D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220120-19)
Convenio –  Convenio de colaboración de 27 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Consejo Regulador de la Denominación de Origen “Vinos de Madrid” para la concesión directa por razones de interés público de una subvención destinada al fomento de la calidad, promoción y comercialización de sus productos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 16

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022

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Se aprovechan de esta manera la experiencia técnica y el conocimiento del producto,
de su proceso de producción, y tal como se cita en el anterior apartado V, el Consejo Regulador ofrece garantías de objetividad e imparcialidad, protección de consumidores y operadores en las exigencias de buena fe en la competencia leal y lucha frente al fraude.
VII. Que la celebración de este convenio ha sido autorizada por el Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de diciembre de 2021.
VIII. En base a lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio de colaboración que resulta de aplicación del artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad de Madrid así como, también, y del artículo 22.2.c) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que permite la concesión directa de subvenciones cuando se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública mediante convenios de colaboración y con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del convenio es establecer las bases reguladoras y conceder una subvención
directa a favor del Consejo Regulador de la Denominación de Origen “Vinos de Madrid”
destinada al cumplimiento de sus fines de fomento de la calidad, promoción y comercialización del producto amparado por la antedicha Denominación de Origen Protegida “Vinos
de Madrid”, siendo los beneficiarios finales de las mismas las empresas de transformación
de la DO “Vinos de Madrid”.
Esta ayuda se acoge a “minimis” de conformidad con el Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de “minimis” (“Diario Oficial de la Unión Europea” de 24 de diciembre de 2013).
El Consejo Regulador de la Denominación de origen “Vinos de Madrid”, ostenta la
condición de beneficiario de la subvención exclusivamente como canalizador de las ayudas
y prestador de servicios; Los beneficiarios finales directos de estas ayudas son las empresas de transformación de productos agrícolas.
El Consejo Regulador de la Denominación de origen “Vinos de Madrid” no está incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones previstas en el artículo 13.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
De conformidad con el Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de
diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de “minimis” (“Diario Oficial de la Unión Europea”
de 24 de diciembre de 2013), las empresas de transformación beneficiarias finales de estas
ayudas, que han de cumplir los requisitos exigidos en la normativa de “minimis”, así el total de ayudas de “minimis” percibidas por el beneficiario final no ha de superar el límite de
los 200.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.
Estas ayudas se conceden por el procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid dadas la razones de interés público, económico, social, como son garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones atribuidas y de colaboración del Consejo Regulador de
la Denominación de Origen “Vinos de Madrid” con la Administración con competencias en
materia de Denominaciones de calidad de productos agroalimentarios, en virtud de la experiencia técnica y el conocimiento del producto y proceso de producción y comercialización
del Consejo Regulador poniendo sus recursos al servicio del control de los operadores, bajo
los principios de garantizar la confianza y competencia leal de las producciones regionales
lo que redunda en la dinamización de la economía madrileña. Lo anterior constituye una singularidad en las funciones de esta entidad que impiden su convocatoria pública.
Segunda
Importe de la subvención
La Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura)
aportará al Consejo Regulador de la Denominación de Origen “Vinos de Madrid” 459.775,00
euros (cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y cinco euros), con cargo al

BOCM-20220120-19

Objeto del convenio. Beneficiarios