B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220211-6)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 122/2022, de 21 de enero, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva U Operativa, Categoría de Bombero Especialista Conductor, Grupo C, Subgrupo C1
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 35
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 39
10.2. El Tribunal hará pública, conforme a lo previsto en la base decimocuarta de la
Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada; datos personales en los términos dispuestos en la normativa de
aplicación.
b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el total de la misma, así como calificación lograda en el curso selectivo.
c) Calificación final del proceso selectivo.
10.3. En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por parte de los/as aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo establecido en las bases 14.6
a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
Undécima
Nombramiento de funcionarios/as de carrera y toma de posesión
Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados, de acuerdo con lo
dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios/as de
carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista Conductor, Grupo C, Subgrupo C1, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de la citada Orden.
Duodécima
Recursos
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, a 21 de enero de 2022.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación del
Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 3 de diciembre de 2021
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 21 de diciembre de 2021), José Ramón Menéndez Aquino.
ANEXO I
PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO
DE BOMBEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ESCALA
EJECUTIVA U OPERATIVA, CATEGORÍA DE BOMBERO
ESPECIALISTA CONDUCTOR, GRUPO C, SUBGRUPO C1
1. La Constitución Española de 1978. Título preliminar (artículos 1-9). Derechos
y deberes fundamentales. Garantías de las libertades y derechos (título I: artículos 10-38 y
artículos 53-55).
2. Los poderes constitucionales. Las Cortes: composición, atribuciones y funcionamiento (Constitución Española, título III: artículos 66-80). El Gobierno y la Administración
(Constitución Española, título IV: artículos 97-107). El Poder Judicial (Constitución Española, título VI: artículos 117-121).
BOCM-20220211-6
I. Legislación
B.O.C.M. Núm. 35
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 39
10.2. El Tribunal hará pública, conforme a lo previsto en la base decimocuarta de la
Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada; datos personales en los términos dispuestos en la normativa de
aplicación.
b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el total de la misma, así como calificación lograda en el curso selectivo.
c) Calificación final del proceso selectivo.
10.3. En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por parte de los/as aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo establecido en las bases 14.6
a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
Undécima
Nombramiento de funcionarios/as de carrera y toma de posesión
Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados, de acuerdo con lo
dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios/as de
carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista Conductor, Grupo C, Subgrupo C1, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de la citada Orden.
Duodécima
Recursos
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, a 21 de enero de 2022.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación del
Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 3 de diciembre de 2021
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 21 de diciembre de 2021), José Ramón Menéndez Aquino.
ANEXO I
PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO
DE BOMBEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ESCALA
EJECUTIVA U OPERATIVA, CATEGORÍA DE BOMBERO
ESPECIALISTA CONDUCTOR, GRUPO C, SUBGRUPO C1
1. La Constitución Española de 1978. Título preliminar (artículos 1-9). Derechos
y deberes fundamentales. Garantías de las libertades y derechos (título I: artículos 10-38 y
artículos 53-55).
2. Los poderes constitucionales. Las Cortes: composición, atribuciones y funcionamiento (Constitución Española, título III: artículos 66-80). El Gobierno y la Administración
(Constitución Española, título IV: artículos 97-107). El Poder Judicial (Constitución Española, título VI: artículos 117-121).
BOCM-20220211-6
I. Legislación