B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO FUNDACIÓN ALCORCÓN (BOCM-20220211-19)
Integración personal estatutario –  Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, por la que se procede a convocar el proceso de integración voluntaria en el Régimen del Personal Laboral en las Categorías de Enfermera/o Especialista en Enfermería del Trabajo, Enfermería Geriátrica, Enfermería Pediátrica y Enfermería de Salud Mental en el Hospital Universitario Fundación Alcorcón, vinculado al Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 35

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022

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4. Titulación: estar en posesión del título oficial de Enfermera/o Especialista que habilita para el desempeño de la categoría de Enfermera/o Especialista en Trabajo, Pediatría,
Salud Mental o Geriatría en la que solicita la integración. Esta categoría se encuadra en el
Grupo II. Titulados Medios Especialistas del HUFA de acuerdo con lo dispuesto en el convenio colectivo del personal laboral del HUFA.
5. Los requisitos exigidos deberán ostentarse en la fecha en que finalice el plazo de
presentación de instancias y mantenerse durante todo el procedimiento.
Tercera
1. Iniciación: el procedimiento se iniciará mediante la presentación de solicitud conforme al modelo establecido en el Anexo I de esta Resolución y estará disponible en la página web corporativa de internet e intranet del HUFA.
Los interesados deberán presentar su solicitud en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM) de
la presente Resolución, por la que se convoca este proceso de integración voluntaria.
Las solicitudes se dirigirán al Director Gerente del Hospital Universitario Fundación Alcorcón y se presentarán, junto con la documentación que debe acompañarlas, preferentemente
en el Registro del Hospital a través de la Oficina de Atención e Información al profesional del
HUFA o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La documentación requerida en el procedimiento deberá adjuntarse a la solicitud, en
el momento de su presentación.
Junto a la solicitud los interesados deberán aportar la siguiente documentación con el
fin de comprobar la concurrencia de los requisitos establecidos en esta Resolución:
a) Copia del título oficial de Enfermera/o Especialista exigido para integrarse en la
categoría de personal laboral fijo solicitada.
b) Certificado expedido por el Director Gerente del HUFA en el que se indique la
unidad asistencial, funciones que realiza y fecha desde la que viene realizando dichas funciones. No obstante lo anterior, en su solicitud el interesado puede indicar que este certificado de funciones sea aportado de oficio por el HUFA.
En el supuesto de que el solicitante participe desde alguna de las situaciones administrativas diferentes a la de servicio activo, recogidas en el apartado segundo 3 de la presente Resolución, deberá indicarlo expresamente a efectos de su comprobación por el HUFA.
2. Instrucción: si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución al amparo de lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se publicará la relación provisional
del personal admitido al proceso de integración con indicación de la categoría de Enfermera/o Especialista en la que se integra, así como la relación del personal excluido, especificando la causa de exclusión. Dichas relaciones se publicarán en las páginas corporativas de
internet e intranet del HUFA, disponiendo los interesados de un plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de su publicación, a los efectos de realizar las alegaciones que consideren oportunas. A estos efectos, la renuncia a la integración solo se podrá
presentar durante este plazo.
3. Finalización: el procedimiento concluirá con la aprobación de la relación definitiva del personal integrado, mediante Resolución de la Dirección Gerencia del HUFA, que
se publicará en las páginas corporativas de internet e intranet del HUFA, debiendo incluir
la categoría en la que resulte integrado y la fecha de efectividad de la integración. La Dirección Gerencia del HUFA expedirá al personal que resulte integrado, el contrato como
personal laboral fijo de la categoría que corresponda.
Cuarta
Efectos jurídicos y económicos de la integración
1. La integración supondrá, para el personal laboral fijo que se integre, el mantenimiento de dicha condición en la nueva categoría.

BOCM-20220211-19

Procedimiento de integración