C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220223-14)
Plan estratégico subvenciones – Orden 261/2022, de 15 de febrero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 46
Por último, ha de tenerse en cuenta que, del total de líneas de subvención o ayudas previstas,
hay una que no conlleva importe económico. Son las becas para estudiantes y para jóvenes que
hayan pertenecido al Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, a disfrutar en Residencias Infantiles.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, la financiación de estas líneas de subvención y ayudas
estará subordinada, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Las líneas de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la
autonomía de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición de
equipamiento técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales y de las Entidades del
Tercer Sector, de carácter plurianual, se van a financiar con cargo Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
que ha sido objeto de regulación nacional con el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de este Plan Estratégico se corresponde con el año 2022.
Para este Plan Estratégico se establece una duración anual y no de tres años, como establece
el artículo 11.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, debido a la especial naturaleza del sector al
que se refieren las líneas de subvención y ayudas que se incluyen en el Plan, que implica que los
objetivos perseguidos puedan variar de un año a otro. De esta forma, se posibilita la realización de
los ajustes necesarios en el plan correspondiente a cada año.
6.- EFECTOS O RESULTADOS PERSEGUIDOS
La cobertura de las necesidades específicas de asistencia social de personas en situación de
pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad.
La plena y eficaz integración de la población vulnerable y la mejora de su perfil ocupacional, así
como la implicación de los interlocutores sociales y económicos en la integración laboral de
personas en situación y riesgo de exclusión social.
El desarrollo de una atención integral a personas, familias o colectivos que, por diversos factores, puedan encontrarse, de forma súbita o sobrevenida, en situación de desamparo, llevando
a cabo con posterioridad un seguimiento individualizado que permita minimizar los procesos y
factores de vulnerabilidad o exclusión social.
La potenciación de un voluntariado más activo, ofreciendo instrumentos y dispositivos que ayuden en los procesos de formación, organización y actuaciones en materia de voluntariado en la
Comunidad de Madrid.
El fomento de la iniciativa social de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo para
la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el
desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria.
La compensación de las necesidades derivadas de catástrofes y la atención a aquellas zonas
que se encuentren en situaciones de dificultad por guerras, hambruna u otras causas.
La realización por entidades sin ánimo de lucro de proyectos de apoyo a la maternidad.
La potenciación del acogimiento familiar de menores y el apoyo económico a las familias con
menores acogidos.
La realización de actividades que supongan una mejora en la labor de protección a la infancia.
La reincorporación social de la mujer víctima de violencia de género, con autonomía e independencia personal, tras un proceso de intervención individual.
El rescate y la protección adecuada de las mujeres víctimas de trata explotadas sexualmente.
BOCM-20220223-14
Con la ejecución de las líneas de subvención y ayuda incluidas en este Plan Estratégico se
perseguirían fundamentalmente los siguientes efectos o resultados:
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 46
Por último, ha de tenerse en cuenta que, del total de líneas de subvención o ayudas previstas,
hay una que no conlleva importe económico. Son las becas para estudiantes y para jóvenes que
hayan pertenecido al Sistema de Protección de la Comunidad de Madrid, a disfrutar en Residencias Infantiles.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, la financiación de estas líneas de subvención y ayudas
estará subordinada, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Las líneas de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la
autonomía de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición de
equipamiento técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales y de las Entidades del
Tercer Sector, de carácter plurianual, se van a financiar con cargo Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y
que ha sido objeto de regulación nacional con el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de este Plan Estratégico se corresponde con el año 2022.
Para este Plan Estratégico se establece una duración anual y no de tres años, como establece
el artículo 11.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, debido a la especial naturaleza del sector al
que se refieren las líneas de subvención y ayudas que se incluyen en el Plan, que implica que los
objetivos perseguidos puedan variar de un año a otro. De esta forma, se posibilita la realización de
los ajustes necesarios en el plan correspondiente a cada año.
6.- EFECTOS O RESULTADOS PERSEGUIDOS
La cobertura de las necesidades específicas de asistencia social de personas en situación de
pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad.
La plena y eficaz integración de la población vulnerable y la mejora de su perfil ocupacional, así
como la implicación de los interlocutores sociales y económicos en la integración laboral de
personas en situación y riesgo de exclusión social.
El desarrollo de una atención integral a personas, familias o colectivos que, por diversos factores, puedan encontrarse, de forma súbita o sobrevenida, en situación de desamparo, llevando
a cabo con posterioridad un seguimiento individualizado que permita minimizar los procesos y
factores de vulnerabilidad o exclusión social.
La potenciación de un voluntariado más activo, ofreciendo instrumentos y dispositivos que ayuden en los procesos de formación, organización y actuaciones en materia de voluntariado en la
Comunidad de Madrid.
El fomento de la iniciativa social de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo para
la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el
desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria.
La compensación de las necesidades derivadas de catástrofes y la atención a aquellas zonas
que se encuentren en situaciones de dificultad por guerras, hambruna u otras causas.
La realización por entidades sin ánimo de lucro de proyectos de apoyo a la maternidad.
La potenciación del acogimiento familiar de menores y el apoyo económico a las familias con
menores acogidos.
La realización de actividades que supongan una mejora en la labor de protección a la infancia.
La reincorporación social de la mujer víctima de violencia de género, con autonomía e independencia personal, tras un proceso de intervención individual.
El rescate y la protección adecuada de las mujeres víctimas de trata explotadas sexualmente.
BOCM-20220223-14
Con la ejecución de las líneas de subvención y ayuda incluidas en este Plan Estratégico se
perseguirían fundamentalmente los siguientes efectos o resultados: