D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20220119-21)
Convenio –  Convenio de colaboración de 21 de diciembre de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y Gilead Sciences, S. L. U., para la implantación de un proyecto de mejora de la eficiencia en la detección precoz de pacientes COVID-19 y VIH
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 15

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ENERO DE 2022

Pág. 277

Segunda
1. En virtud de este convenio Gilead asume las siguientes obligaciones y compromisos:
1.1. La puesta a disposición del SERMAS de la Herramienta. La Herramienta será
diseñada por el proveedor de “software” y soluciones tecnológicas especializado que Gilead pueda considerar conveniente para el Proyecto.
1.1.1. Las características técnicas básicas de la Herramienta son descritas en el
Anexo II.
1.1.2. La puesta a disposición del SERMAS de la Herramienta a la que se refiere este apartado estará sujeta a las siguientes condiciones:
i. La Herramienta será diseñada y desarrollada por un proveedor de
“software” a quien instruirá y contratará Gilead.
ii. La totalidad de los costes relativos a la implantación de la Herramienta corresponderá a Gilead y se corresponderán con los presupuestados por el proveedor de “software” con el que Gilead realice la contratación del diseño e implementación de la Herramienta. Se estima
que los costes relativos a la implantación de la Herramienta ascenderán, como máximo a 99.880,62 euros.
iii. Durante la vigencia de este convenio la propiedad de la Herramienta puesta a disposición del SERMAS será de Gilead o del proveedor de “software” con el que Gilead realice la contratación del diseño e implementación de la Herramienta y de conformidad con el
acuerdo que ambas partes alcancen.
iv. Tras la finalización de la vigencia de este convenio, el SERMAS dejará de utilizar Herramienta, cesando por completo todas las obligaciones y responsabilidades de Gilead relativas a la Herramienta y al
Proyecto.
1.2. La implantación junto con el SERMAS de la Herramienta en los hospitales señalados en el Anexo I. La programación temporal del proceso de implantación
de la herramienta será la detallada en el Anexo II.
Todos los costes relativos a la implantación de la herramienta tecnológica corresponderán a Gilead, que podrá contar con los profesionales, colaboradores y proveedores adecuados, internos y externos a tal efecto.
1.3. La aportación al SERMAS de las experiencias adquiridas en la investigación,
desarrollo, fabricación y comercialización de productos para el tratamiento y
prevención de enfermedades producidas por el COVID-19 y el VIH que puedan
resultar de utilidad en el campo de la detección temprana de estas enfermedades
y en la clasificación de los riesgos.
2. En virtud de este convenio, el SERMAS asume las siguientes obligaciones y compromisos.
a. La puesta a disposición del Proyecto de los hospitales gestionados por el SERMAS
señalados en el Anexo I de este convenio.
b. La puesta a disposición del Proyecto, en estrecha colaboración con Gilead, de los
equipos técnicos de los servicios centrales del SERMAS responsables del área tecnológica y sistemas de información, al único objeto de facilitar la implantación de
la Herramienta.
c. La puesta a disposición del Proyecto, en estrecha colaboración con Gilead, de profesionales del área asistencial y de los equipos técnicos de los hospitales incluidos
en el Anexo I y la implantación de la Herramienta.
d. Compartir con la Comisión de Seguimiento las actuaciones derivadas de la implementación del Proyecto. En particular, el SERMAS deberá emitir un informe trimestral de implementación y ejecución del Proyecto. En relación con VIH, estos informes deberán incluir de manera agregada y trimestral, el total personas a las que
se realizase serología de VIH y, de ellas, el total personas con resultado positivo, con
detalle en ambos casos de cada una de las entidades clínicas contempladas. En relación con COVID-19, siempre que sea posible, el SERMAS indicará el número de
pacientes que hayan podido beneficiarse del uso del algoritmo de alta temprana.

BOCM-20220119-21

Obligaciones y compromisos de las partes