D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220221-27)
Convenio –  Convenio de 19 de octubre de 2021, entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, para la realización de actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

Asimismo, el artículo 5 de este Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, dispone
que cuando los facultativos del Sistema Nacional de Salud, y en su caso, los facultativos del
servicio de prevención, con ocasión de sus actuaciones profesionales, tuvieran conocimiento de las existencia de una enfermedad que pudiera ser calificada como profesional, o bien
cuyo origen profesional se sospecha, lo comunicarán a la Entidad Gestora a los efectos de
calificación conforme a lo previsto en el artículo 3 de la misma norma.
Cuarto
Que según determina el artículo 28 del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, la Comunidad de Madrid asume las competencias en materia de asistencia sanitaria en dicho territorio. Dichas competencias fueron transferidas por
el Real Decreto 1479/2001, de 27 de diciembre, sobre traspaso a la Comunidad de Madrid
de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud.
Quinto
Que la Comunidad de Madrid ha creado un registro de trabajadores con antecedentes
de exposición al amianto (RETEA) como parte del plan de actuaciones sanitarias en personas con exposición a amianto en esa Comunidad Autónoma,
ACUERDAN
Celebrar el presente convenio, en orden a promover aquellas actividades de coordinación que permitan a ambas partes realizar el seguimiento y valoración de la afectación funcional y etiológica de aquellas personas en contacto con fibras de amianto en el desarrollo
de su actividad laboral con sospecha de concurrencia de patologías relacionadas con dicho
contacto o exposición.
Por ello, con la finalidad de fijar los compromisos entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, se establecen las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objetivo
El presente convenio tiene como finalidad establecer actuaciones conjuntas entre el INSS
y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, destinadas a evaluar, con
criterios facultativos homogéneos, el menoscabo funcional y la etiología o contingencia
profesional que presenta el trabajador/a afectado/a de patologías secundarias a la manipulación o exposición ambiental al amianto, de forma que la valoración de una posible situación de incapacidad temporal y/o permanente y, en su caso, del grado correspondiente de
incapacidad, se efectúe con todos los antecedentes y elementos de juicio necesarios.
Para facilitar la valoración homogénea de los trabajadores que presenten patologías
derivadas de la exposición al amianto en el desarrollo de su actividad laboral, este convenio incorpora un protocolo que contiene la información mínima necesaria para la determinación del menoscabo laboral de estos trabajadores, así como para la adecuada valoración
y calificación de la incapacidad laboral de los mismos.
Segunda
El protocolo que se anexa será de aplicación tanto a los procedimientos de evaluación
y calificación de la situación de la Incapacidad Temporal como Permanente, a efectos de
las prestaciones de la Seguridad Social que se inicien en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid, y respecto a los trabajadores expuestos a amianto en el desarrollo de su
trabajo en los que pueda existir sospecha de presentar patologías relacionadas con la mencionada exposición.

BOCM-20220221-27

Ámbito de aplicación