C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220223-14)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 261/2022, de 15 de febrero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 46

MIÉRCOLES 23 DE FEBRERO DE 2022

Pág. 93

PROGRAMA 239O EVALUACIÓN, CALIDAD E INNOVACIÓN
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN/ACCIONES DIRECTAS

IMPORTE

Convocatoria de subvenciones para desarrollar proyectos de innovación en distintos campos

9.000.000,00

PROGRAMA 239O
SUBCONCEPTO

DENOMINACIÓN

47399

A familias e instituciones sin ánimo de lucro

48099

A empresas privadas

CRÉDITO
3.000.000,00
6.000.000,00
TOTAL

9.000.000,00

4.- FUENTES DE FINANCIACIÓN
Las subvenciones y ayudas que contempla este Plan Estratégico se van a financiar con cargo a
diferentes Programas de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año
2022. Los importes previstos para cada línea de subvención o ayuda directa son, como máximo,
los consignados en los subconceptos de los Programas con cargo a los cuales se van a financiar,
sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo de este ejercicio presupuestario se realicen, en
cuyo caso, podrán incrementarse los importes previstos para las correspondientes líneas de subvención o ayudas directas.
Tres de las líneas de subvención y ayuda previstas, las subvenciones a entidades de iniciativa
social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001 de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, las subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con
discapacidad y las ayudas para la impartición de títulos de posgrado universitario en materia de
igualdad entre mujeres y hombres, cuentan con financiación del Fondo Social Europeo, en el marco del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid (2014-2020).
Asimismo, los convenios con Corporaciones Locales y con entidades privadas sin ánimo de lucro para la concesión directa de ayudas para la lucha contra la exclusión social y la pobreza infantil
y las ayudas económicas destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos
dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de hasta tres años, se
financian con cargo a los créditos que corresponden a la Comunidad de Madrid para proyectos
sociales de apoyo a la familia e infancia, resultantes de la distribución de créditos destinados a la
financiación de planes o programas sociales, derivados de los compromisos financieros aprobados
por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia. En consecuencia, los importes consignados en este Plan Estratégico para estas
líneas de subvención y ayudas directas podrán variar en función de los importes que, para estos
fines y en este año, apruebe el mencionado Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia para la Comunidad de Madrid.
Las subvenciones para la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7% del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se van a financiar con cargo a la transferencia del
Estado que realice como consecuencia del Acuerdo del Consejo de Ministros en el que se autoricen los criterios de distribución y la distribución resultante entre las Comunidades Autónomas de
los créditos destinados a estas subvenciones. Por ello, el importe que se ha consignado en este
Plan Estratégico para estas subvenciones para 2022 es el que se prevé que corresponderá a la
Comunidad de Madrid para dicho ejercicio. En consecuencia, dicho importe puede variar, destinándose, en cualquier caso, a estas subvenciones el importe que resulte de la distribución que el
Estado realice entre las Comunidades Autónomas.

Igualmente, el Decreto 208/2021, en su artículo 11.2, atribuye a la Dirección General de Igualdad competencias en materia de atención a la diversidad de género, que se han materializado, en
una línea de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención a personas LGTBI mediante acciones de integración e inclusión realizadas por entidades sin
fin de lucro, a través de la financiación de proyectos dirigidos a las personas LGTBI vulnerables de
la Comunidad de Madrid. Además, es propósito de este centro directivo, siempre supeditado a las
disponibilidades presupuestarias, fomentar en este ejercicio nuevas acciones de sensibilización en
materia de igualdad entre mujeres y hombres y en materia de acoso sexual en el ámbito laboral,
dirigidas a las empresas.

BOCM-20220223-14

Como consecuencia de la aprobación del Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud
y Política Social, se han producido algunos cambios en la atribución de determinadas competencias, que van a suponer un cambio en la titularidad del órgano al que compete promover ciertas
líneas de subvenciones.