiente forma:
— 3 puntos por la posesión de un grado personal superior al del nivel del puesto
de trabajo solicitado.
— 2 puntos por la posesión de un grado personal igual al del nivel del puesto de
trabajo solicitado.

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7. Concurso específico de méritos