Alcobendas (BOCM-20220218-52)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 41

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE FEBRERO DE 2022

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lidad, prevención de riesgos laborales, promoción de la salud, protección de datos
y procedimiento administrativo, ofimática, informática e idiomas.
• De 8 a 10 horas: 0,05 puntos.
• De 11 a 20 horas: 0,10 puntos.
• De 21 a 60 horas: 0,15 puntos.
• De 61 o más: 0,20 puntos.
En cuanto a cursos de ofimática sólo se tendrán en cuenta aquellos que estén en uso en
el Ayuntamiento y sus Patronatos. No se valorarán sistemas operativos ni programas no utilizados en la Organización.
En los de igual función solo se valorará uno eligiendo el más moderno o en uso por
parte de la Organización.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez.
Todas las acciones formativas contempladas en el Plan de Formación continua del Ayuntamiento de Alcobendas y sus Patronatos tendrán una bonificación adicional de 0,01 puntos.
La autobaremación de méritos se realizará, por parte de la persona solicitante, dentro
de la propia convocatoria “online” en el proceso de presentación de la solicitud.
La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos que hayan sido justificados documentalmente.
8.a

Acreditación de méritos

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación
de instancias y se acreditarán documentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u
otros justificantes documentales.
Cuando dichos datos obren en poder de este Ayuntamiento, por la Dirección General
de Recursos Humanos se expedirán los documentos que acrediten la experiencia y formación que consten en el expediente personal del aspirante, previa petición expresa por parte
del interesado, tres días antes del último día del plazo de presentación de instancias.
Dichos documentos serán entregados al interesado, que revisará su contenido para su
presentación en este proceso selectivo, por si estima necesario complementarlos con algún
otro mérito.
Toda aquella documentación que no se encuentre en poder del Ayuntamiento de Alcobendas, si el interesado no la aporta, no será tenida en cuenta en la valoración aunque se
haya hecho alusión a la misma en la autobaremación de méritos dentro de la convocatoria.
Comisión permanente de valoración (artículo 12, Real Decreto 364/1995)

La Comisión Permanente de Valoración propuesta por la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos tendrá un número de miembros impar y estará compuesta por:
— Presidencia:
• Un/a funcionario/a de carrera del subgrupo C1 o superior del Ayuntamiento
— Secretaría:
• Un/a funcionario/a de carrera del subgrupo C1 o superior del Ayuntamiento
— Vocales:
• Al menos un/a funcionario/a de carrera del subgrupo C1 o superior del Ayuntamiento.
Además, asistirá como apoyo administrativo un/a funcionario/a municipal de carrera
que ejercerá las funciones administrativas necesarias en el proceso selectivo (elaboración y
revisión de documentación, actas, etc.) sin voz ni voto.
Para cada uno de los miembros de la Comisión Permanente de Valoración se designará a un suplente.
Podrán asistir a las sesiones de la Comisión, un representante de cada uno de los Grupos Políticos, así como los representantes sindicales y en ambos casos como observadores,
con voz pero sin voto.
10.a

Calificación final

La Comisión Permanente de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos que hayan sido justificados documentalmente. La cali-

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9.a