Alcalá de Henares (BOCM-20220221-55)
Urbanismo. Modificación puntual plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 232

LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

c) Las condiciones de separación a lindero se entienden complementarias del as
Normas de Seguridad y tratamiento de espacios libres siendo de aplicación el
mayor valor de los resultantes de aplicar ambas.
3.2.3. El espacio libre resultante del retranqueo podrá dedicarse a aparcamiento en
superficie, jardín o muelles de carga.
No se podrá utilizar dicho espacio para almacenar al aire libre, salvo depósitos de
combustible para el uso de la industria, siempre que se oculten a la vista desde la
vía pública mediante arbolado. Podrán construirse en el mismo casetas de portería
y control de accesos con una superficie máxima de 3x3 m. y una altura de 3,5 m.
3.3. Separación entre edificios.
a.

Cuando en una parcela existan varias construcciones aisladas que tengan planos de
fachada solapados o enfrentados, sobre los que recaigan huecos de iluminación y
ventilación tendrán una separación de:
-

1/3 de la altura de coronación medida desde la acera o pavimento.
Nunca será inferior de 3 m.

3.4. Edificabilidad: 0,723 m2/m2 a excepción de las parcelas 15, 18 y 31 que serán 1m2/m23.
3 Texto en cursiva negrita según modificación de PGOU de 20/10/1997).
3.5. Altura de los edificios: 12 m., tres plantas4 (4 Texto en cursiva negrita según modificación
de PGOU de 20/10/1997).
Las alturas por encima de la señalada no se computarán a efectos de volumen cuando se
justifiquen técnicamente como indispensables al proceso industrial.
3.6. Ocupación máxima sobre parcela neta edificable: 50%.
3.7. Condiciones de seguridad frente a incendios.
a) La edificación dejará en su perímetro una banda pavimentada de 5 metros de ancho,
que permita el paso y maniobra de un vehículo de bomberos. Este espacio deberá
conectarse directamente con la vía pública.
b) La banda de seguridad se mantendrá libre de obstáculos.
c) No será necesaria que la banda de seguridad circunde completamente la/s
edificación/es, cuando por su posición y diseño cumpla la tarea de permitir la
accesibilidad y maniobra de los servicios de extinción.
4.

Aparcamiento.

Se dispondrá de una plaza de aparcamiento por cada 100 m2. de superficie útil.
En los talleres de reparación de automóviles se dispondrá de una plaza por cada 25 m2. de superficie útil.
5.

Carga y descarga:

a) Cuando la superficie de producción o almacenaje supere los 500 metros cuadrados se
b)

Condiciones estéticas.
1. Marquesinas.
No se autoriza la construcción de marquesinas salvo cuando se trate de actuaciones
conjuntas en proyecto unitario.
2. Salientes.
No se admiten vuelos distintos de las cornisas o aleros con un saliente máximo de 75 cms.
3. Medianerías.
Los cambios de alturas en supuestos de construcciones adosadas a una linde medianera,
se realizará gradualmente dentro de un plano de 45º trazado desde linde medianera.

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6.

dispondrá de una zona para carga y descarga en el interior de la parcela con capacidad
para estacionar un camión.
Para superficies superiores a 1.000 metros cuadrados se dispondrá de dos plazas, y una
unidad más por cada 1.000 metros cuadrados.