D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220120-19)
Convenio –  Convenio de colaboración de 27 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Consejo Regulador de la Denominación de Origen “Vinos de Madrid” para la concesión directa por razones de interés público de una subvención destinada al fomento de la calidad, promoción y comercialización de sus productos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 16

Asimismo está interesada en promover las figuras de calidad diferenciada vinculadas
a un origen y reconocidas por la Unión Europea, al amparar productos agroalimentarios
cuya calidad o características se deben básica o exclusivamente a factores humanos y/o naturales característicos de la zona geográfica en la que se han producido y elaborado. El prestigio de los vinos de Madrid se remonta a muchos siglos atrás, y desde 1990 ha sido reconocida como Denominación de origen protegida “Vinos de Madrid” (ampliándose la zona
protegida mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2018 de la Comisión de 1 de febrero). Así pues, por su tradición histórica y por su calidad diferenciada y reconocida por
los consumidores, los productos incluidos en la Denominación de Origen Vinos de Madrid,
constituyen un producto genuino de la Comunidad de Madrid.
Que al amparo del Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea a las ayudas de “minimis” (“Diario Oficial de la Unión Europea”
de 24.12.2013), la Comunidad de Madrid puede contribuir a los gastos de fomento de calidad,
promoción y comercialización de sus productos.
III. Que el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Vinos de Madrid, en
su condición de órgano desconcentrado de la Comunidad de Madrid, con las atribuciones
decisorias que le encomienda su Reglamento, tiene como misión principal aplicar sus preceptos y velar por su cumplimiento, garantizando la certificación, fomento, promoción y
asesoramiento de los productos amparados. Con ello, se pretende avalar la calidad de estos
productos, evitar competencias desleales, mejorar la elaboración, tipificación y comercialización de los mismos, a la vez que se potencia la industrialización en la misma zona de
producción.
Que el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Vinos de Madrid está interesado en suscribir el presente convenio en aras de consolidar y seguir avanzando en la producción y promoción de los vinos madrileños, mejorando su actual gran calidad, para conseguir un mayor reconocimiento en los mercados, garantizando que los productos
etiquetados como Vinos de Madrid han sido producidos y elaborados siguiendo su documento normativo oficialmente aprobado, certificando la calidad de los mismos e incentivando a su vez a los operadores vitivinícolas a utilizar esta figura de calidad diferenciada.
IV. Son funciones del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Vinos de
Madrid el fomento de la producción, promoción y comercialización de los “Vinos de Madrid”,
y desarrollar las tareas propias como Órgano de gestión y control de los “Vinos de Madrid”, que
a tal efecto, dispone y establece su Reglamento en virtud de la citada Orden 2240/1990, de 17
de agosto: entre otros, la llevanza de los registros de parcelas, bodegas, envasadoras, producciones, elaboraciones, y promover una estrategia de comercialización y promoción conjuntas de la
producción agroalimentaria regional.
Para las funciones técnicas que tiene o le son encomendadas por la actual Consejería
de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo Regulador cuenta con los Servicios Técnicos necesarios.
V. Que existen razones de interés público, social y económico (los beneficiarios finales directos de estas ayudas son las empresas de transformación de los Vinos de Madrid)
a favor de garantizar el normal funcionamiento del Consejo Regulador de la Denominación
de Origen “Vinos de Madrid” en 2021 a través de una subvención niveladora para sufragar
sus gastos de funcionamiento ineludiblemente ligados al producto que ampara esta Denominación de origen protegida.
A la vista asimismo de la Sentencia número 1098 de 5 de noviembre de 2020 del TSJ
de Castilla-León en la que se recoge que son objetivos claramente alineados con las razones imperiosas de interés general aprovechar la experiencia técnica y el conocimiento del
producto y proceso de producción, poniendo los recursos de los consejos reguladores al
servicio del control de los operadores, pues nadie como los consejos reguladores se identifican con los objetivos que quiere alcanzar la Administración con el reconocimiento de las
denominaciones de calidad, y la confianza y competencia de las producciones regionales,
lo que redunda en la dinamización de la economía madrileña.
Todo ello de conformidad con el informe de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de 30 de julio de 2021.
VI. La especificidad de los fines y funciones del Consejo Regulador de la Denominación de Origen “Vinos de Madrid”, así como su particular relación con la Administración
de la Comunidad de Madrid hacen que no se considere procedente abrir para esta actuación
un proceso público de concurrencia, al ser la única entidad de esta naturaleza jurídica que
puede realizar las funciones señaladas.

BOCM-20220120-19

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