D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220117-27)
Convenio –  Convenio de colaboración de 16 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la atención a las personas en situación de dependencia hasta el 31 de diciembre de 2023, en el marco del acuerdo del Gobierno de España sobre el “Plan de Choque en dependencia 2021-2023”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 13

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ENERO DE 2022

Pág. 281

c) Centros de Día: El servicio de Centro de Día ofrece una atención integral durante el
período diurno a las personas en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a las familias o cuidadores. En particular, cubre, desde un enfoque biopsicosocial, las necesidades de asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación para la
promoción de la autonomía, habilitación o atención asistencial y personal y que
comprenderán, entre otros:
— Estancia diurna y atención de lunes a viernes, todas las semanas del año, excepto días festivos, y con la excepción de los días excepcionales y previstos
en que el usuario no participa, y que se estima en veintidós días naturales por
persona y año.
— Transporte de las personas usuarias, si así lo solicitan.
— Manutención, al menos desayuno, comida y merienda.
— Cuidado personal, protección y control de las personas usuarias.
— Atención geriátrica, rehabilitadora y social.
— Programa de actividades.
Los servicios de centro de día objeto del presente convenio podrán prestarse en todos
los centros de día, tanto de personas mayores con deterioro cognitivo, tipo Alzheimer, como
de personas mayores con deterioro físico o relacional, gestionados por el Ayuntamiento de
Madrid, así como en centros en donde el Ayuntamiento de Madrid haya contratado plazas
con la iniciativa privada.
El Ayuntamiento de Madrid es el obligado a atender a las personas usuarias en centros
propios del Ayuntamiento de Madrid o en centros concertados o contratados, sin que la
Consejería de Familia, Juventud y Política Social tenga vinculación alguna con el personal
de dichos centros, ni con las empresas o terceros que pudieran gestionarlos.
Quinta
Servicios de ayuda a domicilio y teleasistencia
Las altas de nuevas personas usuarias en los servicios de “SAD” y “TAD” se efectuarán de conformidad con el orden de prelación legal, que figura en el sistema de información
(SIDMA_WEB EELL) para las personas en situación de dependencia con Programa Individual de Atención (en adelante PIA) aprobado.
Los Servicios de “SAD” y “TAD” que, en virtud del presente convenio, hayan de ser
financiados por la Comunidad de Madrid, lo será hasta los límites previstos en su cláusula
séptima, y se prestarán a las personas que, residiendo en el municipio de Madrid, los tengan reconocidos por el órgano competente en materia de dependencia de la Comunidad de
Madrid en el correspondiente PIA.
Ambas partes, acuerdan en el marco de este Convenio constituir un grupo de trabajo
para el trabajo uniforme en el nuevo modelo de teleasistencia de la Comunidad, que deberá expresarse en futuros pliegos, y forma parte del Programa de Incorporación de tecnologías para la autonomía y cuidados domiciliarios, financiado con Fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sexta

Las altas de nuevos personas usuarias en el servicio de Centro de día se efectuarán de
conformidad con el orden de prelación legal, que figura en el sistema de información (SIDMA_WEB EELL) para las personas en situación de dependencia con PIA aprobado.
El servicio de Centro de día que, en virtud del presente convenio, haya de ser financiado por la Comunidad de Madrid, lo será hasta los límites previstos en su cláusula séptima,
y se prestarán a las personas que, residiendo en el municipio de Madrid, los tengan reconocidos por el órgano competente en materia de dependencia de la Comunidad de Madrid en
el correspondiente PIA.

BOCM-20220117-27

Servicios de centro de día