Meco (BOCM-20220221-80)
Organización y funcionamiento. Ordenanza usos suelo y edificación
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 43
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022
— Documento justificativo de abono de autoliquidación de Tasa e ICIO aplicables a
la actuación que se solicita.
— Documento justificativo de fianza depositada para la gestión de residuos de construcción y demolición de acuerdo ordenanza.
— Memoria descriptiva de las obras y justificación de cumplimiento de normativa
urbanística.
— Presupuesto detallado de las obras, partidas y unidades, indicando materiales que
intervengan en las mismas (coste real incluyendo mano de obra).
— Planos.
d Plano de emplazamiento y ubicación (o local dentro del edificio).
d Plano de planta y/o sección acotados, que reflejen el estado actual y estado reformado tras la intervención que se pretenda, indicando superficies y materiales
de acabado.
d Planos de alzado acotados.
d Planos de instalaciones en caso de modificación.
— Fotografías en color de la zona afectada por las obras y entorno.
— Autorización firmada de colindantes o Comunidad de propietarios en caso de modificar adosamientos actuales o afectar elementos comunes.
Además, en el caso de construcción de piscinas privadas:
— Croquis acotado con la situación de la piscina y depuradora dentro de la parcela incluyendo vivienda, señalando retranqueos respecto el vecino, siendo como norma
general, artículo 5.8.3 del Plan General, el retranqueo de 2,00 m que se podrá reducir a 1,00 m si se cuenta con autorización del vecino por escrito, a dominio público el retranqueo será de 2,00 m. En el caso que aplique la ordenanza 16 del
SAU-12 el retranqueo mínimo es 1,00 m. La depuradora deberá cumplir el retranqueo establecido para la piscina
— Autorización de colindantes en el caso de reducir el retranque a 1,00 m.
— Plano de sección piscina dentro de la parcela, la lámina de agua se situará en la rasante existente, en caso de modificación justificar cumplimiento artículo 5.8.1 del
Plan General.
— Plano de la red de saneamiento y de fontanería actual y modificado, la conexión
del desagüe de la piscina será a la red existente de fecales, que contará con una arqueta de registro en el interior de la parcela antes de acometer a la red general.
Además, en el caso de construcción de cerramiento de parcelas o solares:
— Parcelas en edificación/edificadas:
d Plano acotado con estado actual y modificado justificando normativa de aplicación artículo 5.8.1 Plan General u ordenanza particular en el caso que aplique.
d Definición de condiciones estéticas acordes con la edificación principal y con el
lugar.
d Cuando exista un desnivel superior a 0,50 m entre las rasantes de las parcelas
colindantes se deberán contar con drenaje a lo largo del muro o zócalo de división y conectado al saneamiento general exterior de la parcela.
d Autorización de colindantes en caso de ser medianero.
— Solares:
d El cerramiento será de malla de simple torsión tanto a alineación oficial como a
colindantes y así se reflejará en presupuesto y planos.
Además, en el caso de demoliciones:
— Proyecto visado suscrito por técnico competente que, con independencia de los
documentos exigibles reglamentariamente, incluya:
d Que el edificio no dispone de algún tipo de protección recogida en el catálogo de
Meco o dentro del entorno de protección del BIC.
d Ordenanza zonal de aplicación.
d Indicación expresa de si la demolición es total o parcial.
d Existencia o no de materiales peligrosos/fibrocemento.
d Plano de la parcela, de estado actual y reformado, a escala suficiente, donde se
señalen las distintas edificaciones/construcciones y el arbolado, indicando las
Pág. 391
BOCM-20220221-80
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022
— Documento justificativo de abono de autoliquidación de Tasa e ICIO aplicables a
la actuación que se solicita.
— Documento justificativo de fianza depositada para la gestión de residuos de construcción y demolición de acuerdo ordenanza.
— Memoria descriptiva de las obras y justificación de cumplimiento de normativa
urbanística.
— Presupuesto detallado de las obras, partidas y unidades, indicando materiales que
intervengan en las mismas (coste real incluyendo mano de obra).
— Planos.
d Plano de emplazamiento y ubicación (o local dentro del edificio).
d Plano de planta y/o sección acotados, que reflejen el estado actual y estado reformado tras la intervención que se pretenda, indicando superficies y materiales
de acabado.
d Planos de alzado acotados.
d Planos de instalaciones en caso de modificación.
— Fotografías en color de la zona afectada por las obras y entorno.
— Autorización firmada de colindantes o Comunidad de propietarios en caso de modificar adosamientos actuales o afectar elementos comunes.
Además, en el caso de construcción de piscinas privadas:
— Croquis acotado con la situación de la piscina y depuradora dentro de la parcela incluyendo vivienda, señalando retranqueos respecto el vecino, siendo como norma
general, artículo 5.8.3 del Plan General, el retranqueo de 2,00 m que se podrá reducir a 1,00 m si se cuenta con autorización del vecino por escrito, a dominio público el retranqueo será de 2,00 m. En el caso que aplique la ordenanza 16 del
SAU-12 el retranqueo mínimo es 1,00 m. La depuradora deberá cumplir el retranqueo establecido para la piscina
— Autorización de colindantes en el caso de reducir el retranque a 1,00 m.
— Plano de sección piscina dentro de la parcela, la lámina de agua se situará en la rasante existente, en caso de modificación justificar cumplimiento artículo 5.8.1 del
Plan General.
— Plano de la red de saneamiento y de fontanería actual y modificado, la conexión
del desagüe de la piscina será a la red existente de fecales, que contará con una arqueta de registro en el interior de la parcela antes de acometer a la red general.
Además, en el caso de construcción de cerramiento de parcelas o solares:
— Parcelas en edificación/edificadas:
d Plano acotado con estado actual y modificado justificando normativa de aplicación artículo 5.8.1 Plan General u ordenanza particular en el caso que aplique.
d Definición de condiciones estéticas acordes con la edificación principal y con el
lugar.
d Cuando exista un desnivel superior a 0,50 m entre las rasantes de las parcelas
colindantes se deberán contar con drenaje a lo largo del muro o zócalo de división y conectado al saneamiento general exterior de la parcela.
d Autorización de colindantes en caso de ser medianero.
— Solares:
d El cerramiento será de malla de simple torsión tanto a alineación oficial como a
colindantes y así se reflejará en presupuesto y planos.
Además, en el caso de demoliciones:
— Proyecto visado suscrito por técnico competente que, con independencia de los
documentos exigibles reglamentariamente, incluya:
d Que el edificio no dispone de algún tipo de protección recogida en el catálogo de
Meco o dentro del entorno de protección del BIC.
d Ordenanza zonal de aplicación.
d Indicación expresa de si la demolición es total o parcial.
d Existencia o no de materiales peligrosos/fibrocemento.
d Plano de la parcela, de estado actual y reformado, a escala suficiente, donde se
señalen las distintas edificaciones/construcciones y el arbolado, indicando las
Pág. 391
BOCM-20220221-80
BOCM