Alcalá de Henares (BOCM-20220221-55)
Urbanismo. Modificación puntual plan parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 43
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

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Edificabilidad: 0,4 m3/m2 ó 0,1 m2/m2
Retranqueos: la edificación se retranqueará un mínimo de 6 m a calles y 5 m a fondo, testero o
medianería.
Se permiten sótanos y semisótanos.

6.

Aparcamiento:

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Se preverá en función de los espectadores y usuarios previstos, tomándose como referencia una
plaza por cada 10 espectadores y/o por cada 100 m2. De edificación cerrada.
7.

Cerramiento:

El proyecto de arquitectura lo definirá en función de los usos previstos y del entorno de cada área,
permitiendo la máxima permeabilidad visual al tiempo que asegure el control de las instalaciones.

ARTÍCULO 132. ZONA 5 (SISTEMAS DE ESPACIOS LIBRES DE DOMINIO Y USO PUBLICO,
DE SISTEMAS GENERALES Y DE PLAN PARCIAL).7
1. Definición de la zona: Queda definida en el Plano de Zonificación con el grafismo Z.5.
La superficie correspondiente a los Sistemas Generales es de 73.247,00 m2.
La superficie correspondiente a los Sistemas Interiores es de 39.165,00 m2.
2. Forma de actuación: Los Proyectos de estas instalaciones deberán ser sometidos a la
aprobación discrecional del Ayuntamiento.
3. Condiciones de uso: Los usos permitidos en los Sistemas Generales serán los
correspondientes a los Códigos con que se encuentran grafiadas en los planos del PGOU, tanto en
características como complementarios.
Los usos permitidos en los Sistemas Interiores serán los propios de la utilización de espacios
verdes y libres: pequeños kioscos de música, pequeños bares, casetas de aseos, de guardas, de
transformación y auditorios al aire libre o similares, a los cuales se añaden los señalados en la Clave
51 del PGOU, es decir compatibles con el Grupo I del uso de Infraestructuras y Servicios Públicos,
Grupo I del Uso de Automóviles y Grupo II, III y IV del mismo Uso de Automóviles con las siguientes
limitaciones y con el cumplimiento de los Artículos 5.14.1,2,3,4 y 5 de las Normas Urbanísticas del
PGOU:
Grupo I.- Servicios Urbanos.- Corresponde a los Servicios Públicos especiales que requieren
independencia de los usos residenciales, tales como mataderos, perreras, extinción de incendios,
cementerios, cantones de limpieza, pistas para exámenes de conducción, depósitos, etc.
Grupo I.- Uso del Automóvil.- Estacionamiento y almacenamiento de vehículos en espacios
abiertos, siempre que no rebasen el 5% de la superficie neta de la parcela.
Grupo I, III y IV.- Uso del Automóvil.- Estacionamientos y almacenamiento de vehículos en
espacios cerrados, desde 75 m2 hasta 2.500 m2, siempre que la superficie construida no sobrepase
el 20% de la superficie neta de la parcela.
4. Condiciones de edificabilidad volumen y ocupación: Se aplicarán las mismas que la Clave
51 grado 2, es decir una edificabilidad de 0,05 m2/m2, de parcela neta, una ocupación máxima del
3% de la parcela neta, y libre para el resto de parámetros de altura y retranqueos.
5.

Aparcamiento:

ARTÍCULO 133. ZONA 6 ( VIARIO Y APARCAMIENTOS)
1. Definición de la zona: Queda definida en el plano de zonificación con el grafismo Z.6. ( la zona
correspondiente a Sistemas generales), además de las áreas públicas ocupadas por las vías
rodadas, mixtas o de peatones, delimitadas normalmente por los tramos de las zonas de los otros
usos.

BOCM-20220221-55

Epígrafe suprimido.