Alcalá de Henares (BOCM-20220221-55)
Urbanismo. Modificación puntual plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 224

LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

primera utilización de los edificios y la modificación del uso de los mismos, la demolición de
construcciones, la colocación de andamios, en vallado de solares y la colocación de carteles y rótulos
visibles desde la vía pública, las obras de urbanización e infraestructura así como los demás actos
que se señalen en las Ordenanzas Municipales en la legislación vigente.

ARTÍCULO 104. PROCEDIMIENTO
La concesión de licencias se ajustará a lo previsto en la legislación de Régimen Local. La denegación
de la concesión deberá ser motivada. En caso de caducidad o suspensión, la licencia podrá ser
renovada siempre que no se haya modificado el Planeamiento a cuyo amparo se concedió y se
satisfagan, de nuevo, los derechos correspondientes. En todo caso la licencia caducará a los seis
meses de su concesión, si no se ha realizado obra por valor del 15% del presupuesto.

ARTÍCULO 105. CONDICIONES PARA SU CONCESIÓN
Se estará a lo dispuesto en el Art. 3.7 de las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias de
Alcalá de Henares.

CAPITULO IV
NORMAS PARA EL DESARROLLO EN PLANES Y PROYECTOS
Sección 1
De los Proyectos de Urbanización

ARTÍCULO 106. ÁMBITO
El Proyecto de Urbanización desarrollará, definiendo las obras que en los artículos siguientes se
señalan, el Sector 32-C en su totalidad, aunque las fases de realización de las obras y calendario
temporales podrán acomodarse al plan de etapas del presente Plan Parcial.

ARTÍCULO 107. CONTENIDO
El Proyecto de Urbanización determinará con la precisión suficiente, para poder llevar a cabo las
obras oportunas, el dimensionamiento, características de los materiales, mediciones y presupuestos
de los servicios urbanos mínimos exigibles que son:
-

Abastecimiento de agua potable y riego.
Evacuación de aguas residuales.
Suministro de energía eléctrica.
Alumbrado público.
Redes telefónicas.
Red viaria y peatonal.
Jardinería de vías y plazas.

El Proyecto de Urbanización no podrá modificar las previsiones del Plan, sin perjuicio de que pueda
efectuar las adaptaciones de detalle exigidas por las características del suelo y vegetación en la
ejecución material de las obras.

1.
2.
3.
4.
5.

Memoria descriptiva de las características de las obras y del proceso de cálculo seguido.
Planos de información y de situación en relación con el conjunto urbano.
Planos de proyectos y detalle.
Pliego de condiciones técnicas y de condiciones económico-administrativas de las obras de servicios.
Mediciones y Presupuestos.

Todo ello de acuerdo a la Instrucción aprobada el 17-12-85 por CO.PLA.CO. y a las Normas N.A.M.M
que la complementan.

BOCM-20220221-55

ARTÍCULO 108. DOCUMENTACIÓN