Alcalá de Henares (BOCM-20220221-55)
Urbanismo. Modificación puntual plan parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 43

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

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ARTÍCULO 109. CONDICIONES Y GARANTÍAS
En los Pliegos de condiciones económico-facultativos habrán de fijarse los plazos y etapas de
realización y recepción de las obras y recoger las condiciones y garantías que el Ayuntamiento
juzgue necesarias para la perfecta ejecución de las obras, fijándose también que se realizarán a
cargo del promotor las pruebas y ensayos técnicos que se estimen convenientes.

ARTÍCULO 110. TRAMITACIÓN
De conformidad con las especificaciones del artículo 141 del Reglamento de Planeamiento del Texto
Refundido de la Ley del Suelo, los Proyectos de Urbanización deberán ajustarse en su formación y
aprobación a las siguientes determinaciones:
1. Será redactado por la propiedad de los terrenos, o en su defecto por el Ayuntamiento de Alcalá
de Henares.
2.

Se aplicarán para su tramitación las reglas establecidas para el presente Plan Parcial.

3. La competencia para su aprobación definitiva corresponderá al Ayuntamiento de Alcalá de
Henares quien lo notificará al órgano Autonómico.
4. La publicidad del acuerdo de la aprobación definitiva se realizará en el Boletín Oficial de la
Provincia.

ARTÍCULO 111. EFECTOS DE LOS PROYECTOS DE URBANIZACIÓN
El Proyecto de Urbanización, una vez aprobado tendrá carácter ejecutivo, quedando obligados los
particulares, al igual que la Administración, por las disposiciones sobre ordenación urbana
contenidas en el mismo.

Sección 2
De las Normas de Urbanización

ARTÍCULO 112. ABASTECIMIENTO DE AGUA
En las previsiones de los planes y proyectos de urbanización, el cálculo del consumo diario medio
se realizará a base de dos sumandos:
1.

Agua potable para usos domésticos con un mínimo de 200 litros/ habitantes/día.

2. Agua para riegos, piscinas y otros usos a tenor de las características de la ordenación.
En cualquier caso, la dotación por habitante y día no será inferior a 300 litros de los que 50 litros
pueden preverse como de riego. El consumo máximo para el cálculo de la red se obtendrá
multiplicando el consumo diario por 2,5.
Será preciso demostrar, por medio de la documentación legal requerida en cada caso, la
disponibilidad del caudal siguiente bien sea proceden de una red municipal o particular existente o
de manantial propio.

La red de distribución se ejecutará con tubos de fibrocemento para una presión de 10 atmósferas de
trabajo y 20 de prueba y diámetro de 50 a 300 mm. Interior (a justificar), con uniones en T y conos
de reducción en las derivaciones de sus ramales bridas ciegas al final de los tramos terminales y
válvulas de compuerta a la entrada de cada tramo.
La Conducción deberá discurrir por el lado de la acera más ancha con arquetas donde quedarán
dispuestos los enganches, llaves de paso y contadores de las parcelas respectivas.

BOCM-20220221-55

Deberán acompañarse igualmente el análisis químico y bacteriológico de las aguas, así como el
certificado de aforo realizado por u Organismo oficial, en el caso de captación no municipal.